Respuesta: SI.
haber reunido en su día las condiciones para la obtención del Certificado de Estudios Primarios derivado de la Ley 17/7/1945
SERA EQUIVALENTE A LOS UNICOS EFECTOS DE ACCESO A EMPLEOS PUBLICOS Y PRIVADOS
Al Graduado en Educación Secundaria
Un saludo.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 146 Miércoles 17 de junio de 2009 Sec. I. Pág. 51037
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
En el Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, además del calendario de implantación de las enseñanzas, se dispusieron algunas equivalencias de los títulos académicos y en su disposición final segunda, establece que corresponde al Ministerio de Educación, sin perjuicio de lo que dispongan las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus competencias, dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en este real decreto.
Artículo 3. Equivalencia a efectos profesionales con el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
4. La acreditación ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente, de haber reunido en su día las condiciones para la obtención del Certificado de Estudios Primarios derivado de la Ley 17/7/1945, de Educación Primaria, y de la Ley 21/12/1965, de Reforma de la Educación Primaria, con anterioridad a la finalización del curso 1975/76, será equivalente a los únicos efectos de acceso a empleos públicos y privados, al título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
haber reunido en su día las condiciones para la obtención del Certificado de Estudios Primarios derivado de la Ley 17/7/1945
SERA EQUIVALENTE A LOS UNICOS EFECTOS DE ACCESO A EMPLEOS PUBLICOS Y PRIVADOS
Al Graduado en Educación Secundaria
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 10 de junio de 2009.–El Ministro de Educación, Ángel Gabilondo Pujol.
cve: BOE-A-2009-10054
Un saludo.
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