Vigilantes de Seguridad

¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.
Vigilantes de Seguridad

Foro, Vigilantes, Escoltas, Guardas particulares, Convenio, Estatuto de los Trabajadores, Sindicatos, Empresas, Sentencias, Noticias...

Conectarse

Recuperar mi contraseña

Visitantes



- - - - DESDE - - - -
20 / MARZO / 2.OO9

Marzo 2024

LunMarMiérJueVieSábDom
    123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031

Calendario Calendario

Últimos temas

» La Justicia da la razón a un vigilante expedientado en Málaga por suministrar mascarillas donadas a sus compañeros en el confinamiento
Contrato obras y servicio EmptyVie 24 Mar 2023 - 17:25 por alma14

» Felices fiestas
Contrato obras y servicio EmptySáb 25 Dic 2021 - 7:00 por alma14

» Excedencia y posterior pedida de la habilitación
Contrato obras y servicio EmptySáb 25 Dic 2021 - 6:57 por alma14

» BAJA
Contrato obras y servicio EmptyVie 15 Oct 2021 - 17:51 por Invitado

» Limpieza total
Contrato obras y servicio EmptyMar 11 Ago 2020 - 17:45 por cliper91

» Juicio y vacaciones
Contrato obras y servicio EmptyLun 10 Ago 2020 - 23:53 por alma14

» Necesito ayuda sobre el tema de requisitos de Escolta Privado
Contrato obras y servicio EmptyLun 11 Mayo 2020 - 12:45 por escolta63

» que es un impacto negativo
Contrato obras y servicio EmptyLun 11 Mayo 2020 - 12:43 por escolta63

» pregunta temario escolta
Contrato obras y servicio EmptyLun 11 Mayo 2020 - 12:39 por escolta63

» Artículo de Alba
Contrato obras y servicio EmptyLun 11 Mayo 2020 - 8:52 por alma14

» El TSJC rechaza el despido de dos gerocultoras por negarse a preparar medicación
Contrato obras y servicio EmptyMar 25 Feb 2020 - 14:21 por alma14

» Comparativa Sueldos Vigilantes USA vs Alemania vs Francia vs España Por Toni -
Contrato obras y servicio EmptyLun 24 Feb 2020 - 11:10 por alma14

» La empresa no puede exigir recuperar los días de asuntos propios
Contrato obras y servicio EmptyLun 2 Dic 2019 - 17:05 por alma14

» El despido durante la baja médica ya es despido nulo
Contrato obras y servicio EmptyLun 2 Dic 2019 - 16:49 por alma14

» Permiso retribuido en elecciones generales
Contrato obras y servicio EmptyDom 3 Nov 2019 - 10:06 por alma14

» Venta de Corsys de Seguridad
Contrato obras y servicio EmptyJue 12 Sep 2019 - 13:56 por popazo09

» Vigilantes barcelona
Contrato obras y servicio EmptyMiér 10 Jul 2019 - 15:34 por Iliess

» Infarto como accidente de trabajo
Contrato obras y servicio EmptyMar 9 Jul 2019 - 19:54 por alma14

» convenio 2021
Contrato obras y servicio EmptyMar 9 Jul 2019 - 19:46 por errnovato

» Tiempo TIP
Contrato obras y servicio EmptyMar 9 Jul 2019 - 19:19 por alma14


3 participantes

    Contrato obras y servicio

    Don-Pinpon
    Don-Pinpon
    Aprendiz
    Aprendiz


    Femenino
    Zodiaco : Acuario Signo chino : Cerdo
    Cantidad de envíos : 46
    Edad : 64
    Localización : Panaderia de Chema
    Empleo /Ocios : guardia de seguridad,estudiante medicina
    Humor : barrio sesamo, la cara del jefe
    - K A R M A - :
    Contrato obras y servicio Left_bar_bleue90 / 10090 / 100Contrato obras y servicio Right_bar_bleue

    Fecha de inscripción : 22/11/2009

    Contrato obras y servicio Empty Contrato obras y servicio

    Mensaje por Don-Pinpon Sáb 12 Dic 2009 - 16:57

    Si un vigilante de seguridad lleva por ejemplo 2 años en la empresa y tiene contrato por obras y servicios y lo sacan de su servicio para hacer otros:;le pueden despedir cuando acabe su contrato por obras y servicios???'
    Xisco
    Xisco
    Usuario experto
    Usuario experto


    Masculino
    Cantidad de envíos : 686
    Localización : Donde esté la libertad de expresión
    - K A R M A - :
    Contrato obras y servicio Left_bar_bleue100 / 100100 / 100Contrato obras y servicio Right_bar_bleue

    Fecha de inscripción : 04/03/2008

    Contrato obras y servicio Empty Re: Contrato obras y servicio

    Mensaje por Xisco Sáb 12 Dic 2009 - 17:21

    Si un vigilante tiene contrato de obra y servicio y le sacan de su servicio para hacer otros distintos estaría trabajando en fraude de ley y tendría que pasar su contrato a "indefinido", además es sancionable para la empresa. Léete lo que sigue:

    CONVENIO DE SEGURIDAD PRIVADA 2005/2008


    Artículo 16. Contratos indefinidos.
    A los efectos previstos en la Ley 63/1997, ambas partes acuerdan que los contratos de duración determinada suscritos a partir del 17 de mayo de 1998 pueden ser transformados en indefinidos en los términos establecidos en la citada Disposición o disposiciones que la sustituyan.
    Será fijo en plantilla.
    a) El personal contratado por tiempo indefinido una vez haya superado el período de prueba.
    b) El personal eventual cuya relación contractual supere los topes de los distintos tipos de contratos temporales, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente.
    c) El personal que, contratado para servicios determinados (Obra y Servicio por ejemplo), siguiera prestando servicios en la Empresa terminados aquéllos, o desarrollase servicios para los que no haya sido contratado.
    d) El personal interino, que una vez reincorporado al servicio el sustituido, siga prestando servicios de carácter permanente no interino en la Empresa.
    e) Todo el personal que sea contratado para funciones de carácter habitual y permanente que no haya sido contratado como eventual, interino, para servicio determinado o temporal.



    ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES


    Artículo 15.Duración del contrato.

    3. Se presumirán por tiempo indefinido los contratos temporales celebrados en fraude de ley.



    Ley sobre Infracciones de Orden Social

    Art. 7 Infracciones Graves

    2.- La transgresión de la normativa sobre
    modalidades contractuales, contratos de duración determinada y
    temporales, mediante su utilización en fraude de ley o respecto a
    personas, finalidades, supuestos y limites temporales distintos de los
    previstos legal, reglamentaria o mediante convenio colectivo cuando
    dichos extremos puedan ser determinados por negociación colectiva.



    Xisco


    Última edición por Xisco el Sáb 12 Dic 2009 - 17:50, editado 1 vez
    alma14
    alma14
    Admin
    Admin


    Cantidad de envíos : 16587
    - K A R M A - :
    Contrato obras y servicio Left_bar_bleue100 / 100100 / 100Contrato obras y servicio Right_bar_bleue

    Fecha de inscripción : 05/02/2008

    Contrato obras y servicio Empty Re: Contrato obras y servicio

    Mensaje por alma14 Sáb 12 Dic 2009 - 17:33

    La respuesta es NO, PERO SI.

    A día de hoy, prácticamente todo el mundo es despedible, de hecho a las personas las despiden.

    Ahora bien, en el juzgado te van a dar la razón. Y si tu lo que preguntas es, ¿si acaba el servicio para el que le hicieron el contrato, lo pueden despedir sin pagar indemnización a pesar de haber hecho otros servicios distintos para el que fue contratado?

    La respuesta es NO. Si te despidieran sin haberte indemnizado correcta y legalmente, denunciando en el juzgado te tendrían que abonar los salarios de tramitación y decidir si te pagan la indemnización que te corresponde o si te readmiten.

    Un saludo.

    PD.: Espero haber sido claro.

    Contenido patrocinado


    Contrato obras y servicio Empty Re: Contrato obras y servicio

    Mensaje por Contenido patrocinado


      Fecha y hora actual: Jue 28 Mar 2024 - 10:20