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    Mensaje por duda Sáb 7 Mayo 2011 - 21:57

    Os cuento el caso,llevo de baja desde septiembre del 2010 y me quedaron por hacer 7 días de vacaciones, que tenía programadas para octubre.....A parte de que cuando esté de alta, voy a solicitar la reducción de jornada por cuidado de mi hija, tengo derecho a reclamar esos días?

    Es que según el convenio, las tendría que hacer durante el primer trimestre y sino? las pierdo? me las pagan?

    Gracias de antemano por leerme y si alguien sabe algo, me ayudaría

    Saludos!
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    Mensaje por alma14 Dom 8 Mayo 2011 - 8:47

    A ver duda, te voy a tratar de resolver tus dudas. Pero antes tendrás que aclarar un poco las cosas.

    llevo de baja desde septiembre del 2010 y me quedaron por hacer 7 días de vacaciones, que tenía programadas para octubre.....

    Con esto imagino que las vacaciones las tenías pedido por escrito y concedidas. De todo lo cual tienes copia (de la petición de vacaciones y de la concesión de las mismas).

    ¿Es así? O todo lo hacíais de palabra como buenos colegas del barrio.

    Si es con escritos, te diré que:

    tengo derecho a reclamar esos días?

    SI

    Es que según el convenio, las tendría que hacer durante el primer trimestre y sino?

    las pierdo?

    NO

    me las pagan?

    NO

    Si la cosa era promesas de palabra, lo tendrás un poco más difícil, pero si haces bien las cosas, igualmente te las tendrán que dar.

    Las vacaciones son para disfrutarlas, y el convenio puede decir misa, pues en muchos de sus artículos son peores que algunos presbíteros el domingo en el púlpito. A excepción de cuando te despiden, por tanto no sigues en la empresa, las vacaciones son para descansar y para disfrutar, que muchas veces uno se cansa más de vacaciones que trabajando. No se abonan.

    No te deberían de poner problemas para darte los días que no has podido disfrutar en el año, y si te los ponen ya estás denunciando en el juzgado...

    Un saludo.

    PD.: Creo que está bien claro.
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    Mensaje por duda Dom 8 Mayo 2011 - 11:42

    Muchas gracias por tu respuesta alma14, me ha quedado claro el tema.

    Yo las pedí por escrito y se me concedieron eran 7 días la segunda semana de noviembre, pero no tengo copia, porque nunca me ha dado copia de las mismas. A nadie en el servicio donde estaba, sólo si no te las podían conceder en los días que se habían elegido, te llamaban para que las cambiaras (por escrito y ya está).

    El jefe de equipo, era el que se encargaba de recoger las hojas con los días propuestos.

    Así que puede que me encuentre con la posibilidad de que se hagan los locos o no.....a ver que pasa.

    Leyendo este foro, me estoy dando cuenta de cuanta desinformación tengo de muchas cosas que se están haciendo mal en la empresa donde estoy.

    Ya os iré contando como va todo.....

    Muchísimas gracias por responder
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    Mensaje por SARGENTO DE HIERRO Dom 8 Mayo 2011 - 13:19

    Las vacaciones no se pierden por estar de baja

    Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, Sala Gran Sala, Sentencia de 20 Enero de 2009

    El trabajador

    Vivía en Alemania y llevaba 20 años trabajando para la empresa y le quedaba apenas un año para poder acceder a su jubilación cuando enfermó y causó baja médica en la empresa. Este acontecimiento supuso que durante todo el año anterior a la jubilación del trabajador el mismo permaneciera de baja y no tuviera por tanto la posibilidad de disfrutar de sus vacaciones anuales retribuidas.

    Reclama contra la empresa que se negó a abonarle las vacaciones que no pudo disfrutar por estar de baja y haberse jubilado posteriormente, puesto que, a pesar de que la normativa Alemana establece que las vacaciones se perderán cuando termine el año natural y no se hayan disfrutado, existe una Directiva de la Unión Europea que establece que: "Los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para que todos los trabajadores dispongan de un período de al menos cuatro semanas de vacaciones anuales retribuidas, de conformidad con las condiciones de obtención y concesión establecidas en las legislaciones y/o prácticas nacionales". "El período mínimo de vacaciones anuales retribuidas no podrá ser sustituido por una compensación financiera, excepto en caso de conclusión de la relación laboral".

    La empresa

    Alega que no es culpa suya que el trabajador no haya podido disfrutar sus vacaciones por haberse jubilado y que, al haber pasado el año natural y conforme a lo establecido en su legislación nacional, estas vacaciones deben perderse.

    La Sentencia

    Determina que, al encontrarse las Directivas jerárquicamente por encima de las legislaciones nacionales debemos estar a las mismas y declara por tanto dos cuestiones:

    1. El derecho a vacaciones anuales retribuidas no debe extinguirse al finalizar el año natural, si el trabajador no ha podido disfrutar efectivamente su derecho a vacaciones por haber estado de baja por enfermedad durante la totalidad o parte de ese tiempo.
    2. Al finalizar la relación laboral, deben compensarse económicamente las vacaciones anuales retribuidas no disfrutadas si el trabajador no las disfrutó por estar de baja médica hasta la finalización de su contrato y durante el período de devengo. La compensación consistirá en la retribución ordinaria del trabajador que cobraría en el caso de ejercer su derecho a vacaciones.

    La Sentencia anula por tanto cualquier norma de los países de la Unión Europea que contradigan la sentencia y es aplicable por tanto a la legislación Española.
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    Mensaje por alma14 Dom 8 Mayo 2011 - 16:18

    Así que puede que me encuentre con la posibilidad de que se hagan los locos o no.....a ver que pasa.

    Escrito a la empresa pidiendo los días no disfrutados, que te firmen la copia, y si te contestan, por escrito que no te las dan... denuncia al juzgado de lo social.

    Es un juicio rápido, que suele salir en una semana.

    Un saludo.
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    Mensaje por duda Dom 8 Mayo 2011 - 17:17

    Gracias sargento de hierro y alma14 por vuestras aportaciones, cuando tenga el alta médica, pediré los días de vacaciones que me quedan por escrito, solicitando también, la respuesta del mismo modo.

    Gracias de nuevo y espero no tener que ir a juicio;)
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    Mensaje por Invitado Miér 11 Mayo 2011 - 14:14

    Hola Duda; no te vayas de vacaciones si no te las concenden por escrito (firmadas y selladas), desconfia de las palabras, de las llamadas, y que te las firmen.

    Aqui (según me han contado) se ha dado situaciones con VS con mucha antiguedad, que les decian que se fueran de vacaciones que las tenían concedidas, y al tercer dia, telegrama de despido por no acudir al trabajo.

    Yo desde entonces, por escrito.

    Un saludo
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    Mensaje por alma14 Jue 12 Mayo 2011 - 0:15

    Te daré unos consejitos a seguir, y al mismo tiempo se colocará algo de información sobre las vacaciones.

    Un saludo.
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    Mensaje por duda Jue 12 Mayo 2011 - 9:54

    Visera escribió:Hola Duda; no te vayas de vacaciones si no te las concenden por escrito (firmadas y selladas), desconfia de las palabras, de las llamadas, y que te las firmen.

    Aqui (según me han contado) se ha dado situaciones con VS con mucha antiguedad, que les decian que se fueran de vacaciones que las tenían concedidas, y al tercer dia, telegrama de despido por no acudir al trabajo.

    Yo desde entonces, por escrito.

    Un saludo
    Muchas gracias, todos vuestros consejos me vienen genial!!!
    TODO POR ESCRITO!!!

    ALMA14
    Muchas gracias por los aportes que puedas ofrecer sirven de gran ayuda.
    de momento, hoy me siguen dando la baja, hasta que mi estado de salud mejore. Pero tengo que estar preparada para el momento.
    Gracias a todos.
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    Mensaje por alma14 Jue 12 Mayo 2011 - 16:58

    El trabajador pide las vacaciones por escrito, dos períodos para este año y otro que le deben del año pasado.

    La empresa que no se si-sabe, le contesta aceptando un período de este año, y quedando pendientes las del otro período y la contestación a las del año pasado.

    [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]

    Posteriormente deniegan en otro escrito las del año pasado...

    La denuncia ya está puesta en el juzgado.

    Un saludo.

    PD.: Esta empresa me da la impresión que no hizo los cursos de reciclaje en relaciones laborales, y que van justitos en jurisprudencia. Eso sí, después dicen que compramos a los jueces.
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    Mensaje por Invitado Sáb 14 Mayo 2011 - 13:43

    El lunes pasare porel rancho de nuestro vakerito, a ver que pasa con las vacaciones, pues las solicite por escrito hace mas de dos meses, y sin respuesta, como siempre pretenderán hacer como el año pasado, me llaman 15 dias antes para darmelás, y cuando les venga en ganas!
    Vaquerito esta vez, va ser que no, asi que vete cambiando los planes y cuadrantes que eso te gusta mucho y se teda de maravillla jijiji

    Por otra parte Alma, me acaban de llamar que 10 horas que tengo extra del mes de enero, las tengo en la oficina jijiji con lo cual quieren darmelas en negro! Yo no estoy por la labor, las quiero en nómina, cotizando por ellas... Me llevo el cheque o se lo rompo en la cara jijiji Dime algo antes de que cometa un tontería que ya sabes que ultimamente toi yo muy contenta... jijijijiij







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    Mensaje por alma14 Sáb 14 Mayo 2011 - 17:55

    Coges el talón, le haces una fotocopia, y presentas denuncia en inspección de trabajo, entregando la fotocopia como prueba.

    Después pides que te digan quien es el inspector que te toca y le pides cita, le llevas el talón original y se lo enseñas, para posteriormente cobrarlo.

    Ya verás como las 10 horas les salen en un pico, bastante más caras que a precio de Supremo.

    Un saludo.

    PD.: Yo por las vacaciones no preguntaría hasta que faltara un mes para su inicio.
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    Mensaje por Invitado Sáb 14 Mayo 2011 - 18:41

    Ok Alma, eso haré con el cheque.
    Bien las vacaciones deberían de haber venido reflejadas el dia 31 de este mes en mi cuadrante, pero NO!
    Asi que faltan 15 días jijijijiji Y lás solicité el 11 de marzo!
    Que ganas de tokar los kinder esta empresa!

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