El calendario laboral para 2010 recoge un total de nueve fiestas nacionales para todas las comunidades autónomas, a las que se suma la celebración del día de cada comunidad autónoma, según una resolución del Ministerio de Trabajo e Inmigración publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Ep - Madrid - 20/11/2009
En concreto, el próximo año habrá ocho días festivos nacionales "no sustituibles", a los que se suma una jornada más, el 6 de enero, que también se celebrará en todas las comunidades a pesar de que se trata de una fiesta nacional que puede ser sustituida por una fiesta propia si alguna región así lo decide.
Las ocho fiestas nacionales no sustituibles son el 1 de enero, el 2 de abril (Viernes Santo), el 1 de Mayo (Día del Trabajo), el 12 de octubre (Fiesta Nacional de España), el 1 de noviembre (Día de Todos los Santos), el 6 de diciembre (Día de la Constitución española), el 8 de diciembre (La Inmaculada Concepción) y el 25 de diciembre (Navidad).
En virtud de la facultad de los Gobiernos regionales de cambiar determinadas fiestas, el jueves 1 de abril (Jueves Santo) será festivo en todas las comunidades autónomas, salvo en Cataluña y Comunidad Valenciana, mientras que el 19 de marzo (San José) sólo será festivo en Castilla-La Mancha, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia, Navarra, País Vasco, La Rioja y Melilla.
Por su parte, el Lunes de Pascua (5 de abril) sólo lo celebrarán Baleares, Cataluña, Comunidad Valenciana, Navarra y País Vasco. Asimismo, en Madrid será festivo el 3 de junio (Corpus Christi), y en Andalucía, Aragón y Asturias se conmemorará el 16 de agosto (lunes siguiente a la Asunción de la Virgen).
Ep - Madrid - 20/11/2009
En concreto, el próximo año habrá ocho días festivos nacionales "no sustituibles", a los que se suma una jornada más, el 6 de enero, que también se celebrará en todas las comunidades a pesar de que se trata de una fiesta nacional que puede ser sustituida por una fiesta propia si alguna región así lo decide.
Las ocho fiestas nacionales no sustituibles son el 1 de enero, el 2 de abril (Viernes Santo), el 1 de Mayo (Día del Trabajo), el 12 de octubre (Fiesta Nacional de España), el 1 de noviembre (Día de Todos los Santos), el 6 de diciembre (Día de la Constitución española), el 8 de diciembre (La Inmaculada Concepción) y el 25 de diciembre (Navidad).
En virtud de la facultad de los Gobiernos regionales de cambiar determinadas fiestas, el jueves 1 de abril (Jueves Santo) será festivo en todas las comunidades autónomas, salvo en Cataluña y Comunidad Valenciana, mientras que el 19 de marzo (San José) sólo será festivo en Castilla-La Mancha, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia, Navarra, País Vasco, La Rioja y Melilla.
Por su parte, el Lunes de Pascua (5 de abril) sólo lo celebrarán Baleares, Cataluña, Comunidad Valenciana, Navarra y País Vasco. Asimismo, en Madrid será festivo el 3 de junio (Corpus Christi), y en Andalucía, Aragón y Asturias se conmemorará el 16 de agosto (lunes siguiente a la Asunción de la Virgen).
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