Alternativa sindical, hizo lo mismo que CC.OO. en relación con el artículo 42 referente a la Sentencia del Supremo (pendiente aún), añadirse a la demanda... alternativa (a la demanda de sipvs-c) y comisiones (a la demanda de ciga).
Menos lobos que parecen los salvadores del sector cuando están reclamando un protagonismo a todas luces inexistente. Denunció sipvs-c y ciga, y los dos sindicatos, alternativa y comisiones se unieron a dichas demandas, en este resumen de la sentencia de la audiencia, creo queda claro y aclarado.
Esto es parte de una sentencia de la audiencia nacional, pidiendo entre otras cosas la ilegalidad del valor de la hora extra en su punto 4.
Así lo que procede es decir las cosas como son, sin fanatismos que procuran sacar provecho de la ignorancia que los trabajadores tienen de los hechos, hay que tener mucho cuidado con los radicales pues no nos llevan a sitio bueno alguno... las cosas dichas con educación, están doblemente bien dichas.
A las pruebas me remito.
Un saludo.
PD.: Muchas rectificaciones tienen que hacer por quitar la lengua a pastar, pues se coge primero al mentiroso que al cojo.
Menos lobos que parecen los salvadores del sector cuando están reclamando un protagonismo a todas luces inexistente. Denunció sipvs-c y ciga, y los dos sindicatos, alternativa y comisiones se unieron a dichas demandas, en este resumen de la sentencia de la audiencia, creo queda claro y aclarado.
AUDIENCIA NACIONAL
Sala de lo Social
Secretaría de Dª. MARÍA JOSEFA LOBÓN DEL RÍO
SENTENCIA Nº 0066/2006
Fecha de Juicio: 10/07/2006
Fecha Sentencia: 12/07/2006
Fecha Auto Aclaración:
Núm. Procedimiento: 0000020/2006
Tipo de Procediendo: DEMANDA
Procedim. Acumulados:
Materia: IMPUGNACIÓN DE CONVENIO
Ponente Ilmo. Sr.; D. DANIEL BASTERRA MONTSERRAT
Indice de Sentencias:
Contenido Sentencia:
Demandante: CONFEDERACION INTERSINDIAL GALEGA (CIG)
Codemandante:
Demandado: APROSER, FES, AMPES, ACAES, UGT, USO, CC.OO. Y MINISTERIO FISCAL.
Codemandado:
Resolución de la Sentencia: DESESTIMATORIA
Breve Resumen de la Sentencia:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Según consta en autos, el día 14 de Febrero de 2006 se presentó demanda por CONFEDERACION INTERSINDICAL GALEGA (CIG) contra APROSER, FES, AMPES, ACAES, UGT, USO, CC.OO. Y MINISTERIO FISCAL sobre impugnación de convenio.
Quinto.- Llegado el día y la hora señalados tuvo lugar la celebración del acto del juicio, previo intento fallido de avenencia, y en el que se practicaron las pruebas con el resultado que aparece recogido en el acta levantada al efecto, adhiriéndose en dicho acto a la demanda CCOO.
Resultando y así se declaran, los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
CUARTO.- La tercera pretensión de ilegalidad está contenida en las letras a) y b) del apartado 1 y el 2 del art. 42:
.../...
Por tanto, el Valor de la Hora Extraordinaria, deberá ser igual o mayor al importe resultante del Valor de la Hora Ordinaria, calculada según la fórmula del párrafo anterior.
CIG entiende que se vulnera el art. 35.1 ET
La presente impugnación, con el mismo cuadro del valor horas extraordinarias 2005, ya se hizo en el procedimiento 121/2005, ante esta Sala, por otro sindicato, cuya Sentencia 6/06, de 2 de febrero, resolvió desestimar la impugnación.
Comoquiera que esta Sentencia está pendiente de resolución en el Tribunal Supremo, nos encontramos con que el pleito sigue pendiente y, siendo así, el Alto Tribunal resolverá la cuestión con carácter definitivo.
Declaramos, consiguientemente, litis pendencia.
VISTOS los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
FALLAMOS
Desestimamos la demanda de CONFEDERACION INTERSINDICAL GALEGA (CIG) contra APROSER, FES, AMPES, ACAES, UGT, USO, CC.OO. Y MINISTERIO FISCAL y declaramos litis pendencia sobre la pretensión contenida en el fundamento de derecho cuarto de esta sentencia.
...
Esto es parte de una sentencia de la audiencia nacional, pidiendo entre otras cosas la ilegalidad del valor de la hora extra en su punto 4.
Así lo que procede es decir las cosas como son, sin fanatismos que procuran sacar provecho de la ignorancia que los trabajadores tienen de los hechos, hay que tener mucho cuidado con los radicales pues no nos llevan a sitio bueno alguno... las cosas dichas con educación, están doblemente bien dichas.
A las pruebas me remito.
Un saludo.
PD.: Muchas rectificaciones tienen que hacer por quitar la lengua a pastar, pues se coge primero al mentiroso que al cojo.
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