Vigilantes de Seguridad

¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.
Vigilantes de Seguridad

Foro, Vigilantes, Escoltas, Guardas particulares, Convenio, Estatuto de los Trabajadores, Sindicatos, Empresas, Sentencias, Noticias...

Conectarse

Recuperar mi contraseña

Visitantes



- - - - DESDE - - - -
20 / MARZO / 2.OO9

Marzo 2024

LunMarMiérJueVieSábDom
    123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031

Calendario Calendario

Últimos temas

» La Justicia da la razón a un vigilante expedientado en Málaga por suministrar mascarillas donadas a sus compañeros en el confinamiento
De nuevo nos dan la razón EmptyVie 24 Mar 2023 - 17:25 por alma14

» Felices fiestas
De nuevo nos dan la razón EmptySáb 25 Dic 2021 - 7:00 por alma14

» Excedencia y posterior pedida de la habilitación
De nuevo nos dan la razón EmptySáb 25 Dic 2021 - 6:57 por alma14

» BAJA
De nuevo nos dan la razón EmptyVie 15 Oct 2021 - 17:51 por Invitado

» Limpieza total
De nuevo nos dan la razón EmptyMar 11 Ago 2020 - 17:45 por cliper91

» Juicio y vacaciones
De nuevo nos dan la razón EmptyLun 10 Ago 2020 - 23:53 por alma14

» Necesito ayuda sobre el tema de requisitos de Escolta Privado
De nuevo nos dan la razón EmptyLun 11 Mayo 2020 - 12:45 por escolta63

» que es un impacto negativo
De nuevo nos dan la razón EmptyLun 11 Mayo 2020 - 12:43 por escolta63

» pregunta temario escolta
De nuevo nos dan la razón EmptyLun 11 Mayo 2020 - 12:39 por escolta63

» Artículo de Alba
De nuevo nos dan la razón EmptyLun 11 Mayo 2020 - 8:52 por alma14

» El TSJC rechaza el despido de dos gerocultoras por negarse a preparar medicación
De nuevo nos dan la razón EmptyMar 25 Feb 2020 - 14:21 por alma14

» Comparativa Sueldos Vigilantes USA vs Alemania vs Francia vs España Por Toni -
De nuevo nos dan la razón EmptyLun 24 Feb 2020 - 11:10 por alma14

» La empresa no puede exigir recuperar los días de asuntos propios
De nuevo nos dan la razón EmptyLun 2 Dic 2019 - 17:05 por alma14

» El despido durante la baja médica ya es despido nulo
De nuevo nos dan la razón EmptyLun 2 Dic 2019 - 16:49 por alma14

» Permiso retribuido en elecciones generales
De nuevo nos dan la razón EmptyDom 3 Nov 2019 - 10:06 por alma14

» Venta de Corsys de Seguridad
De nuevo nos dan la razón EmptyJue 12 Sep 2019 - 13:56 por popazo09

» Vigilantes barcelona
De nuevo nos dan la razón EmptyMiér 10 Jul 2019 - 15:34 por Iliess

» Infarto como accidente de trabajo
De nuevo nos dan la razón EmptyMar 9 Jul 2019 - 19:54 por alma14

» convenio 2021
De nuevo nos dan la razón EmptyMar 9 Jul 2019 - 19:46 por errnovato

» Tiempo TIP
De nuevo nos dan la razón EmptyMar 9 Jul 2019 - 19:19 por alma14


    De nuevo nos dan la razón

    Giovanni
    Giovanni
    Usuario aventajado
    Usuario aventajado


    Masculino
    Zodiaco : Aries Signo chino : Gato
    Cantidad de envíos : 347
    Edad : 60
    - K A R M A - :
    De nuevo nos dan la razón Left_bar_bleue100 / 100100 / 100De nuevo nos dan la razón Right_bar_bleue

    Fecha de inscripción : 10/02/2008

    De nuevo nos dan la razón Empty De nuevo nos dan la razón

    Mensaje por Giovanni Vie 4 Jul 2008 - 19:13

    De nuevo la LSP se aplica tal como dicta y se nos da la
    razón :

    Nos ha llegado una respuesta de una Unidad en la que
    se propone para sanción Grave a la empresa Seguridad
    Integral Savyco, contemplada en el art, 22.2 e, de la Ley
    23/92 de 30 de Julio de Seguridad Privada, en relación
    con el art 1.2 de la misma Ley y en el mismo sentido y el
    art 149.5 a del R.D. 2364/1994 de 9 de Diciembre.


    < La utilización en el ejercicio de funciones de seguridad de
    personas que carezcan de la nacionalidad, cualificación,
    acreditación o titulación exigidas, o de cualquier otro de los
    requisitos necesarios, incluyendo el de la superación de los
    correspondientes cursos de actualización>

    Asimismo en el mismo escrito se nos informa de que se propone
    para sanción Muy Grave a la persona detectada, contemplada
    en el art 23.1 a de la Ley 23/92 de 30 de Julio, de Seguridad
    Privada por:

    < la prestación de servicios de seguridad a terceros por parte de
    personal no integrado en empresas de seguridad, careciendo de la
    habilitación necesaria >

    En el mismo sentido redunda sobre el art 151.1 a del Reglamento
    que la desarrolla, dice :


    < Prestar servicios de seguridad privada sin haber obtenido la
    tarjeta de identidad profesional correspondiente
    o sin estar inscrito, cuando proceda, en el pertinente
    registro >



    A mi me gustaría saber, porqué a unos sí y a otros no, porqué
    a las empresas pequeñas sí y a las que se reparten entre ellas
    dos el 45 % de 3600 millones de euros el pasado año, no.

    Porqué unas Unidades sí ( cuando quieren ) y otras no ( quieren nunca)

    No obstante es un gran logro que no hace sino alentarnos a seguir.

    Saludos de Giovanni.

      Fecha y hora actual: Jue 28 Mar 2024 - 14:17