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    Mensaje por SARGENTO DE HIERRO Jue 21 Abr 2011 - 21:39

    El delegado de se-sabe ciudad real, al parecer ha indicado que apartir de mayo pretenden pagar del 1 al 3 750 euros a cuenta de la nomina, del 10 al 15 el resto de la nomina y del 20 al 25 horas extras,

    ¿ Sera esto una maniobra para evitar las actas de infracción ?[b[/b][i]
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    Mensaje por alma14 Jue 21 Abr 2011 - 22:23

    Si eso es lo que pretendía el Catedrales, pero como cree que en Coruña somos tontos, decía la mitad antes del 5 y después el resto.

    Me parece cojonudo lo que dicen en Ciudad Real. Así trabajaríamos la mitad de días hasta el 10 o 15, que es cuando tenemos la nómina entera...

    Ej.: Trabajo 10 días hasta el 15, y otros 10 hasta el 30, en total 160 horas... pues si me pagan de esa forma, me pillo cinco días de los que trabajo hasta el 15 como libres, y trabajo cinco días nada más... me pagan la mitad, trabajo la mitad y todos amigos.

    Eso si, la nómina sin pérdida de retribución, que si no hay denuncias a mitades... jijiji...

    Un saludo.

    PD.: Ves Catedrales como sabemos negociar. Listos que sois unos listos.
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    Mensaje por SARGENTO DE HIERRO Jue 21 Abr 2011 - 22:36

    Y tu no piensas que puede ser esto que pretende el periodo de prueba de esto otro


    La cláusula de descuelgue salarial: ¿Vale más pájaro en mano que ciento volando? muy de su estilo negociador.

    Las empresas en situaciones de dificultad económica buscan los medios a su alcance que puedan paliar los efectos negativos del entorno económico, centrándose fundamentalmente estas medidas en tratar de buscar no incrementar el coste salarial. En un orden lógico, antes de aplicar medidas más drásticas, habría que comenzar por las decisiones que el poder de dirección del empleador pone en sus manos sin afectar a la continuidad de la relación laboral como serían las modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo, movilidad geográfica y el descuelgue salarial.

    Mediante el mecanismo de la cláusula de descuelgue, calificable como una concreción de la modificación sustancial de condiciones de trabajo respecto al régimen salarial, es posible, cuando esté en peligro la estabilidad económica de la empresa dejar inaplicado el régimen salarial pactado en un convenio colectivo supraempresarial, modificando por tanto, la cuantía salarial futura que van a percibir los trabajadores de esa empresa, aunque con carácter temporal. Asimismo, si faltase esa cláusula, el descuelgue salarial sólo sería posible por acuerdo entre representantes de los trabajadores y empresa, pudiendo recurrir, en caso de desacuerdo, a la Comisión Paritaria del Convenio.

    ¿Cuál es el procedimiento para proceder al descuelgue?

    Los elementos más característicos son los siguientes:

    a) se exige acreditar de forma objetiva y fehaciente situaciones de déficit o pérdidas mantenidas en los ejercicios anteriores; b) el descuelgue salarial debe ser solicitado por escrito a la Comisión Paritaria del Convenio acompañado una determinada documentación, o debe solicitarse directamente a los representantes de los trabajadores y en su defecto a la Comisión Paritaria del convenio ; c) la solicitud de descuelgue debe realizarse dentro de un determinado plazo ; d) la determinación de los efectos del descuelgue se remite a acuerdo entre los representantes de los trabajadores y la empresa y en caso de no existir éste se producirá o podrá solicitarse el arbitraje o mediación de la Comisión Paritaria del convenio o de un tercero , previéndose, expresamente, que el acuerdo o laudo será irrecurrible y ejecutivo y, e) asimismo, en algún convenio se prevén casos en que las empresas no podrán proceder al descuelgue aun cuando se den las circunstancias para ello o se atribuye la decisión sobre el descuelgue , única y exclusivamente, a la Comisión Paritaria del convenio o a las partes del convenio y a falta de acuerdo de éstas la fijación de los salarios se deja en manos de la Comisión Paritaria.

    ¿Cabe la cláusula de descuelgue en caso de que el salario esté previsto a nivel de convenio de empresa?
    El descuelgue salarial sólo es posible en de convenios colectivos supraempresariales, ya que tanto el artículo 85.1 como el 82.3 TRLET hacen referencia expresa a convenios ‘superiores a la empresa’. Sin embargo, ello no impediría que en caso de no existir convenio supraempresarial y el correspondiente régimen salarial esté previsto en convenio de empresa se amplíen, vía negociación colectiva, las materias susceptibles de modificación vía artículo 41, previéndose, de forma expresa, la modificación de la cuantía salarial pactada. Si no existiese esa ampliación no sería posible modificar la mencionada cuantía por cuanto una interpretación literal del artículo 41 TRLET, como hemos visto, lo impide.

    ¿Es posible a través de esta cláusula no sólo dejar inaplicado el incremento salarial previsto sino también reducir el salario que ya venían percibiendo los trabajadores? Aunque no sea la tónica general en la práctica, es admisible que en la cláusula de descuelgue se prevea no sólo la no aplicación, en todo o en parte, del incremento salarial previsto sino también la propia reducción del salario a percibir, por cuanto el TRLET se refiere, en términos generales, a la no aplicación del régimen salarial previsto, sin mayores especificaciones, quedando la decisión sobre el alcance de la inaplicación en manos del concreto convenio colectivo. Ello implicaría la posibilidad de autorizar a las empresas, vía cláusula de descuelgue , a que ante una situación de pérdidas no sólo dejen inaplicado el incremento salarial pactado sino también a que disminuyan temporalmente las condiciones salariales ya disfrutadas por los trabajadores; justificado todo ello en la voluntad de superación de una situación difícil en la empresa

    ¿Puede afectar a un único colectivo de la empresa?
    Resultaría muy difícilmente admisible, desde la perspectiva del artículo 14 de la Constitución, el establecimiento de una cláusula de descuelgue que sólo afectase a determinados colectivos de trabajadores, por cuanto tal sistema sería fácilmente calificable, salvo justificación muy probada, como discriminatorio. Sin embargo, la respuesta podría ser distinta en aquellos casos en que la situación de pérdidas está localizada en un centro de trabajo de la empresa pero no afecta a la totalidad de ésta y ello porque aun cuando parece que la norma requiere una consideración de conjunto en toda la empresa y no en una de sus unidades productivas, éste podría ser un terreno idóneo para la intervención de la negociación colectiva permitiendo la consideración aislada de una situación de pérdidas.

    En mi opinión, la aplicación de la cláusula de descuelgue viene a asumir el refrán popular, “más vale más pájaro en mano que ciento volando” por lo que en caso de crisis considero económicamente aconsejable, y justo, llegar a pactos por los que los salarios medios aumenten o incluso disminuyan a medio plazo de forma proporcional a los incrementos de la productividad, teniendo en cuenta la necesidad de asegurar la viabilidad de la empresa en el corto plazo a cambio de una garantía de mantenimiento del empleo.





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    Mensaje por pallero Jue 21 Abr 2011 - 23:30


    bueno entonces que vamos hacer lo que digan los empresarios y acacharnos los pantalones, solo estamos pidiendo lo que es nuestro que pagen segun convenio, y si no pueden afrontar en parte tienen culpa por querer coger servicios a bajo coste , y cuando hay beneficios lo mal gastan y no miran que pueden venir tiempos peor .¡
    Cuando estaban en vacas gordas ha que no te pagaban mas que el convenio Y PORQUE AHORA TIENE QUE PERDER EL TRABAJADOR NO HAY QUE CONSENTIRLO SI ESTA EMPRESA CHORIZERA HA SIDO SIEMPRE CON CRISIS Y SIN CRISIS
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    Mensaje por SARGENTO DE HIERRO Vie 22 Abr 2011 - 11:28

    Efectivamente esta empresa ha sido siempre choricera con y sin crisis , esto que he puesto en mi anterior post no es que yo piense que tenga que ser así , es lo que yo creo que piensan ellos es de las típicas frases que este tipo de gente usa cuando tiene la sarten por el mango " Mas vale pájaro en mano que ciento volando " o " Son lentejas si no las quieres las dejas " etc , refranes muy españoles y a menudo usado por los pillos y sinvergüenzas para venirte a decir "" Por cojones " .

    En el sentido de que " No hay que consentirlo " estoy de acuerdo contigo, pero como vamos a hacer para " No consentirlo " si hasta ahora e incluso en épocas en que teóricamente teníamos la fuerza les " Hemos consentido todo " y hemos sido cooperadores necesarios de sus ilegalidades.

    El sector esta totalmente herido de Muerte , no existe unidad sindical , incluso en un mismo sindicato existen deserciones y decisiones unilaterales de sectores de un mismo sindicato como es el caso de comités de empresa que firman acuerdos sin contar con la dirección de su sindicato y en contra de la política social del mismo .

    Los sindicatos se pueden " Vender " se pueden " Comprar " o pueden ser " Fieles " a sus principios , pero esta claro que en estos momentos los sindicatos están totalmente desectruturados ,dentro de los mismos sindicatos hay numerosos focos de infección que ni ellos mismos ya controlan y que rompen mas la unidad sindical de lo que ya esta.

    A pesar de lo que muchos podamos pensar los sindicatos son necesarios porque son los interlocutores sociales entre la patronal y los trabajadores y el sindicato en las empresas son las secciones sindicales que deben controlar a los portavoces de los trabajadores que son los miembros del comité , pero esto tristemente no funciona ya hace tiempo y no es solo culpa de los sindicatos , los comités , o las secciones sindicales ,es porque los trabajadores tampoco se lo hemos puesto fácil hemos tragado con todo con tal de tener un dinerillo extra y hemos negociado por nuestra cuenta salarios , pluses ,condiciones laborales etc , y claro hemos acostumbrado al patrón a negociar con el trabajador para lo "Bueno" y para lo "Malo ".

    Nos hemos cargado entre todos la unidad social con nuestros trapicheos porque hemos preferido ser unos peseteros en lugar de llegar a acuerdos que nos beneficiaran a todos consiguiendo beneficios salariales en lugar de ilegalidades extra salariales.

    Que acciones le podemos pedir a los sindicatos , si no acudimos a las manifestaciones , no secundamos las huelgas , no denunciamos las infracciones de los empresarios y pretendemos que sean ellos los que las denuncien , no vaya a ser que el jefe vea nuestra firma y nos tome manía.

    No hombre no nos hemos equivocado hemos pretendido durante años ser unos héroes de boquilla y que 4 hablaran por miles sin dar respuesta a los gritos de los 4 a la hora de la verdad y permaneciendo en nuestros puestos de trabajo para no perder horillas extras cuando 4 se manifestaban , hacían huelga o gritaban.

    La solidaridad pasiva calma el alma pero no la limpia , el tema no consistía en apoyar de boca si no de hecho y esto no lo hemos hecho .

    Que le vamos a pedir ahora a los sindicatos , si ahora lo han hecho como el culo , si nosotros lo hemos hecho como el "Ano" y hemos fomentado la KK de condiciones laborales que ahora tenemos.

    Hemos sido como la cigarra todo el verano cantando mientras nos inflaban a Horas Extras y pluses sin ocuparnos de tener un convenio digno con sueldos dignos y claro ahora llego el invierno y el frio y las calamidades.

    Somos nosotros los trabajadores los que decidimos vivir por encima de nuestras posibilidades "" Horas Extras " y ahora el patrono nos pasa la factura con intereses.

    Luchar , pues lo veo difícil,porque seguimos negociando y llegando a tratos con el patrón de forma individual.

    Lo que en resumidas cuentas entienden , que hacen con el trabajador lo que le viene en gana , solo tienen que apretar y los muñecos se mueven.

    ¿ Cambiara algún día el sector y la mentalidad de los trabajadores ?

    ¡¡ Uuuffff !! ¿Tienen sexo los ángeles ?
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    Mensaje por pallero Vie 22 Abr 2011 - 11:59

    compañero tienes raZOn en lo que dices, pero algun dia tenemos que cambiar esto , ahora tenemos que estar mas unidos que nunca, aunque parezca dificil o imposible por los intereses de muchos mcompañeros esto no lo podremos remediar pero hay que darle a la empresa donde mas le duele en denunciar todas las irreguleridades, como ya tengo bastantes años en esta profesion, cuando mas te has callado por miedo a denunciar mas de han dado por el cu.... y no te han respetado. y cuando han habido gente que ha luchado por sus derechos no solo economicos sino dignos han sido la mayoria de veces respetados por los empresarios . como bien dices hemos sido egoistas BIEN COMPAÑERO SINO LUCHAMOS NOS HUNDIRAN EN EL FRACASO HAQUI en esta zona nos hemos unido todos y todos los meses se llevam un 85 por cien de lsa plantilla las denuncias pertinentes ahora por el retraso del pago ects si todos hicieramos igual otro gallo cantaria en mes de lamentarnos tarde o temprano se haran efectivas aunque la justicia va lenta en este pais pero es mas grave estar de brazos cruzados haber si te toca algo sin mojarte . COMPAÑEROS TODO A LA LUCHA CONTRA EMPRESAS CHORIZERAS
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    Mensaje por SARGENTO DE HIERRO Vie 22 Abr 2011 - 14:08

    Hay esta compañero en realidad.

    Denunciar las ilegalidades de los empresarios es = A Defenderse.

    Defenderse es = A Protegerse.

    Protegerse es = Demostrar las injusticias y abusos del empresario si estas llegan a producirse.

    No Denunciar es = A prestar consentimiento a las irregularidades.

    Prestar consentimiento es = A asumir las irregularidades de forma voluntaria.

    Asumir las irregularidades es = A no estar protegido.

    No estar protegido es = A que el empresario actué impunemente y que el trabajador se encuentre en situación de desamparo por ausencia de pruebas llegado el momento.

    Denunciar es = A ejercer tus derechos contra los actos fraudulentos del empresario en privación de tus derechos laborales ( Sin animo de venganza o lucro ).

    No Denunciar es = Asumir que te roben tus derechos y fomentar las infracciones laborales.

    Denunciar es = A ejercitar los derechos de tu contrato de trabajo , participar en la empresa y de ninguna forma desear el mal o la destrucción de la empresa , no es una acción personal contra el empresario , es uno mas de los derechos derivados de tu contrato de trabajo.

    No denunciar es = Consentir , Cooperar , Defraudar , Asumir y encontrarte con una mano delante y otra detrás en los Juzgados cuando el empresario te Discrimine , No te Pague o te despida por falta de pruebas y acciones correctoras.

    No dejemos todo el peso en los sindicatos , " Si no te quieres tu mismo , quien te va a querer ".

    SI LA EMPRESA NO CUMPLE DENUNCIA - NO DEJES PARA MAÑANA LO QUE PUEDAS HACER HOY. [b][u]

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