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    Mensaje por Escudo Humano Jue 8 Mar 2012 - 12:00

    Hola compañeros, he buscado en el buscador del foro y no he encontrado nada sobre el tema.... por eso creo que está bien colocado el tema a tratar... tengo una duda...

    se lo que es un tirador selecto y la resolución del 28 de Febrero del 96 sobre los ejercicios de tiro...

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    Para tirador Selecto: Mas del 90 por 100 en todos los ejercicios que realice durante dos años consecutivos (diploma segunanexo) (28 aciertos)

    llevo 5 años realizando ese requisito y no se que se necesita para que te den el diploma... tengo que preguntar en mi empresa??? en la guardia civil??? haber si me podéis ayudar porque existen muchos rumores que para poder ser tirador selecto antes del exame debes avisar a la guardia civil... otros rumores apuntan a que la empresa te envia el diploma a casa una vez realices los requisitos básicos... si alguno lo tiene o sabe de primera mano como solicitarlo, ruego que me lo comunique, muchas gracias...
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    Mensaje por SARGENTO DE HIERRO Jue 8 Mar 2012 - 15:02

    Yo solo te digo una puntualizacion lo de ser tirador selecto tiene pocos objetivos rentables y si uno importantisimo en conta.

    Te puntualizo , si por ejemplo" Dios no lo quiera" en una intervencion tienes que hacer uso del Arma reglamentaria conforme a las situaciones comtempladas en la legislacion vigente , proporcionalidad etc, etc , y te ves en la obligacion de abrir fuego "" Digamos Intistivo " .

    Como tengas la mala suerte de hacer blanco en un punto vital con consecuencia de Muerte.

    Lo primero que van a investigar va a ser tus ejercicios de tiro , tanto el fiscal como la acusacion particular y cuando vean que en todos los ejerccicios estas clasificado como Tirador de Primera o Tirador selecto " Date por Jodido" porque no va a ser de aplicacion ninguna teoria de casualidad entre las causas del disparo Instintivo y el objetivo alcanzado.

    Si ya en defensa propia y usando todas las normas de proporcionalidad aun no siendo el disparo Mortal las pasas como cain con todos los numeros para ir a Villa Rejas , en el caso de un profesional con esa calificacion de continuo en los ejercicios de tiro en caso de impacto con causa de Muerte ademas de tener todos los numeros para Villa Rejas a lo mejor tambien le dan una estancia provisional en la citada Villa en espera de Juicio hasta de 2 años.

    ¿ Ser tirador de Primera o Selecto en los ejerccicios de tiro de foma continuada ?

    Mi experiencia me dice.

    No Gracias.
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    Mensaje por SARGENTO DE HIERRO Jue 8 Mar 2012 - 15:32

    Perdon por el post anterior no se ve con claridad.



    No obstante si lo que deseas es tu certificado , debes dirigir a la Intervancion de Armas de la Guardia Civil un escrito parecido al que te adjunto con fotocopia de tus 4 ultimos 4 ejerccios de tiro y pagar las Tasas establecidas .

    A LA COMANDACIA DE LA GUARDIA CIVIL Intervención de Armas y Explosivos. Negociado de


    Seguridad privada de ...............................


    D. __________________ , mayor de edad, con D.N.I.: _________-_, con domicilio en ____________________ . ___________________________ (_______) . Trabajador de la empresa _______________________ , con domicilio social en _________ C/ _______________________ , ante esa Intervención de armas y explosivos, negociado de seguridad privada, comparece y:





    E X P O N E:




    Que con motivo de la asistencia a los ejercicios de tiro reglamentarios y al haber obtenido en los mismos la clasificación de Tirador Selecto, según consta en mi cartilla de tiro, al menos durante los dos últimos años de forma consecutiva, es por lo que, mediante el presente escrito.



    SOLICITO:





    EL DIPLOMA clasificado como TIRADOR SELECTO, todo ello en virtud del articulo 11 de la Ley 23/1992. Resolución de 28 de febrero de 1996. Ministerio del Interior.



    Tu ciudad , a __ de ____________ de ______


    Fdo: _____________

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    Mensaje por alma14 Jue 8 Mar 2012 - 17:32

    Lo primero que van a investigar va a ser tus ejercicios de tiro , tanto el fiscal como la acusacion particular y cuando vean que en todos los ejerccicios estas clasificado como Tirador de Primera o Tirador selecto " Date por Jodido"

    Esto es la excusa de mal pagador, o el rumor que las malas lenguas (posiblemente los malos tiradores) interesan que se crea.

    Si tienes algún problema en actuaciones y hay disparos, lo único que van a saber, tanto el juez como el fiscal es si tienes la licencia de armas y está activa, o sea con el último ejercicio al día.

    No se aporta cartilla de tiro, y si licencia de armas.

    En relación con el diploma de tirador selecto, tengo todos los ejercicios de tiro como selecto, a excepción del primero que tengo 27 aciertos, y no tengo el diploma. La verdad nunca lo he pedido y hace años pregunté en intervención al que lo lleva por el diploma, y la contestación es que no se estaban dando, pues el ejercicio que hacían en el intuitivo era con una silueta a 25 metros, en vez de con dos a 10 metros.

    Imagino que lo puedes pedir a la empresa, y para ello aportando la cartilla que está en su poder, tendrán que pedirlo a la guardia civil.

    Un saludo.
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    Mensaje por Escudo Humano Jue 8 Mar 2012 - 18:07

    muchas gracias SARGENTO Y ALMA sois los mejores, siempre he querido saber el ¿cómo? y ¿Dónde? la verdad es que creo que es una miseria lo que te dan... unos 19 euros pero lo del diploma me interesa, mas que nada por curriculum puesto que a dia de hoy no ejerzo con arma, ni creo/quiero ejercer... jamás la he usado y estoy seguro jamás la usaré... a nivel de título está bien puesto todo lo que sea mejorar bienvenido sea.... ya no me preocupo entonces... esque estaba mosquedao porque llevo varios plenos en los últimos años y ni siquiera me han mencionado lo de tirador selecto... gracias por aclarar mi duda!!!
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    Mensaje por eos Jue 8 Mar 2012 - 18:44

    Pues en este caso, yo estoy con la opinión de sargento y comparto su resumen.... Tirador selecto?
    NO GRACIAS!
    Y no se trata de ser más o menos bueno, se trata de sentido común... mi experiencia me dice, que siempre es preferible en estos casos, pecar de menos que de más.
    El diploma es un trozo de papel para enmarcar, que a mi modesto entender no vale para nada más, y por tanto, de mis 30 disparos (sin contar los de prueba), siempre he guardado o errado 3 o 4.
    En caso de intervención y, dependiendo del riesgo, cada uno sabe lo que tiene que hacer, y en mi caso sería.... prefiero que me traigan tabaco a la Modelo, que flores al cementerio, pero con todo y eso, me sigo guardando 4.
    Y ojo! respeto todas las opiniones, que todas son muy validas y buenas.
    Un saludo.
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    Mensaje por peasodemontri Jue 8 Mar 2012 - 19:30

    A LA COMANDANCIA DE LA GUARDIA CIVIL


    Intervención de armas y explosivos, Negociado de Seguridad Privada de Sevilla



    D. ............................................., mayor de edad con DNI. : ......................., con domicilio en C/ ..............................................., y actualmente trabajador de la empresa ........................ con domicilio en .............................................., ante esta Intervención de armas y explosivos, negociado de seguridad privada comparece y :


    EXPONE

    Que con motivo de asistencia a los ejercicios de tiro reglamentarios durante los dos últimos años de forma consecutiva, y no teniendo en la actualidad, conocimiento de la calificación y/o puntuación obtenida, es por lo que mediante el presente escrito.

    SOLICITO :

    La revisión de dicha calificación y/o puntuación de estos dos últimos ejercicios y en caso de que proceda, se me acredite el Diploma de Tirador Selecto, todo ello en virtud del articulo 11 de la Ley 23/1992. Resolución de 28 de Febrero de 1996, Ministerio del Interior.



    Sevilla a 11 de Enero de 2011


    Fdo. : .......................................


    Este escrito lo entregue en la comandancia y es el tercer diploma.

    Esto por un lado.

    Por otro lado, supongo que la experiencia les ha echo fallar porque según que fuentes dicen una cosa u otra, a fecha de hoy y dios mediante aún no han acusado a ningún Vigilante de Seguridad por ser Tirador Selecto, en el ejercicio de sus funciones, cuando se ha efectuado un disparo en defensa propia de la vida creeis que al sujeto le vais a dar entre cejas, eso solo se ve en las pelis, suerte tendremos primero en acertar.

    Y por último si hombre te animaría a que lo pidieras, en el curriculum seguramente no te valdrá mucho, pero para colgarlo en la pared de tu done sea enmarcado, queda muy chulo.

    Saludos

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    Mensaje por SARGENTO DE HIERRO Jue 8 Mar 2012 - 19:50

    alma14 escribió:
    Lo primero que van a investigar va a ser tus ejercicios de tiro , tanto el fiscal como la acusacion particular y cuando vean que en todos los ejerccicios estas clasificado como Tirador de Primera o Tirador selecto " Date por Jodido"

    Esto es la excusa de mal pagador, o el rumor que las malas lenguas (posiblemente los malos tiradores) interesan que se crea.

    Si tienes algún problema en actuaciones y hay disparos, lo único que van a saber, tanto el juez como el fiscal es si tienes la licencia de armas y está activa, o sea con el último ejercicio al día.

    No se aporta cartilla de tiro, y si licencia de armas.

    En relación con el diploma de tirador selecto, tengo todos los ejercicios de tiro como selecto, a excepción del primero que tengo 27 aciertos, y no tengo el diploma. La verdad nunca lo he pedido y hace años pregunté en intervención al que lo lleva por el diploma, y la contestación es que no se estaban dando, pues el ejercicio que hacían en el intuitivo era con una silueta a 25 metros, en vez de con dos a 10 metros.

    Imagino que lo puedes pedir a la empresa, y para ello aportando la cartilla que está en su poder, tendrán que pedirlo a la guardia civil.

    Un saludo.



    Pues creo Alma que en esta ocasion has Errado de pleno con tu afirmacion de que es la excusa de mal tirador , cracias a Dios veo que no has tenido ninguna intervencion en la que hayas tenido que utilizar el Arma Reglamentaria y no te has visto sumido en un Juicio penal , por lo cual estimo que en esta ocasion has errado y aportas una mala informacion de como se actua en las investigaciones de policia y guardia civil ordenadas por el Juzgado.

    Recuerda que en ocasiones hay que saber cuando opinar y que afirmar y las mejores opiniones son sobre hechos reales no sobre suposiciones de las que no se han tenido vivencias pues pueden llevar al error grave a muchas personas.

    Un saludo
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    Mensaje por alma14 Jue 8 Mar 2012 - 23:21

    Imagino que tendrás conocimiento en primera persona de que hayan actuado contra alguien por ser tirador selecto. Mis fuentes y son bastante bien informadas me dicen que tienes que tener la licencia en vigor, pero que no te piden la cartilla.

    Imagino también que nos podrás informar en que juicio y con que compañero han actuado de la forma que comentas, pues esto que comentas es muy antiguo, y personalmente no conozco ni las personas afines (profesionales acreditados en seguridad privada) no conocen a nadie en esa situación.

    Un saludo.
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    Mensaje por SARGENTO DE HIERRO Sáb 10 Mar 2012 - 15:04

    alma14 escribió:Imagino que tendrás conocimiento en primera persona de que hayan actuado contra alguien por ser tirador selecto. Mis fuentes y son bastante bien informadas me dicen que tienes que tener la licencia en vigor, pero que no te piden la cartilla.


    Efectivamente tengo conocimiento de causa de mi argumentacion , no dudo de que tus fuentes esten bien informadas , y es de logica y sentido comun que para portar un arma hay que estar en posesion de una licencia en vigor , creo que para saber esto no hace falta estar muy bien informado.

    En cuanto a que no te piden la cartilla , pues no te tienen que pedir la cartilla ni en el momento de los hechos las FCSE porque por pura logica no la tienes , esta depositada en la empresa , ni en el Juzgado porque no les hace ninguna falta.




    Imagino también que nos podrás informar en que juicio y con que compañero han actuado de la forma que comentas, pues esto que comentas es muy antiguo, y personalmente no conozco ni las personas afines (profesionales acreditados en seguridad privada) no conocen a nadie en esa situación.

    Un saludo.

    Pues imaginas mal Alma y viniendo de ti me sorprende una imaginacion tan erronea , por supuesto que ni voy a informar sobre el sumario del juicio ni sobre el compañero o compañeros implicados en la situacion relatada , es mas creo que esta demas que solicites este tipo de cosas , en este sentido creo que en esta ocasion te has saltado tu mismo tu propio Catecismo.

    En una afirmacion si que tienes razon el hecho se produjo ya hace tiempo ( El Codigo Penal Español , Tambien se creo hace tiempo pero sigue vigente ).

    Cuando te ves envuelto en una intervencion con uso del Arma Reglamentaria con consecuencia de victima por Arma de Fuego , se te pueden presentar o se te presentaran las siguientes situaciones.

    Intervencion de las FCSE : Que procederan a la identificacion y filiacion de todos los intervinientes , retirada de el arma o Armas , solicitud de DNI , TIP , Licencia de Armas y Guia de Pertenencia de las Armas , retirada y recuento de la cartucheria metalica y vestiguios de la municion utilizada ( Vainas ).

    Me centrare en la figura del profesional dejando a la victima o victimas del arma de fuego .

    Una vez estes identificado , se te haya retirado el arma y su guia seras conducido a las dependencias policiales donde tras prestar declaracion , procederan a informarte por escrito de los derechos que te asisten ofreciendote un abogado de oficio si lo necesitaras y quedaras en calidad de Detenido por un presunto Delito de................................................ segun hayan sido las consecuencias de la intervencion armada ( Seas culpable , inocente , hayas actuado en defensa propia o la situacion que sea ) eso si te ampara la " Presuncion de Inocencia "

    Tras haberse realizado las pesquisas policiales , la intervencion de abogado etc,etc en un plazo no superior a las 72 horas pasaras a disposicion Judicial , donde prestaras declaracion ante el Juez y tras esto podras quedar en Libertad con o sin cargos o con un auto de ingreso comunicado en prision provisional.

    Tras todos estos requisitos y algunos mas se dictara hora y fecha para la vista judicial.

    Cuando comienza el acto judicial debes saber que por peticion del Ministerio fiscal , y posiblemente la acusacion particular el juez tendra un amplio sumario en el cual habra una profunda y detallada investigacion realizada por distintas dependencias de las FCSE de tu Filiacion.

    - Empresas en la que has trabajado

    - Informes Medicos y Psicologicos

    - Cursos y Habilitaciones que posees

    - Ejercicios de tiro en relacion con el manejo de armas ( Con lo cual tus fuentes por pura logica tienen toda la razon nadie te va a pedir la cartilla )" No lo necesitan".

    Bueno y por no extenderme mas .

    Si por mala suerte en la intervencion has hecho Blanco digamos en la zona Inter -Costal Izquierda con afectacion de la zona pulmonar con orificio de entrada y salida en lugar de en la pierna izquierda y en tu declaracion has dicho que el disparo se produjo de forma intistiva en defensa propia .

    Pues tanto el Fiscal como la acusacion y el mismo juez van a querer saber porque el impacto fue en una zona vital y no en otra parte del cuerpo .

    Para esto Balistica habra presentado tanto un informe de la trayectoria y distancia que siguio el proyectil como del estado del arma Elementos de Punteria etc , ademas el Fiscal y el Juez en el sumariotendran tambien un informe detallado de tu capacitacion para portar armas donde constaran tus calificaciones en los ejercicios de tiro .

    Resumiendo si el informe de Balistica dice que los elementos de punteria estan correctos y tus calificaciones en los ejercicios de capacitacion para ser titular de la Licencia C son tirador de 1ª o Tirador selecto .

    Tendras que explicar lo inexplicable para que dada tu destreza hayas causado lesiones con consecuencia de .......................en zonas vitales de la victima ¡¡¡ Dificilillo !!!.

    Posibles consecuencias dependiendo del resultado de las lesiones de 3 años por .................. a 6 años por homicidio imprudente y todo por que a la vista de las pruebas y la capacitacion del acusado podria haber evitado lesiones en zonas vitales del cuerpo.

    Bueno luego esta el caso Tous , pero eso , eso es otra historia...................................................................................

    PD. en cuanto a tu "" Coletilla "" de que estos mitos lo dicen los malos Tiradores o algo asi..........................

    Decirte que no lo tomo a personal tan solo como una de esas " Coletillas" tan tuyas................. pero si te digo a modo de comentario.......................................... Si despues de muchisimos años en La Legion , habiendo hecho fuego con todo tipo de Armas , habiendo sido adiestrado para hacer Blanco a distancias muchisimo mas superiores al Jueguecito que hacemos en los ejercicios de tiro , no creo que a estas alturas vaya a buscar excusas para los ejercicios de tiro que para mi puede ser similar a disparar Botes en una Feria.

    Saludos.







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    Mensaje por SARGENTO DE HIERRO Sáb 10 Mar 2012 - 16:06

    quote="alma14"]Imagino que tendrás conocimiento en primera persona de que hayan actuado contra alguien por ser tirador selecto. Mis fuentes y son bastante bien informadas me dicen que tienes que tener la licencia en vigor, pero que no te piden la cartilla.


    Efectivamente tengo conocimiento de causa de mi argumentación, no dudo de que tus fuentes estén bien informadas, y es de lógica y sentido común que para portar un arma hay que estar en posesión de una licencia en vigor, creo que para saber esto no hace falta estar muy bien informado.

    En cuanto a que no te piden la cartilla, pues no te tienen que pedir la cartilla ni en el momento de los hechos las FCSE porque por pura lógica no la tienes , esta depositada en la empresa , ni en el Juzgado porque no les hace ninguna falta.




    Imagino también que nos podrás informar en que juicio y con que compañero han actuado de la forma que comentas, pues esto que comentas es muy antiguo, y personalmente no conozco ni las personas afines (profesionales acreditados en seguridad privada) no conocen a nadie en esa situación.

    Un saludo.[/quote]



    Pues imaginas mal Alma y viniendo de ti me sorprende una imaginación tan errónea , por supuesto que ni voy a informar sobre el sumario del juicio ni sobre el compañero o compañeros implicados en la situación relatada , es mas creo que esta demás que solicites este tipo de cosas , en este sentido creo que en esta ocasión te has saltado tu mismo tu propio Catecismo.


    En una afirmación si que tienes razón el hecho se produjo ya hace tiempo (El Código Penal Español, También se creo hace tiempo pero sigue vigente).

    Cuando te ves envuelto en una intervención con uso del Arma Reglamentaria con consecuencia de victima por Arma de Fuego, se te pueden presentar o se te presentaran las siguientes situaciones.

    Intervención de las FCSE: Que procederán a la identificación y filiación de todos los intervinientes, retirada de el arma o Armas, solicitud de DNI, TIP, Licencia de Armas y Guía de Pertenencia de las Armas , retirada y recuento de la cartuchería metálica y vestigios de la munición utilizada ( Vainas ).


    Me centrare en la figura del profesional dejando a la victima o victimas del arma de fuego.

    Una vez estés identificado , se te haya retirado el arma y su guía serás conducido a las dependencias policiales donde tras prestar declaración , procederán a informarte por escrito de los derechos que te asisten ofreciéndote un abogado de oficio si lo necesitaras y quedaras en calidad de Detenido por un presunto Delito de................................................ según hayan sido las consecuencias de la intervención armada ( Seas culpable , inocente , hayas actuado en defensa propia o la situación que sea ) eso si te ampara la " Presunción de Inocencia "


    Tras haberse realizado las pesquisas policiales, la intervención de abogado etc,etc en un plazo no superior a las 72 horas pasaras a disposición Judicial , donde prestaras declaración ante el Juez y tras esto podrás quedar en Libertad con o sin cargos o con un auto de ingreso comunicado en prisión provisional.

    Tras todos estos requisitos y algunos más se dictara hora y fecha para la vista judicial.

    Cuando comienza el acto judicial debes saber que por petición del Ministerio fiscal , y posiblemente la acusación particular el juez tendrá un amplio sumario en el cual habrá una profunda y detallada investigación realizada por distintas dependencias de las FCSE de tu Filiación.


    - Empresas en la que has trabajado

    - Informes Médicos y Psicológicos


    - Cursos y Habilitaciones que posees

    - Ejercicios de tiro en relación con el manejo de armas (Con lo cual tus fuentes por pura lógica tienen toda la razón nadie te va a pedir la cartilla)" No lo necesitan"

    Bueno y por no extenderme mas.

    Si por mala suerte en la intervención has hecho Blanco digamos en la zona Inter -Costal Izquierda con afectación de la zona pulmonar con orificio de entrada y salida en lugar de en la pierna izquierda y en tu declaración has dicho que el disparo se produjo de forma instintiva en defensa propia.

    Pues tanto el Fiscal como la acusación y el mismo juez van a querer saber porque el impacto fue en una zona vital y no en otra parte del cuerpo.

    Para esto Balística habrá presentado tanto un informe de la trayectoria y distancia que siguió el proyectil como del estado del arma Elementos de Puntería etc. , además el Fiscal y el Juez en el sumario tendrán también un informe detallado de tu capacitación para portar armas donde constaran tus calificaciones en los ejercicios de tiro .

    Resumiendo si el informe de Balística dice que los elementos de puntería están correctos y tus calificaciones en los ejercicios de capacitación para ser titular de la Licencia C son tirador de 1ª o Tirador selecto.


    Tendrás que explicar lo inexplicable para que dada tu destreza hayas causado lesiones con consecuencia de .......................en zonas vitales de la victima ¡¡¡ Dificilillo !!!

    Posibles consecuencias dependiendo del resultado de las lesiones de 3 años por.................. a 6 años por homicidio imprudente y todo por que a la vista de las pruebas y la capacitación del acusado podría haber evitado lesiones en zonas vitales del cuerpo.


    Bueno luego esta el caso Tous , pero eso , eso es otra historia...................................................................................

    PD. En cuanto a tu "" Coletilla "" de que estos mitos lo dicen los malos Tiradores o algo así..........................



    Decirte que no lo tomo a personal tan solo como una de esas " Coletillas" tan tuyas................. Pero si te digo a modo de comentario.......................................... Si después de muchísimos años en La Legión, habiendo hecho fuego con todo tipo de Armas , habiendo sido adiestrado para hacer Blanco a distancias muchísimo mas superiores al Jueguecito que hacemos en los ejercicios de tiro , no creo que a estas alturas vaya a buscar excusas para los ejercicios de tiro que para mi puede ser similar a disparar a Botes en una Feria.


    Saludos.


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