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    Mensaje por alma14 Dom 28 Sep 2008 - 2:51

    NOTA INFORMATIVA
    IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS R.D.LEG 3/2004

    CAPITULO: GESTION DEL IMPUESTO

    SUBCAPITULO: OBLIGACION DE DECLARAR

    REFERENCIA: 123776- CONCEPTO PAGADOR UNICO: FUSIONES



    PREGUNTA: En los supuestos de fusiones, escisiones, etc.… y en general siempre que estemos ante un supuesto de sucesión de empresa ¿hay que considerar que existe un único pagador de rendimientos del trabajo a efectos de retenciones y de la obligación de declarar?

    RESPUESTA: En el caso de fusiones o escisiones de empresa no se entenderá que la nueva empresa creada o la entidad absorbente sea distinto pagador en relación con la entidad fusionada o escindida, cuando concurran las siguientes circunstancias:

    Que se produzca una sucesión de empresa quedando la nueva entidad o la entidad absorbente subrogada en los derechos y obligaciones laborales de la anterior, asumiendo las obligaciones tributarias de la entidad transmitente respecto de los trabajadores que se traspasan.

    Que, consecuentemente con lo anterior, se produzca una continuidad efectiva en el procedimiento de retenciones aplicado a los trabajadores que se traspasan a la nueva entidad o a la entidad absorbida.

    NORMATIVA: ART. 97 TRLIRPF Real Decreto Ley 3/2004 de5 de marzo 2004

    ART. 90 TRLIS Real Decreto Legislativo 4/2004 de 5 de marzo 2004

    ART. 44 Estatuto de los trabajadores

    Documento de trabajo 4/2000 D.G.T. de 17 de marzo de 2000


    Ante la problemática surgida en esta federación en los casos en que se produce una subrogación y entendiendo que hay un único pagador, solicitamos a la Delegación de Hacienda contestación sobre el procedimiento de retenciones aplicado a los trabajadores subrogados.

    Os adjuntamos contestación de la Agencia Tributaria y normativa que lo regula.



    Un saludo

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    Mensaje por Invitado Dom 28 Sep 2008 - 8:57

    Una buena noticia para los que nos subrogamos frecuentemente. Gracias, capi
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    Mensaje por charruski Dom 28 Sep 2008 - 17:15

    Esto nos afecta a la mayoria de nosostr@s, en este sector las subrrogaciones están a la orden del día, ¿quien no ha cambiado alguna vez de empresa por este motivo?.

    Es bueno conocer esta información y mas viniendo la contestación de la propia agencia tributaria.

    Un saludo
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    Mensaje por vigisevi Miér 24 Ago 2011 - 21:20

    Muchas gracias por esta informacion, todos los vigilantes de seguridad en un momento u otro nos hemos enfrentado a una subrogacion y a las dudas que conlleva.

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    Mensaje por Invitado Dom 29 Abr 2012 - 16:41

    Hola; quisiera hacer una consulta sobre el tema de subrogaciones, a ver quien me puede dar su opinión o experiencia sobre este tema:

    Un vigilante de seguridad, trabaja en dos servicios diferentes, en los cuales efectúa 80 horas en cada uno, mas o menos. Desde hace más de 7 meses.
    Uno de los servicios, entra a concurso, y la empresa actual lo pierde.

    ¿Que opciones le quedarían al Vigilante?

    Y para solicitar el puesto de un determinado servcio, quien tiene preferencia ¿el vigilante según el escalafón en la empresa, o la antigüedad en el servicio?

    Nada más, a ver si me pueden decir algo...

    Un cordial saludo

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    Mensaje por alma14 Dom 29 Abr 2012 - 23:27

    ¿Que opciones le quedarían al Vigilante?

    Ir subrogado las 80 horas a la empresa adjudicataria y realizar los turnos en las dos empresas. Si venía trabajando en dos servicios para la misma empresa, pasará a realizar los dos servicios para dos empresas distintas.

    Hay sentencias.

    Un saludo.
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    Mensaje por Invitado Lun 30 Abr 2012 - 1:08

    Gracias Alma.
    Un besin

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    Mensaje por Invitado Lun 29 Oct 2012 - 14:50

    Otra cosa.... ¿Puede le empresa entrante modificar mis horarios que venia realizando con la empresa saliente? Y ponerme de lunes a viernes de 4 a 8 de la mañana?

    Lo digo porque aunque esté a media jornada, o al 50% de jornada, yo venia realizado turnos de 8 horas durante 10 días alternos. Y aqui no se ha respetado nada.. Y considero que más de un tercio de mi jornada la estoy realizando de noche... con lo cual.... Aqui lo dejo...

    Un saludo
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    Mensaje por SARGENTO DE HIERRO Mar 30 Oct 2012 - 11:03

    Pues si no me equivoco , poder si que puede porque con la nueva reforma laboral porque Cuando un empresario decida cambiar la jornada, el horario, bajar el sueldo o trasladar a otra ciudad a un empleado, este tendrá que aceptar la decisión.

    Si no lo haces, la opción que te queda es pedir la rescisión del contrato y recibir por ello la indemnización por despido más barata: 20 días de indemnización con un límite máximo de 9 o 12 mensualidades, según los casos. Luego podrás recurrir ante los tribunales, pero esto no detendrá la decisión del empresario, según la reforma laboral.

    En caso de que el juez considere que la decisión no estaba justificada, podrás regresar a tu puesto de trabajo en las condiciones que tenías.
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    Mensaje por evola100 Mar 30 Oct 2012 - 14:22

    haber si es verdad y se respeta!
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    Mensaje por alma14 Mar 30 Oct 2012 - 14:55

    SARGENTO DE HIERRO escribió:Pues si no me equivoco , poder si que puede porque con la nueva reforma laboral porque Cuando un empresario decida cambiar la jornada, el horario, bajar el sueldo o trasladar a otra ciudad a un empleado, este tendrá que aceptar la decisión.

    Si no lo haces, la opción que te queda es pedir la rescisión del contrato y recibir por ello la indemnización por despido más barata: 20 días de indemnización con un límite máximo de 9 o 12 mensualidades, según los casos. Luego podrás recurrir ante los tribunales, pero esto no detendrá la decisión del empresario, según la reforma laboral.

    En caso de que el juez considere que la decisión no estaba justificada, podrás regresar a tu puesto de trabajo en las condiciones que tenías.

    Es la primera vez que escucho lo de 9 a 12 meses, tenía entendido que 12 meses. Pero básicamente estoy de acuerdo, sobre todo en tener que ser el juez quien dicte.

    Por otra parte hay otras soluciones, denunciar en inspección de trabajo el realizar horas extra y por tanto aumentar la jornada según la cantidad de horas extra que estás haciendo.

    Un contrato a media jornada, entiendo que no debe de pasar de 4 horas de jornada diaria, si realizas 8 horas de jornada, 4 son extras. Las empresas vienen obligadas a juntamente con el recibo de salarios (nómina) darte un papel en dónde consten, contabilizadas día a día, las horas extras realizadas en el mes.

    Por tanto hay numerosas acciones que podrías llevar a cabo para que la empresa te subiera la jornada en el contrato.

    Un saludo.
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    Mensaje por SARGENTO DE HIERRO Mar 30 Oct 2012 - 15:36

    9 Meses si la extincion es por voluntad del trabajador 12 si es un despido objetivo o por que la empresa alega falta de adaptacion del trabajador a las nuevas condiciones
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    Mensaje por SARGENTO DE HIERRO Mar 30 Oct 2012 - 15:59

    alma14 escribió:
    Por otra parte hay otras soluciones, denunciar en inspección de trabajo el realizar horas extra y por tanto aumentar la jornada según la cantidad de horas extra que estás haciendo.

    Un contrato a media jornada, entiendo que no debe de pasar de 4 horas de jornada diaria, si realizas 8 horas de jornada, 4 son extras. Las empresas vienen obligadas a juntamente con el recibo de salarios (nómina) darte un papel en dónde consten, contabilizadas día a día, las horas extras realizadas en el mes.

    Por tanto hay numerosas acciones que podrías llevar a cabo para que la empresa te subiera la jornada en el contrato.

    Un saludo.



    Con la nueva reforma laboral un trabajador con un contrato a tiempo parcial puede realizar, como máximo, un 77% de la jornada a tiempo completo establecido en el convenio colectivo de aplicación la novedad de esta reforma laboral es que ahora se permiten las horas extras en cualquier contrato a tiempo parcial.

    Solo hay dos límites: la suma de horas ordinarias, complementarias y extraordinarias no puede superar nunca el 77% de la jornada a tiempo completo; y el número máximo de horas extras es de 80 al año, tal y como establece el Estatuto de los Trabajadores
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    Mensaje por alma14 Mar 30 Oct 2012 - 19:21

    Con reforma y sin reforma, que yo sepa las horas extras son voluntarias, y en los trabajadores nocturnos prohibidas.

    Si el trabajador denuncia su realización la empresa pierde.

    Por otro lado, una cosa son las horas extra y otra bien distinta la jornada diaria, que entiendo en un contrato a tiempo parcial, no puede ser la jornada completa.

    Que la gente traga y después se queja, es su problema, mi briconsejo a éstos que están muy de moda por los foros, es que compren baselina, pues así les será más fácil pasar el mal trago, o a lo mejor hasta les gusta y se vuelven adictos.

    Un saludo.

    PD.: Otra cosa sería un contrato a tiempo completo y de duración menor al mensual, por 10 días, cinco o un día al mes, que nada tiene que ver con un contrato por el 50%, o media jornada.
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    Mensaje por SARGENTO DE HIERRO Mar 30 Oct 2012 - 22:22

    Pues si una cosa son horas extras y otra, horas de contrato y una cosa era el mundo laboral antes y otra cosa lo es ahora con el Sr. Rajoy , que con su Reforma a marcado un antes y un después Manga ancha para el empresario y pantalones de pitillo para el trabajador.

    Antes del después del Sr. Rajoy un contrato a tiempo parcial , era eso a tiempo parcial si era del 50% se tenían que hacer 40 horas semanales y en el contrato ponía el horario en el que se debían desarrollar esas horas y si no pues fraude de ley y las consecuencias que no te voy a contar porque tu ya las conoces y las poquísimas horas que se podían hacer en % con lo contratado era por pacto por escrito entre trabajador y empresario y la concreción horaria era la que figuraba en contrato y las horas de contrato las que eran y sino pues Mazapán para el empresario.

    Pero claro llego Rajoy y con el su reforma y con su reforma su ambigüedad y con la ambigüedad los abusos y con los abusos las denuncias y con las denuncias el colapso judicial y con el colapso judicial la interpretación de los jueces de la ley Rajoy y con todo ello el trabajador mientras tanto tragando lo que diga el patrón y esperando la lotería de la interpretación del juez que le toque, de una ley ambigua e interpretable porque a la par que beneficia al empresario lo exonera de responsabilidad porque claro el empresario también interpreta y al final esto parece mas un teatrillo a la conveniencia de algunos.

    Bueno pues vamos al tema horas de Contrato Vs Horas Extras , tu dices y dices bien que si el contrato es del 50% pues es del 50 por ciento y lógico es que si el trabajador no quiere hacer horas extras pues no tiene por qué hacerlas – Bien correcto y dices también que lo lógico es que si es 50% lo lógico seria 4 horas no ni 8 , 7 ni 5 por poner un ejemplo , pues serian horas extras o en su caso una ampliación de jornada , vamos un Fraude de ley de libro.

    Pues bien me imagino que el trabajador en su contrato tiene concreción horaria etc,etc y es hay estimado compañero cuando nos pegamos de bruces con el Sr. Rajoy y su reforma del articulo 41.

    Artículo 41. Modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo.
    1. La dirección de la empresa podrá acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. Se consideraran tales las que estén relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa.
    Tendrán la consideración de modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, entre otras, las que afecten a las siguientes materias:
    a) Jornada de trabajo.
    b) Horario y distribución del tiempo de trabajo.
    c) Régimen de trabajo a turnos.
    d) Sistema de remuneración y cuantía salarial.
    e) Sistema de trabajo y rendimiento.
    f) Funciones, cuando excedan de los límites que para la movilidad funcional prevé el artículo 39 de esta Ley.

    2. Las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo podrán afectar a las condiciones reconocidas a los trabajadores en el contrato de trabajo, en acuerdos o pactos colectivos o disfrutadas por éstos en virtud de una decisión unilateral del empresario de efectos colectivos.

    Y es aquí quien hizo la ley hizo el Rajoy el empresario no lo va a considerar horas extras va a alegar modificación sustancial de horario y distribución del trabajo mientras el computo siga siendo el 50% de la de un trabajador a tiempo completo mensual.
    Que luego están los jueces para determinar si el cambio sustancial esta justificado etc, etc, eso ya es otra historia y ya sabemos los 2 que no todos los trabajadores están dispuestos a luchar por sus derechos en un juzgado y muchos toman el camino fácil asumir y callar y claro cuando les vienen mal dadas y quieren ser los denunciadores natos pues a lo mejor resulta que al haber consentido voluntariamente durante mucho tiempo según que situaciones, se les pone la cosa fea y dificililla.

    Las cosas y la crisis han cambiado algunas cosas en este país , hay mucho miedo , mucha sumisión y poquísima unión.
    Saludos.

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    Mensaje por Invitado Mar 30 Oct 2012 - 22:35

    Ok puedo entender que es lo más lógico aplicarme este horario, y si no me queda otra que aceptarlo, lo aceptaré. Gracias a la reforma laboral, pues asi nos va a los que estamos en el escalón más bajo.

    Por otra parte, me he precipitado en mis cuentas, y vale, si partimos que estos de 4 a 8, unicamente se realizan dos horas nocturnas, si solo puedo hacer un tercio... pues aqui no cabria le ilegalidad. Han calibrado y bien... Bueno pues na, pa peseta para ellos... Si he perdido la batalla, he perdido... gracias a todos por vuestras aportaciones.

    Un saludo
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    Mensaje por AK-47 Mar 30 Oct 2012 - 23:06


    SARGENTO, si me lo permitís ALMA y tú, me gustaría comentar algo que creo es RELEVANTE. Y entiendo que lo es porque se está hablando de un contrato a media jornada cuando es INDEFINIDO y a JORNADA COMPLETA.

    Sabemos cómo se las gastaba Esa-b y en este caso no lo hizo menos. Fue despedid@ y tras presentar la correspondiente demanda, READMITID@. Lo que ocurrió fue, que para dar cumplimiento al fallo de la sentencia debía de reponerl@ en un centro de trabajo que la Empresa había perdido. Que hizo entonces el Tejanito? Pues –según él- como no tenía ningún centro en el cual pudiese cumplir su jornada íntegra y con la promesa de cambiarla cuando lo tuviera, la reubico en dos centros de trabajo al 50%. Pero si lo tenía para su hija que tan solo llevaba dos (2) años en la Empresa contra los ocho (8) de este o esta compañer@,

    Y el problema para el compañer@ aparece en el momento en el que los dos centros en los cuales venía cumpliendo su jornada mensual, son subrogados.

    Ahora, supongo, que habrá que modificar alguno de los comentarios hechos hasta ahora por vosotros.

    Un saludo.

    P.D.- Espero no haberte incomodado con el comentario pero entiendo que para que una respuesta se ajuste a los hechos, estos, deben ser conocidos por quienes intentan aportar una solución. No te parece?
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    Mensaje por Invitado Mar 30 Oct 2012 - 23:23

    47, por Dios, sabes que no me incomoda para nada lo que tu digas sobre mi situacion, porque NADIE, mejor que tú la conoce... Y es porque todo este tiempo, has estado siempre a la "sombra" padeciendo conmigo, todo lo que me ha pasado. Es más agradezco que hayas intervenido, porque yo me roto, me siento como una olla a presion y a punto de reventar. No voy a ir de victima, no es mi estilo... pero todos tenemos un limite. Y tengo otro agravante por otro lado, que tu conoces tambien, y te pedi que no hablemos de ello pues la situacion es para mi muy delicada, pero aunque me hayan amenazado que si digo algo de esta persona en un foro, que va a por mi a cuchillo, y estoy amenazada que si quiero ser subrogada tengo que ir por el articulo 14 y no por el 44 del E.T. y firmarselo, pues que tenga en cuenta que hablare, si no lo hago ahora y no le pongo nombre a este impresentable, es llanamente, por mis compañeros, yo me estrellare en toda esta kk en la que estoy metida, pero me estrello yo, no me estrella nadie mas que yo. Hoy entendi más que nunca, como es posible que una persona desee quitarse del medio y poner fin a esta agonia lenta, hoy he entendido lo que le pudo pasar por la cabeza a nuestro compañero sevillano, no voy hacer tonterias, no es mi objetivo ni es que quiero dar pena, necesito desahogar , llorar de impotencia, y me apetece cargarme al responsable de mi situacion... pero cobarde no soy, y defiendo la ley, lo quesiento es impotencia, simple y llanamente. Se que todo se arreglara, y posiblemente mañana me reire de todo esto, pero hoy esta es mi situacion y posiblemente la de muchos compañeros, hasta los kinder de todo esto, lo habremos permitido, algunos pensaran y no hemos actuado a tiempo y somos tal vez los principales responsables, tambien es cierto, pero ahora que importa lamentarse de que nos sirve? en fin 47, gracias por todo, no hay fabada suficiente aqui en mi tierrina para agradecerte tu tiempo. Que no reaccioné a tiempo... y me pasa lo que me pasa... es la razon por la cual me doy cabezasos y el enfado es conmigo misma, no culpo a nadie, y perdonar el toston... quien me conoce y me ha visto hoy... mi amigo y mi fan que se que me lee... lo entenderan. Un beso
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    Mensaje por SARGENTO DE HIERRO Mar 30 Oct 2012 - 23:25

    Lo que se hizo en este caso fue una Readmision irregular, la compañera imagino que mas que por las promesas del tejanito lo aceptaria por otro tipo de motivos que en su momento veria factibles

    ¿ Que se puede hacer ahora ????????????????????????????


    No obstante los consejos que aqui podemos dar es conforme a nuestros conocimientos y experiencia ,solo se deben tomar como orientativos , lo mejor es siempre consultar con un EXPERTO DEL DERECHO en defensa de nuestros intereses.

    Un saludo
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    Mensaje por SARGENTO DE HIERRO Mar 30 Oct 2012 - 23:38

    No jodas ranchera , no tires la toalla , muchos en nuestra vida hemos pasado por una situacion parecida a la tuya , luchar , luchar , luchar y en algun momento ceder y venirnos las cosas mal dadas , pero de todo se sale Asturianilla , lo de sesabe era y es una bomba impredecible para cualquiera , primero todos deseando que saliera de nuestros servicios y se hundiera y cuando esto ocurre en lugar de recobrar la paz las nuevas empresas no quieren a la gente de sesabe , los clientes tampoco , estos hijos de nena han imprecnado de su fetido olor a todos los trabajadores , no eres la unica dañada al menos tienes trabajo aunque sea en 2 empresas , pero te aseguro que muchisimos compañeros se van a quedar en tierra de nadie que es muchisimo peor.

    Mucho animo Ranchera.
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    Mensaje por Invitado Mar 30 Oct 2012 - 23:47

    Gracias Sargento, ya lo sé, soy consciente de todo esto, pero que me coaccione o amenace o me chantajee para que logre una subrogacion.... eso me desborda, es una cosa que no queremos hacer, pero los que lo van hacer es por la necesidad, no por la convincion, me jode, no lo puedo evitar.
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    Mensaje por SARGENTO DE HIERRO Mar 30 Oct 2012 - 23:58

    Por desgracia en los tiempos que vivimos aveces no queda lugar para convinciones , desgraciadamente con la convincion no se come y cada uno sabe las necesidades de su casa , igual de honrroso es tener convincion que asegurar el sustento.

    Perder una batalla no quiere decir perder la guerra.


    Ya sabes el rollo ese del Ave Fenix ¿ NO ? y aquello de me marche siendo un Cordero pero volvere cual Lobo despiadado , pues suele ser cierto.

    La vida da muchas vueltas.
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    Mensaje por alma14 Miér 31 Oct 2012 - 12:49

    Ranchera escribió:Ok puedo entender que es lo más lógico aplicarme este horario, y si no me queda otra que aceptarlo, lo aceptaré. Gracias a la reforma laboral, pues asi nos va a los que estamos en el escalón más bajo.

    Por otra parte, me he precipitado en mis cuentas, y vale, si partimos que estos de 4 a 8, unicamente se realizan dos horas nocturnas, si solo puedo hacer un tercio... pues aqui no cabria le ilegalidad. Han calibrado y bien... Bueno pues na, pa peseta para ellos... Si he perdido la batalla, he perdido... gracias a todos por vuestras aportaciones.

    Un saludo

    O no entiendo nada yo, o eres tu la que no entiendes nada.

    Antes de haberte metido en esto (me refiero a las disputas con la empresa) deberían de haberte explicado que no iba a ser un camino de rosas. Como escribís y no dais datos, nosotros nos tenemos que imaginar las cosas, lo que conlleva que la información que os pasamos pueda no ser la correcta del todo y posiblemente inexacta.

    A excepción del despido, generalmente hay un año para denunciar si no estás de acuerdo con algo, que se puede prolongar a más tiempo si se dan varias circunstancias, de ahí que la información que nos dais tiene suma importancia.

    Lo que está claro es que si no denuncias siempre tienes perdida la batalla, porque aquí la pregunta es no es si pueden o no pueden hacer lo que hacen las empresas, eso lo ven hasta los niños pequeños, las empresas lo hacen aún sin poder hacerlo. Otra cosa bien distinta es si queremos o no queremos que se salgan con la suya, y ahí está la decisión de cada uno.

    El sargento es muy generoso al hablar del Ave Fénix, yo soy más feliz desde que dejé de preocuparme del mañana, aunque el mañana siempre lo preparo desde el ayer, para poder afrontarlo mejor. Pero no sabes la carga que te quitas de encima, si dejas las preocupaciones fuera de la cabeza junto con las necesidades.

    Te hablo con conocimiento de causa, pues lo que me puedas contar lo he sufrido en carnes propias, pero me he propuesto que NUNCA MAIS, y nunca más va a suceder.

    Nunca más me voy a preocupar por un despido.
    Nunca más me voy a preocupar por un cambio sustancial de las condiciones de trabajo.
    Nunca más me voy a preocupar por un acoso o cualquier otra acción de la empresa.

    Pero para eso, lo tengo muy claro, aunque sea llenaré los juzgados, inspección de trabajo, ocuparé a los compañeros con lucha sindical contra el agresor, y haré todo lo que esté en mi mano, para que los piratas no se salgan con la suya.

    Y siempre desde la perspectiva de la legalidad, con las herramientas que la Ley nos deja, a pesar de esta reforma que nadie, o mejor dicho, muy pocos pusieron frente en la calle apoyando a quienes nos apoyan, y esto no va a quedar aquí, porque van a seguir tensando la cuerda. Pero yo, si me despiden estoy feliz, más vacaciones que me regala la empresa. Esto me sucedió después del primer despido o del segundo, ahora no me acuerdo, pues esas cosas las tengo en la memoria a largo tiempo, ahí postergadas sin que me afecten para nada, y dando gracias incluso por uno de los despidos, ya que he podido vivir momentos que si estuviera trabajando me sería imposible.

    No se si llevas más de siete meses en el puesto de trabajo nuevo, para poder ser subrogable (imagino que si), tampoco se si llevas más de un año en los dos puestos de trabajo (imagino también que si). Lo que te queda es denunciar y si no lo has hecho antes del año, las pruebas no te van a tener mucha eficacia.

    No se puede (y hablo generalizando) estar dos, tres, cuatro o cinco años con unas condiciones, y después encenderse la bombilla y querer exigir algo que se dejó hacer a la empresa. Hay que denunciar en tiempo y forma y no tragar con lo que nos echan que después de esas tempestades aceptadas vienen estos lodos.

    Por otra parte, las horas extra no tienen caducidad, y no me refiero al pedir su cobro, si no al hacerlas o no hacerlas. Es un derecho de todo trabajador y se puede ejercer cuando se quiera. Si se ha firmado a la empresa el hacerlas, se hace otro papel pidiendo que no se quieren realizar a partir de tal fecha. Todo lo hay que pedir por escrito, y ese trabajo es que el prácticamente nadie lo hace, a excepción de dos o tres compañeros. Después unos tienen pruebas y ganan cosas y otros solamente quieren que los traten igual... Para obtener los mismos resultados sería conveniente hacer las mismas cosas, y aún así a veces no se obtienen.

    Para denunciar siempre hay tiempo, a lo mejor no puedes denunciar unas cosas pero si otras. Realmente tendrías que tener asignado un puesto de trabajo (como dice el convenio), si vas a dos, al segundo puedes exigir a la empresa que te pague kilometraje y dietas, seguro que no se te pasó por la cabeza, pues ya verás como la empresa te asigna a uno, más que nada es por la cuenta que les trae. Puedes exigirles que te den el resumen mensual de horas extra realizadas, con ese resumen salen cuentas muy curiosas, nada beneficiosas para la empresa, claro. Puedes pedir que tu jornada máxima sea de 8 horas, o a lo sumo de 9 (1 hora extra).

    Si pasas a (medio cómputo) en cada empresa, puedes pedir el transporte y vestuario completo a las dos empresas... mira te acaban de subir el sueldo sobre 150 euros mensuales, 450 euros en las pagas extra. Hay que mirar la vida más positivamente, porque todo esto se acaba mañana, y hay que vivir y disfrutar hoy... también te lo digo por experiencia propia, y ahí el peor acoso que te puedan hacer los empresarios lo verías como un juego de niños.

    Y esto lo digo para todos en general, mirar el hoy y preparar ayer y hoy el mañana, pero sin preocupaciones, pues éstas no nos dejan vivir el hoy... no sabes lo feliz que puede ser uno sin pensar más allá del día a día, sin preocuparte si el empresario quiere hacerte esto o lo otro. El que haga lo que quiera, que yo le responderé como me de la gana... y gracias a Dios, o a esta mentalidad y a los compañeros, soy bastante más feliz.

    Un saludo.

    PD.: Creo que deberías de leer mejor las contestaciones anteriores, porque no creo que lo tengas perdido... hay que mover el culo y plantarle frente al empresario, como se la plantamos todos los días a la vida misma.
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    Mensaje por SARGENTO DE HIERRO Miér 31 Oct 2012 - 21:10

    Si señor buena filosofia para utilizar en la vida , si todos la pusieramos en aplicacion casi de seguro que nos ahorrariamos muchos problemas fisicos derivados del stress y mas de un ataque de ansiedad , la verdad es que has dado en el Blanco vivimos por delante de los acontecimientos y al final sufrimos las consecuencias antes de que pasen y cuando pasan ¡¡ Una Locura !!

    Yo desde hoy me apunto a tu filosofia.

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    Mensaje por ibes Vie 23 Nov 2012 - 17:36

    Que pasa si se va la delegación de la empresa y te deja a un mes de subrogar, sin contactos de la empresa, sin cuadrante entrante ( como trabajas, si lo dejas te vas a la calle ).
    pero es que el trabajador NO tiene culpa, no le handado cuadrante.
    QUE se puede hacer sin tener que pedir incumplimiento de contrato o rescisión del mismo. ???
    un saludo

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