* El Supremo le condena a siete meses de prisión por no ir al trabajo.
* El hombre presentó una baja porque se encontraba mal.
* La sala militar del TS aplica la legislación castrense a este guardia civil.
AGENCIAS. 16.08.2009
La sala V del Tribunal Supremo, la de lo militar, ha aplicado la norma castrense a un Guardia Civil y le ha impuesto siete meses de cárcel por no acudir a trabajar.
El Guardia Civil, destinado en labores de seguridad de la cárcel de Picassent, en Valencia, había estado de baja por enfermedad. La junta médica convino al año y medio que el hombre volvía a estar apto para el servicio. Sin embargo, no regresó el día convenido de 2007 a su puesto de trabajo, al obtener otra baja de su médico de cabecera.
Entonces fue condenado por supuesto fraude a un mes de prisión provisional por abandono de destino, al aplicarle el Código Penal castrense, sin embargo resultaría absuelto al entrar en vigor la reforma que suprimía la legislación castrense para la Guardia Civil.
Sus abogados no entienden que se aplique la ley castrense en lugar de la civil Ahora el Supremo lo ha vuelto a condenar al aplicarle el Código Penal Militar, siguiendo la línea dura del Supremo, que elude aplicar la reforma legal que pretendía acabar con la justicia castrense en la Guardia Civil. Sus abogados no entienden porqué todavía hay medidas de prisión por no ir a trabajar, cuando en el régimen civil no las hay.
El Guardia Civil tendrá que cumplir su pena de siete meses, menos uno que ya cumplió en preventiva, en un módulo especial para las Fuerzas de Seguridad del Estado que hay en la prisión de Alcalá Meco.
* El hombre presentó una baja porque se encontraba mal.
* La sala militar del TS aplica la legislación castrense a este guardia civil.
AGENCIAS. 16.08.2009
La sala V del Tribunal Supremo, la de lo militar, ha aplicado la norma castrense a un Guardia Civil y le ha impuesto siete meses de cárcel por no acudir a trabajar.
El Guardia Civil, destinado en labores de seguridad de la cárcel de Picassent, en Valencia, había estado de baja por enfermedad. La junta médica convino al año y medio que el hombre volvía a estar apto para el servicio. Sin embargo, no regresó el día convenido de 2007 a su puesto de trabajo, al obtener otra baja de su médico de cabecera.
Entonces fue condenado por supuesto fraude a un mes de prisión provisional por abandono de destino, al aplicarle el Código Penal castrense, sin embargo resultaría absuelto al entrar en vigor la reforma que suprimía la legislación castrense para la Guardia Civil.
Sus abogados no entienden que se aplique la ley castrense en lugar de la civil Ahora el Supremo lo ha vuelto a condenar al aplicarle el Código Penal Militar, siguiendo la línea dura del Supremo, que elude aplicar la reforma legal que pretendía acabar con la justicia castrense en la Guardia Civil. Sus abogados no entienden porqué todavía hay medidas de prisión por no ir a trabajar, cuando en el régimen civil no las hay.
El Guardia Civil tendrá que cumplir su pena de siete meses, menos uno que ya cumplió en preventiva, en un módulo especial para las Fuerzas de Seguridad del Estado que hay en la prisión de Alcalá Meco.
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