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    Mensaje por alma14 Sáb 1 Ago 2009 - 22:55

    * ELPAIS.com

    El Tribunal Superior falla contra Interior por trato vejatorio
    La sentencia aprecia "humillaciones" y "amenazas" a una pareja de 'ertzainas'

    AITOR GUENAGA - Bilbao - 01/08/2009

    Los ertzainas y los sindicatos policiales se concentraron el 1 de abril de 2004 frente a la comisaría de Gernika para denunciar el "acoso laboral" que se estaba produciendo por diferentes mandos policiales. Los niveles de absentismo se habían disparado en esa comisaría hasta llegar al 19,68%, muy por encima de la media en la policía (10%).

    Uno de los agentes que denunciaban prácticas humillantes por parte de la jefatura de la comisaría relató entonces así su situación a este periódico bajo una identidad falsa, por miedo a la persecución de la unidad de asuntos internos. "Un buen día llegas a casa y tu hijo te pregunta: 'Pero aita, qué te pasa, siempre estás como un cascarrabias. No quieres hablar con nadie'. Te metes en la cama y te das cuenta de que la obsesión por la presión en el trabajo es tal que adviertes que tus extremidades se han tensado al máximo, que estás más rígido que un palo y no paras de pensar si esa actuación estará bien hecha, si coinciden todos los minutos y segundos. Intentas poner la mente en blanco, pero de nuevo te asalta esa actuación y el enésimo informe solicitado por los jefes ese día...".

    Algunos casos de acoso llegaron a los tribunales y hubo reclamaciones patrimoniales, porque el delito de mobbing es uno de los más difíciles de probar ante un tribunal. Todo el mundo sabía lo que pasaba en Gernika -abuso de autoridad, cascada de órdenes a veces contradictorias, controles exhaustivos, según las denuncias de los agentes- , pero el Departamento de Interior, entonces dirigido por el consejero Javier Balza, no hizo nada. Ahora el Superior ha fallado contra la administración por esa situación. En sendas sentencias a las que ha tenido acceso EL PAÍS, el tribunal considera "verosímil, aunque no plenamente probado, que desde el mes de mayo de 2000 al 31 de mayo de 2004" -cuando entraron los jefes intermedios de la comisaría- "los superiores jerárquicos del recurrente ejercieron un trato vejatorio consistente en presiones, humillaciones y amenazas de expedientes disciplinarios".
    "Órdenes contradictorias"

    Y ahí esta la clave de esta condena. Hasta ahora los casos de acoso se han visto reconocidos indirectamente al aceptar los tribunales como accidente laboral situaciones de depresión, ansiedad y estrés ocasionada supuestamente por mobbing.

    La resolución relata la "presión ambiental" y la "humillación" que sufrieron los dos ertzainas, con un "control exagerado de todos sus movimientos, una exagerada exigencia de informes y órdenes en muchos casos contradictorios y que iban más allá de lo necesario y conveniente para el servicio, el tener que soportar una serie de expresiones despectivas e irónicas como 'parejita feliz".

    Ahora, y de ahí la novedad, el Superior considera probado que, ante esa presión ambiental y humillación, "la Administración demandada" (el Departamento de Interior) "no tomó las medidas necesarias para ponerla fin, a pesar de tener pleno conocimiento de la misma, no sólo por las reclamaciones y protestas personales de él y su esposa, sino también por las manifestaciones y reivindicaciones convocadas por los sindicatos".

    El tribunal considera probado que se ha producido un "daño moral" a los dos agentes de la policía vasca que consiste en el "sufrimiento espiritual y emocional, materializadas en presiones injustas, humillaciones, órdenes y controles que iban más allá de lo necesario y útil para el servicio". La pareja de agentes que llevó esta situación de acoso ante la justicia había exigido una compensación económica que en el caso del varón llegaba a los 97.383 euros y en el de su mujer a 45.276. Las sentencias de la Sección Tercera de lo Contencioso Administrativo, presidida por el magistrado Juan Luis Ibarra condenan a Interior a pagar 20.000 euros para cada uno, más los intereses desde el 30 de mayo de 2005 hasta la notificación de la resolución judicial, "por los daños y perjuicios sufridos por la actuación de sus superiores jerárquicos de Gernika durante el ejercicio de su actividad laboral". El ponente en ambos fallos ha sido el magistrado José Ramón Blanco Fernández.

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