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    Mensaje por alma14 Jue 3 Abr 2014 - 9:42

    2 de abr, 21:57 - CCOO: IMPORTANTE SENTENCIA


    Os remito información recibida por los compañeros de CCOO en Sevilla, sobre Sentencia reciente de la Audiencia Nacional, de 28 de enero de 2014, donde viene a decir que los trabajadores no están obligados a aportar medios personales, cuales son el correo electrónico y el teléfono, para que las empresas los utilice para comunicaciones relacionadas con la actividad laboral.

    Su importancia radica especialmente, en que las comunicaciones enviadas o recibidas fuera del horario laboral, vulneran la seguridad jurídica del Art. 9.3 de la Constitución Española y por que a juicio de la Audiencia Nacional, La comunicación del correo electrónico y el número de teléfono sólo puede ser entregada voluntariamente por el trabajador, y revocarse en cualquier momento por vulnerar la ley 15/99 LPD.

    Pica el link para abrir el documento:

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    Correo que me manda un compañero de ccoo.

    Un saludo.

    PD.: Sentencia íntegra

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