Cuarta emisión de pagarés de Nueva Rumasa; cuarta advertencia de la CNMV
Madrid.- La Comisión Nacional del Mercado de Valores ha emitido una nueva advertencia sobre las emisiones de pagarés de Nueva Rumasa. En este caso la cuarta, emitida por la sociedad José María Ruiz-Mateos con una rentabilidad de los pagarés hasta el 10%, frente al 8% de las anteriores.
"Además de reiterar las consideraciones efectuadas en las tres advertencias anteriores, es importante destacar determinados extremos sobre esta nueva emisión de pagarés", advierte la CNMV, justificada por el principio de protección a los inversores de la Ley 24/1988 del Mercado de Valores (LMV).
La primera es que la emisora de los nuevos pagarés es José María Ruiz-Mateos, S.A., "desconociéndose la concreta relación que pueda existir con Nueva Rumasa".
En consecuencia es una empresa "concreta y determinada" (José María Ruiz-Mateos, S.A.) la que responde de la devolución de principal e intereses únicamente con su patrimonio, sin posibilidad, en principio, de derivar responsabilidad alguna a Nueva Rumasa.
Respecto a la publicitada "garantía solidaria de DHUL y CLESA", la CNMV advierte de que "no se describen las características esenciales de estas garantías" ni su naturaleza: no se sabe si son de naturaleza personal (ambas empresas responden indistintamente con su patrimonio) o si existe alguna garantía de carácter real (determinados bienes, muebles o inmuebles).
"No se detalla la forma jurídica de tales garantías y, por tanto, si se han constituido válidamente", señala el organismo supervisor.
Por otro lado, la CNMV destaca que "no consta en la publicidad si la emisión ha sido inscrita en el Registro Mercantil, y por tanto, y sin perjuicio de otras consecuencias, si ha sido objeto de revisión y calificación por un Registrador Mercantil en cumplimiento de la Ley de Sociedades Anónimas".
En concreto, la CNMV se refiere al cumplimiento del "límite máximo de endeudamiento previsto en el artículo 282 de aquel texto legal".
"En este sentido, se recomienda expresamente a los inversores que revisen el cumplimiento de estos requisitos legales antes de tomar una decisión de inversión", recomienda el organismo, que reitera además "la recomendación de solicitar el asesoramiento de una entidad habilitada antes de tomar una decisión de inversión".
Madrid.- La Comisión Nacional del Mercado de Valores ha emitido una nueva advertencia sobre las emisiones de pagarés de Nueva Rumasa. En este caso la cuarta, emitida por la sociedad José María Ruiz-Mateos con una rentabilidad de los pagarés hasta el 10%, frente al 8% de las anteriores.
"Además de reiterar las consideraciones efectuadas en las tres advertencias anteriores, es importante destacar determinados extremos sobre esta nueva emisión de pagarés", advierte la CNMV, justificada por el principio de protección a los inversores de la Ley 24/1988 del Mercado de Valores (LMV).
La primera es que la emisora de los nuevos pagarés es José María Ruiz-Mateos, S.A., "desconociéndose la concreta relación que pueda existir con Nueva Rumasa".
En consecuencia es una empresa "concreta y determinada" (José María Ruiz-Mateos, S.A.) la que responde de la devolución de principal e intereses únicamente con su patrimonio, sin posibilidad, en principio, de derivar responsabilidad alguna a Nueva Rumasa.
Respecto a la publicitada "garantía solidaria de DHUL y CLESA", la CNMV advierte de que "no se describen las características esenciales de estas garantías" ni su naturaleza: no se sabe si son de naturaleza personal (ambas empresas responden indistintamente con su patrimonio) o si existe alguna garantía de carácter real (determinados bienes, muebles o inmuebles).
"No se detalla la forma jurídica de tales garantías y, por tanto, si se han constituido válidamente", señala el organismo supervisor.
Por otro lado, la CNMV destaca que "no consta en la publicidad si la emisión ha sido inscrita en el Registro Mercantil, y por tanto, y sin perjuicio de otras consecuencias, si ha sido objeto de revisión y calificación por un Registrador Mercantil en cumplimiento de la Ley de Sociedades Anónimas".
En concreto, la CNMV se refiere al cumplimiento del "límite máximo de endeudamiento previsto en el artículo 282 de aquel texto legal".
"En este sentido, se recomienda expresamente a los inversores que revisen el cumplimiento de estos requisitos legales antes de tomar una decisión de inversión", recomienda el organismo, que reitera además "la recomendación de solicitar el asesoramiento de una entidad habilitada antes de tomar una decisión de inversión".
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