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    Mensaje por alma14 Jue 3 Jul 2008 - 18:24

    Pongo este post, para no desviar temas, así todo lo referente al pŕoximo convenio lo podemos poner aquí.

    Un saludo.

    charruski escribió:Según la sentencia que presentas, tenemos otro artículo del convenio colectivo para que se retire en la proxima negociación por ser ILEGAL.

    Otra aportación para la sección de propuestas.

    Ala ya tenemos otra "pa la saca"

    Un saludo

    alma14 escribió:Si fuera por artículos ilegales hay muchos más, jejeje.

    Y para la propuesta del convenio es mejer meter nuevas cosas que esas ya las tenemos ganadas.

    Un saludo.

    A36 escribió:si en el próximo convenio no cambia la aptidud de los sindicatos, pues no se va a ser de nosotros, porque más a huevo con perdon que no lo está poniendo los tribunales a nuestro favor y destapando la chapuza de convenio vigente, pués ya me diréis compañeros-as.

    saludos
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    Mensaje por ernandi Dom 24 Ago 2008 - 21:38

    El problema de todo esto es que un convenio nacional me parece una barbaridad.
    En Madrid sindicatos y patronal hacen y deshacen "(no olvidemos que CCOO no firmó el convenio 2005-2008)", algo que desde mi punto de vista le dignifica.
    No obstante me parece que la única forma de conseguir algo es que desde cada rinconcito de España no manifestemos encontra de todo este sistema que es tan perjudicial para nuestro sector.
    Yo creo que el convenio de Seguridad Privada tiene que derivar en el aspecto sectorial propiamente dicho.
    Otros gremios, como el metal tienen convenios provinciales.

    ¿Por qué no?
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    Mensaje por seguridad_ceuta Lun 25 Ago 2008 - 9:15

    Compañero:

    La patronal a traves de sus asociaciones ( APROSER, ETC.) es la primera que no esta interesada en este tipo de convenios, desde aqui ya lo intentamos y nada de nada.
    Esperemos que este proximo convenio sea mas sano que el anterior.
    Un saludo
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    Mensaje por alma14 Lun 25 Ago 2008 - 13:02

    Sería interesante abrir un debate sobre las ventajas e inconvenientes de los convenios nacionales y regionales-provinciales.

    Así que os invito a poner pros y contras de los mismos.

    Un saludo.

    PD.: Preguntas como:

    ¿a quién le interesa un convenio provincial?
    ¿a quién le interesa un convenio nacional?
    ¿a quién le interesa un convenio de empresa?
    ¿para quién tienen que negociar los sindicatos los convenios?
    ¿de quién tienen que recibir apoyo los sindicatos para la negociación?

    etc. etc.

    Sería muy interesante aclarar.
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    Mensaje por yoyi Mar 26 Ago 2008 - 22:05

    Désde my punto de vista, sea cual sea el Convenio, que se ... logre, está claro que será de ambito NACIONAL.

    O bien por negosiación, o bien mediante... Juzgado.



    P.D. ¿¿ No creeis.

    saludos

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    Mensaje por alma14 Mar 26 Ago 2008 - 23:03

    ernandi escribió:El problema de todo esto es que un convenio nacional me parece una barbaridad.
    En Madrid sindicatos y patronal hacen y deshacen "(no olvidemos que CCOO no firmó el convenio 2005-2008)", algo que desde mi punto de vista le dignifica.
    No obstante me parece que la única forma de conseguir algo es que desde cada rinconcito de España no manifestemos encontra de todo este sistema que es tan perjudicial para nuestro sector.
    Yo creo que el convenio de Seguridad Privada tiene que derivar en el aspecto sectorial propiamente dicho.
    Otros gremios, como el metal tienen convenios provinciales.

    ¿Por qué no?

    CONVENIO METAL escribió:Título: CONVENIO DEL METAL- SIDEROMETALÚRGICO DE ÁMBITO NACIONAL (Código 9903435)- Enlace 1 - Enlace 2

    Texto del artículo:
    - ENLACE 1: página del BOE de 4/10/2006 donde se publicó.
    Texto más abajo

    - ENLACE 2: mismo texto en formato PDF




    Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (BOE 237 de 4/10/2006)

    RESOLUCIÓN de 12 de septiembre de 2006, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del Acuerdo Estatal del Sector del Metal.

    Rango: Resolución

    Páginas: 34587 - 34598

    Referencia: 2006/17345

    * PDF de la disposición
    * TIFFs

    TEXTO

    Visto el texto del Acuerdo Estatal del Sector del Metal (Código de Convenio n.° 9903435), que fue suscrito con fecha 3 de abril de 2006, de una parte por la Confederación Española de Organizaciones Empresariales del Metal (CONFEMETAL) en representación de las empresas del sector, y de otra por la Federación Minerometalúrgica de CC.00. y la Federación del Metal, Construcción y Afines de la UGT (MCA-UGT) en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 en relación con el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

    Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

    Primero.–Ordenar la inscripción del citado Acuerdo en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

    Segundo.–Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

    Madrid, 12 de septiembre de 2006.–El Director General de Trabajo, Esteban Rodríguez Vera.

    ACUERDO ESTATAL DEL SECTOR DEL METAL

    CAPÍTULO I

    Naturaleza jurídica, ámbitos y garantías

    Artículo 1. Naturaleza jurídica.

    El Acuerdo Estatal del Sector del Metal ha sido negociado y suscrito al amparo de lo dispuesto en el Titulo III del Estatuto de los Trabajadores, y más concretamente del artículo 83 y 84 de dicho texto legal. Sus disposiciones poseen eficacia directa general de carácter normativo.

    Artículo 2 Ámbito funcional.

    El Ámbito Funcional de la Industria y los Servicios del Metal comprende a todas las empresas y trabajadores que realizan su actividad, tanto en el proceso de producción, como en el de transformación en sus diversos aspectos, de manipulación o almacenaje, comprendiéndose, asimismo, aquellas empresas, centros de trabajo, talleres de reparación de vehículos, con inclusión de los de lavado, engrase e instalación de neumáticos, o talleres que llevan a cabo trabajos de carácter auxiliar, complementarios o afines, directamente relacionados con el Sector, o tareas de instalación, montaje, reparación, mantenimiento o conservación, incluidos en dicha rama o en cualquier otra que requiera tales servicios, así como, las empresas fabricantes de componentes de energía renovable.

    También será de aplicación a las industrias metalgráficas y de fabricación de envases metálicos y boterío, cuando en su fabricación se utilice chapa de espesor superior a 0,5 mm, joyería y relojería, fontanería, instalaciones eléctricas, de aire acondicionado, calefacción, gas, placas sola-res y otras actividades auxiliares o complementarias de la construcción, tendidos de líneas de conducción de energía, tendidos de cables y redes telefónicas, señalización y electrificación de ferrocarriles, instaladores y mantenedores de grúas torre, industrias de óptica y mecánica de precisión, recuperación y reciclaje de materias primas secundarias metálicas, fabricación o manipulación de circuitos impresos, así como, aquellas actividades, específicas y/o complementarias, relativas a las infraestructuras tecnológicas y equipos de la información y las telecomunicaciones.

    Estarán, igualmente, afectadas todas aquellas actividades, nuevas o tradicionales, afines o similares a las incluidas en los apartados anteriores del presente artículo.

    Las actividades antes señaladas, que en razón de su desempeño prevalente en la empresa resultan integradas en el campo de aplicación de este Acuerdo Estatal, se relacionan a título enunciativo y no exhaustivo en el anexo I del mismo.

    Artículo 3 Ámbito territorial.

    Este Acuerdo será de aplicación en todo el territorio español, y afectará también a los trabajadores contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero. Dichos trabajadores tendrán al menos los derechos económicos que les corresponderían de trabajar en territorio español.

    Artículo 4. Ámbito personal.

    Las condiciones de trabajo aquí reguladas afectan durante su periodo de vigencia a todas las empresas y trabajadores incluidos en el ámbito señalado en el artículo 2.

    Se excluyen únicamente las actividades, relaciones y prestaciones establecidas en el Estatuto de los Trabajadores.

    Artículo 5. Ámbito temporal.

    El Acuerdo Estatal del Sector del Metal entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, manteniendo su vigencia hasta el 31.XII.2010, fecha a partir de la cual quedará denunciado automáticamente.

    No obstante lo anterior, una vez terminada su vigencia inicial, y hasta que no se logre acuerdo expreso, a los efectos previstos en el artículo 86, punto 3 y 4 del E. T., se entenderá que se mantiene la vigencia de su con-tenido normativo.

    Con independencia de lo dispuesto en los párrafos anteriores, cual-quiera de las partes legitimadas para negociar este Acuerdo, en vista de las variables de la Negociación Colectiva, podrán proponer durante la vigencia del mismo su revisión y/o la negociación de nuevas materias, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente.

    Porque si abandonamos el convenio nacional (que es de mínimos) nos tomarían el pelo, como se lo están tomando a los auxiliares que se rigen (unos pocos) por convenios de empresa. En seguridad privada también hay convenios de empresa, por ejemplo vinsa, y no pasa nada, pero lo que no podemos es abandonar el convenio nacional, pues:

    JUNTOS PODEMOS, SEPARADOS PERDEMOS.

    Un saludo.

    PD.: Lo de arroba es el principio del convenio del metal "NACIONAL", hasta el 2010.
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    Mensaje por mamen Mar 23 Sep 2008 - 18:13

    este es un boletin informativo desde UGT............... articulo sobre la posible negociacion del convenio ............................

    pero si os sois sincera , mi opinion es que nos ofrecen pan para hoy , hambre para mañana ....... ojala me equivoque y me tenga que comer mis palabras ..............

    todo me parecen palabras bonitas enmascaradas en la torta que nos vamos a llevar ............ como siempre ..........


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    Mensaje por yoyi Mar 23 Sep 2008 - 23:24

    Bajo mi punto de vista, seré mas objetivo con la cruda y dura realidad, y esta no es otra que:

    Las empresas no estan por la labor de negociar nada que no sea (una vez más) a la baja.

    Aproser, tiene la clara intención, de no sentarse hasta la espera de que el Tribunal Supremo se pronuncie con respecto a el tema de las Horas Extras.

    Los sindictos (una vez más) saben que con el POCO respaldo que le ofrece este Sector.......Poco, o Nada puede hacer.

    En definitiva, hagamosnos el cuerpo de que, salvo ecatombe, tendremos prolongación de convenio.... para rato.

    P.D. Es solo y exclusivamente, My opinión


    saludos

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    Mensaje por mamen Miér 24 Sep 2008 - 7:52

    opinion que yo respaldo personalmente ; pues nuestro principal enemigo somos nosotros mismos , mientras no dejemos de lado nuestras diferencias la patronal siempre tendra la sarten por el mango .......

    los sindicatos ????? pues hombre la verdad es que hay de todo , pero tambien me pongo en su pellejo y creo que no es facil , pero nada facil , luchar por un sector como el nuestro , donde todos son problemas y excusas para apoyar cual quier iniciativa encaminada a nuestra mejora .....


    soy bastante pesimista para todo esto ........... he visto cosas que me han desagradado y decepcionado bastante con compañeros , desde firmar para no hacer horas extras y luego encontrarmeles en otros servicios realizando esas horas extras que ya habian firmado para no realizarlas ............ hasta hacerse los enfermos para no salir a la calle en una manifestacion ..........

    como digo siempre ojala me equivoque tenga que comerme mis propias palabras , pero mientras no cambiemos nuestra actitud , quitemos eses miedos , y dejemos de ser unos lacayos de las empresas seguiremos igual , y la patronal lo sabe ...[Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]

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