Economía/Laboral
CC.OO. destaca la importancia de mantener las cláusulas de salvaguarda a pesar de las caídas del IPC
MADRID, 29 Jul. (EUROPA PRESS) -
CC.OO. destacó hoy la importancia de mantener la regulación de cláusulas de salvaguarda o garantía del incremento pactado en todos aquellos convenios que toman como referencia el IPC previsto, a pesar de los últimos descensos que ha experimentado la inflación en España.
En un comunicado, afirmó que la evolución del IPC siempre ha sido bastante superior a la inflación prevista y que muchas organizaciones empresariales y empresas, que ahora cuestionan la existencia de estas cláusulas, no tenían nada en contra cuando el IPC crecía.
CC.OO. recordó que la cláusula de garantía salarial está incluida en el 53,6% de los convenios registrados, que afectan al 73,65% de los trabajadores, y que el 13,43% del total de los convenios tienen regulada la posibilidad de inaplicación del régimen salarial, afectando al 73,93% del total de los trabajadores, ya que este tipo de cláusula sólo se regula en los convenios de ámbito superior a la empresa (sectoriales, grupos de empresas).
En este sentido, explicó que los datos relativos a la regulación de la cláusula de inaplicación del régimen salarial demuestran que existe ya suficiente capacidad regulatoria, legal y convencional, para poder atender aquellas situaciones de dificultad económica de las empresas de cara a la aplicación del incremento pactado en el convenio sectorial de referencia.
En cuanto al incremento salarial pactado, el sindicato afirmó que el mínimo de esta subida en los convenios de 2008 se situó en el 2% y el máximo en el 4,83%, mientras que este año dicho suelo ha descendido hasta el 1,39% y el techo se ha situado en el 3,47.
Según CC.OO., estos resultados vienen marcados también por la muy diferente evolución de la inflación en 2007 (4,2%) y 2008 (1,4%) y su consecuente repercusión en los incrementos pactados según sea el modelo de incremento y la referencia básica que hayan adoptado en cada convenio colectivo.
Por todo, consideró necesario garantizar, en la negociación colectiva, el mantenimiento o mejora moderada del poder adquisitivo de los salarios de las trabajadoras, así como la mejora de las condiciones de empleo y seguridad, la organización equilibrada de los tiempos de trabajo, el avance en los derechos de igualdad efectiva entre mujeres y hombres, el desarrollo de la formación permanente, de la cualificación y desarrollo profesional.
CC.OO. destaca la importancia de mantener las cláusulas de salvaguarda a pesar de las caídas del IPC
MADRID, 29 Jul. (EUROPA PRESS) -
CC.OO. destacó hoy la importancia de mantener la regulación de cláusulas de salvaguarda o garantía del incremento pactado en todos aquellos convenios que toman como referencia el IPC previsto, a pesar de los últimos descensos que ha experimentado la inflación en España.
En un comunicado, afirmó que la evolución del IPC siempre ha sido bastante superior a la inflación prevista y que muchas organizaciones empresariales y empresas, que ahora cuestionan la existencia de estas cláusulas, no tenían nada en contra cuando el IPC crecía.
CC.OO. recordó que la cláusula de garantía salarial está incluida en el 53,6% de los convenios registrados, que afectan al 73,65% de los trabajadores, y que el 13,43% del total de los convenios tienen regulada la posibilidad de inaplicación del régimen salarial, afectando al 73,93% del total de los trabajadores, ya que este tipo de cláusula sólo se regula en los convenios de ámbito superior a la empresa (sectoriales, grupos de empresas).
En este sentido, explicó que los datos relativos a la regulación de la cláusula de inaplicación del régimen salarial demuestran que existe ya suficiente capacidad regulatoria, legal y convencional, para poder atender aquellas situaciones de dificultad económica de las empresas de cara a la aplicación del incremento pactado en el convenio sectorial de referencia.
En cuanto al incremento salarial pactado, el sindicato afirmó que el mínimo de esta subida en los convenios de 2008 se situó en el 2% y el máximo en el 4,83%, mientras que este año dicho suelo ha descendido hasta el 1,39% y el techo se ha situado en el 3,47.
Según CC.OO., estos resultados vienen marcados también por la muy diferente evolución de la inflación en 2007 (4,2%) y 2008 (1,4%) y su consecuente repercusión en los incrementos pactados según sea el modelo de incremento y la referencia básica que hayan adoptado en cada convenio colectivo.
Por todo, consideró necesario garantizar, en la negociación colectiva, el mantenimiento o mejora moderada del poder adquisitivo de los salarios de las trabajadoras, así como la mejora de las condiciones de empleo y seguridad, la organización equilibrada de los tiempos de trabajo, el avance en los derechos de igualdad efectiva entre mujeres y hombres, el desarrollo de la formación permanente, de la cualificación y desarrollo profesional.
Vie 24 Mar 2023 - 17:25 por alma14
» Felices fiestas
Sáb 25 Dic 2021 - 7:00 por alma14
» Excedencia y posterior pedida de la habilitación
Sáb 25 Dic 2021 - 6:57 por alma14
» BAJA
Vie 15 Oct 2021 - 17:51 por Invitado
» Limpieza total
Mar 11 Ago 2020 - 17:45 por cliper91
» Juicio y vacaciones
Lun 10 Ago 2020 - 23:53 por alma14
» Necesito ayuda sobre el tema de requisitos de Escolta Privado
Lun 11 Mayo 2020 - 12:45 por escolta63
» que es un impacto negativo
Lun 11 Mayo 2020 - 12:43 por escolta63
» pregunta temario escolta
Lun 11 Mayo 2020 - 12:39 por escolta63
» Artículo de Alba
Lun 11 Mayo 2020 - 8:52 por alma14
» El TSJC rechaza el despido de dos gerocultoras por negarse a preparar medicación
Mar 25 Feb 2020 - 14:21 por alma14
» Comparativa Sueldos Vigilantes USA vs Alemania vs Francia vs España Por Toni -
Lun 24 Feb 2020 - 11:10 por alma14
» La empresa no puede exigir recuperar los días de asuntos propios
Lun 2 Dic 2019 - 17:05 por alma14
» El despido durante la baja médica ya es despido nulo
Lun 2 Dic 2019 - 16:49 por alma14
» Permiso retribuido en elecciones generales
Dom 3 Nov 2019 - 10:06 por alma14
» Venta de Corsys de Seguridad
Jue 12 Sep 2019 - 13:56 por popazo09
» Vigilantes barcelona
Miér 10 Jul 2019 - 15:34 por Iliess
» Infarto como accidente de trabajo
Mar 9 Jul 2019 - 19:54 por alma14
» convenio 2021
Mar 9 Jul 2019 - 19:46 por errnovato
» Tiempo TIP
Mar 9 Jul 2019 - 19:19 por alma14