Preguntas y respuestas sobre el "monopolio" de las gestoras de derechos de autor.
* La Comisión Nacional de la Competencia publicó un informe sobre la regulación actual de las entidades de gestión de derechos de autor.
* Competencia señala una "posición monopolísitica" de las gestoras.
D.G.. 20.01.2010 - 16.49 h
La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) publicó este martes su informe sobre la gestión colectiva de los derechos de propiedad intelectual, que recomienda una "revisión integral" de la Ley que los regula y señala "una posición monopolística" de las entidades de gestión que hay en nuestro país.
La recaudación realizada por las entidades de gestión colectiva en el año 2007 ascendió a 518,9 millones de euros.
El organismo público, encargado de preservar, garantizar y promover la existencia de una competencia efectiva en los mercados españoles, analiza en dicho informe los problemas tarifarios y las restricciones de la competencia en el sector. La CNC hace además en su informe una serie de propuestas "para la articulación de un modelo de gestión colectiva de los derechos de propiedad intelectual más favorecedor de la competencia".
Analizamos algunos de los datos más interesantes que se reflejan en el citado informe.
¿Cuántas entidades de gestión de derechos de autor hay en España?
Hay ocho entidades de este tipo en España: DAMA, CEDRO, VEGAP, AGEDI, EGEDA, AIE, AISGE, siendo la más conocida la Sociedad General de Autores (SGAE).
¿Cuánto recaudan anualmente las citadas entidades de gestión?
La recaudación realizada por las entidades de gestión colectiva en el año 2007 ascendió a 518,9 millones de euros. Un 93,9% de esta cantidad fue recaudado en España, mientras que el 6,1% restante fue recaudado en el exterior. Según las series históricas del Ministerio de Cultura, la recaudación total de las entidades ha crecido a un ritmo anual medio del 8,6% durante el periodo 2000-2007.
¿Por qué la SGAE es considerada la entidad más significativa en España?
La SGAE tiene un papel predominante en este ámbito ya que gestiona los derechos de un 70,9% de los miembros pertenecientes a las entidades de gestión. Con 369,1 millones de euros (el 71,1% de lo recaudado en 2007), la SGAE es también la entidad de mayores dimensiones en términos de recaudación.
En la SGAE, el 1,7% del total de titulares beneficiarios concentran el 75% de lo que se reparte¿De dónde procede el dinero recaudado?
Los derechos más importantes en términos de recaudación en España son los de comunicación pública (reproducción de una creación en conciertos, bares, discotecas, parques temáticos, etcétera, que supone un 62,5% de la recaudación nacional en 2007), seguido del de copia privada (el famoso canon digital, que supone el 19,9% de la recaudación) y de los de reproducción y distribución (la grabación y venta de discos, un 17,6%).
¿Los titulares siempre reciben el dinero recaudado?
No. Las entidades generan montantes de cantidades recaudadas y no repartidas a ningún titular. Es decir, recaudan dinero por un titular y después el titular no lo recibe. La información sobre este tema es bastante escasa, y toda la que existe proviene de las propias entidades y de sus memorias. En el caso de la SGAE, unos 600 titulares (un 1,7% del total de titulares beneficiarios) concentran el 75% de lo que se reparte.
¿Cuál es el principal problema de la Ley de Propiedad Intelectual?
La falta de claridad y de concreción, una circunstancia que ha sido objeto de debate en múltiples ocasiones ya que posibilita que las entidades de gestión de derechos de autor se beneficien de la abstracción de la normativa. La Comisión Nacional de la Competencia explica en el informe que "la LPI no constituye en la actualidad un marco legal suficientemente claro, predecible y generador de certidumbre para los agentes involucrados en los mercados de gestión de derechos de propiedad intelectual, por lo que deberá procederse a su revisión general".
¿Cómo puede conseguirse una competencia efectiva en este sector?
Para liberalizar el sector sería necesario eliminar la obligatoriedad de que las entidades carezcan de ánimo de lucro. La CNC recomienda también permitir que cualquier entidad pueda tener permiso para llevar a cabo sus actividades mediante un simple registro, ya que actualmente es el Ministerio de Cultura el que decide qué entidades pueden gestionar derechos. De este modo crecería rápidamente el número de grupos de gestión.
Para liberalizar el sector sería necesario eliminar la obligatoriedad de que las entidades carezcan de ánimo de lucro
¿Cómo son las condiciones que deben aceptar los titulares de derechos de autor cuando se adscriben a una entidad de gestión?
Según la CNC, las condiciones son demasiado inflexibles. La Comisión entiende que los titulares de derechos de autor están demasiado atados a las entidades a las que pertenecen. Se sugiere, por tanto, cierta flexibilización tanto en los períodos de permanencia, prórroga y preaviso como en el control sobre su obra. Se pide la revisión de "la regulación de la LPI relativa a los estatutos de las entidades y a los contratos de gestión con los titulares de los derechos, con el fin de dotarles de mayor flexibilidad y de facilitar el cambio de entidad gestora por parte de los titulares".
¿Cómo aplican las sociedades de gestión sus tarifas?
De forma unilateral. Por ese motivo se sugiere "reformar o sustituir la Comisión de Propiedad Intelectual para que sea un órgano regulador independiente, dotado de competencia técnica y facultades decisorias y sancionadoras adecuadas para resolver cualesquiera conflictos en materia de propiedad intelectual y, en particular, los conflictos tarifarios entre entidades de gestión y usuarios, ya sean sobre derechos exclusivos o de remuneración". Con esta propuesta se busca acabar con la aplicación de tarifas generales unilateralmente aprobadas por las entidades de gestión. Según especifica la CNC, las decisiones de esta Comisión reguladora serían públicas, inmediatamente ejecutivas y revisables por el órgano jurisdiccional competente.
¿Las tarifas son justas?
La comisión cree que la "posición monopolística" de las entidades "facilita el establecimiento de tarifas inequitativas y/o discriminatorias por la utilización de los repertorios". Se dan casos en los que se cobran precios distintos a distintos tipos de usuarios por la utilización del mismo repertorio. Por ese motivo es necesario "establecer normativamente los criterios a los cuales las entidades de gestión tengan que ajustarse para determinar las tarifas por uso de su repertorio, de derechos exclusivos y/o de remuneración, y a los cuales se atendrá también la Comisión reguladora en caso de ser necesaria su intervención." Las metodologías de cálculo de las tarifas deben estar explicadas claramente y ser accesibles a los usuarios. Los criterios para establecerlas deben carecer de arbitrariedad y en ningún caso puede existir discriminación. "La tarifa debe ser similar para prestaciones equivalentes".
No existe ningún tipo de supervisión de las tarifas por parte de la autoridad competente
¿Existe un control de las irregularidades?
No existe ningún tipo de supervisión de las tarifas por parte de la autoridad competente, por lo que se pide que "las administraciones públicas competentes que, en el ejercicio de sus funciones, tengan conocimiento de acuerdos de las entidades de gestión con entidades extranjeras que obstaculicen o sean susceptibles de obstaculizar el desarrollo de un mercado europeo de gestión de derechos de propiedad intelectual, lo pongan en conocimiento de las autoridades de competencia a los efectos que sean oportunos".
¿Cuál ha sido la respuesta de las sociedades gestoras de derechos de autor a esta acusación de monopolio?
En respuesta a este informe, AGEDI, AIE, CEDRO y SGAE han organizado y constituido Ibercrea, que presiden el eurodiputado Manuel Medina. Esta unión de colectivos suma 100.000 asociados y defiende que "la propiedad intelectual debe ser respetada para preservar nuestros recursos culturales, por lo tanto, aboga por un consumo responsable de las obras y creaciones", según han expresado en un comunicado. El subdirector general de la SGAE, Pablo Hernández, ha tachado el informe de "sesgado" y ha lamentado el "linchamiento" al que se ve sometida la entidad. "Las entidades de gestión son una suerte de sindicato donde los trabajadores de la cultura llegan a condiciones mínimas con las grandes operadoras que utilizan sus obras. El autor individual no tiene capacidad de negociar y las tarifas que se establecen están en el umbral medio o bajo de las tarifas europeas", ha explicado.
Un mal momento
Este informe, que podría utilizarse como arma en futuras denuncias contra las entidades de gestión de derechos de autor, llega en un momento convulso en el terreno de la propiedad intelectual, con un Gobierno inmerso en la polémica suscitada por la ley que regulará el cierre de páginas web y una ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde, cuyo cargo se encuentra en tela de juicio por un posible conflicto de intereses.
* La Comisión Nacional de la Competencia publicó un informe sobre la regulación actual de las entidades de gestión de derechos de autor.
* Competencia señala una "posición monopolísitica" de las gestoras.
D.G.. 20.01.2010 - 16.49 h
La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) publicó este martes su informe sobre la gestión colectiva de los derechos de propiedad intelectual, que recomienda una "revisión integral" de la Ley que los regula y señala "una posición monopolística" de las entidades de gestión que hay en nuestro país.
La recaudación realizada por las entidades de gestión colectiva en el año 2007 ascendió a 518,9 millones de euros.
El organismo público, encargado de preservar, garantizar y promover la existencia de una competencia efectiva en los mercados españoles, analiza en dicho informe los problemas tarifarios y las restricciones de la competencia en el sector. La CNC hace además en su informe una serie de propuestas "para la articulación de un modelo de gestión colectiva de los derechos de propiedad intelectual más favorecedor de la competencia".
Analizamos algunos de los datos más interesantes que se reflejan en el citado informe.
¿Cuántas entidades de gestión de derechos de autor hay en España?
Hay ocho entidades de este tipo en España: DAMA, CEDRO, VEGAP, AGEDI, EGEDA, AIE, AISGE, siendo la más conocida la Sociedad General de Autores (SGAE).
¿Cuánto recaudan anualmente las citadas entidades de gestión?
La recaudación realizada por las entidades de gestión colectiva en el año 2007 ascendió a 518,9 millones de euros. Un 93,9% de esta cantidad fue recaudado en España, mientras que el 6,1% restante fue recaudado en el exterior. Según las series históricas del Ministerio de Cultura, la recaudación total de las entidades ha crecido a un ritmo anual medio del 8,6% durante el periodo 2000-2007.
¿Por qué la SGAE es considerada la entidad más significativa en España?
La SGAE tiene un papel predominante en este ámbito ya que gestiona los derechos de un 70,9% de los miembros pertenecientes a las entidades de gestión. Con 369,1 millones de euros (el 71,1% de lo recaudado en 2007), la SGAE es también la entidad de mayores dimensiones en términos de recaudación.
En la SGAE, el 1,7% del total de titulares beneficiarios concentran el 75% de lo que se reparte¿De dónde procede el dinero recaudado?
Los derechos más importantes en términos de recaudación en España son los de comunicación pública (reproducción de una creación en conciertos, bares, discotecas, parques temáticos, etcétera, que supone un 62,5% de la recaudación nacional en 2007), seguido del de copia privada (el famoso canon digital, que supone el 19,9% de la recaudación) y de los de reproducción y distribución (la grabación y venta de discos, un 17,6%).
¿Los titulares siempre reciben el dinero recaudado?
No. Las entidades generan montantes de cantidades recaudadas y no repartidas a ningún titular. Es decir, recaudan dinero por un titular y después el titular no lo recibe. La información sobre este tema es bastante escasa, y toda la que existe proviene de las propias entidades y de sus memorias. En el caso de la SGAE, unos 600 titulares (un 1,7% del total de titulares beneficiarios) concentran el 75% de lo que se reparte.
¿Cuál es el principal problema de la Ley de Propiedad Intelectual?
La falta de claridad y de concreción, una circunstancia que ha sido objeto de debate en múltiples ocasiones ya que posibilita que las entidades de gestión de derechos de autor se beneficien de la abstracción de la normativa. La Comisión Nacional de la Competencia explica en el informe que "la LPI no constituye en la actualidad un marco legal suficientemente claro, predecible y generador de certidumbre para los agentes involucrados en los mercados de gestión de derechos de propiedad intelectual, por lo que deberá procederse a su revisión general".
¿Cómo puede conseguirse una competencia efectiva en este sector?
Para liberalizar el sector sería necesario eliminar la obligatoriedad de que las entidades carezcan de ánimo de lucro. La CNC recomienda también permitir que cualquier entidad pueda tener permiso para llevar a cabo sus actividades mediante un simple registro, ya que actualmente es el Ministerio de Cultura el que decide qué entidades pueden gestionar derechos. De este modo crecería rápidamente el número de grupos de gestión.
Para liberalizar el sector sería necesario eliminar la obligatoriedad de que las entidades carezcan de ánimo de lucro
¿Cómo son las condiciones que deben aceptar los titulares de derechos de autor cuando se adscriben a una entidad de gestión?
Según la CNC, las condiciones son demasiado inflexibles. La Comisión entiende que los titulares de derechos de autor están demasiado atados a las entidades a las que pertenecen. Se sugiere, por tanto, cierta flexibilización tanto en los períodos de permanencia, prórroga y preaviso como en el control sobre su obra. Se pide la revisión de "la regulación de la LPI relativa a los estatutos de las entidades y a los contratos de gestión con los titulares de los derechos, con el fin de dotarles de mayor flexibilidad y de facilitar el cambio de entidad gestora por parte de los titulares".
¿Cómo aplican las sociedades de gestión sus tarifas?
De forma unilateral. Por ese motivo se sugiere "reformar o sustituir la Comisión de Propiedad Intelectual para que sea un órgano regulador independiente, dotado de competencia técnica y facultades decisorias y sancionadoras adecuadas para resolver cualesquiera conflictos en materia de propiedad intelectual y, en particular, los conflictos tarifarios entre entidades de gestión y usuarios, ya sean sobre derechos exclusivos o de remuneración". Con esta propuesta se busca acabar con la aplicación de tarifas generales unilateralmente aprobadas por las entidades de gestión. Según especifica la CNC, las decisiones de esta Comisión reguladora serían públicas, inmediatamente ejecutivas y revisables por el órgano jurisdiccional competente.
¿Las tarifas son justas?
La comisión cree que la "posición monopolística" de las entidades "facilita el establecimiento de tarifas inequitativas y/o discriminatorias por la utilización de los repertorios". Se dan casos en los que se cobran precios distintos a distintos tipos de usuarios por la utilización del mismo repertorio. Por ese motivo es necesario "establecer normativamente los criterios a los cuales las entidades de gestión tengan que ajustarse para determinar las tarifas por uso de su repertorio, de derechos exclusivos y/o de remuneración, y a los cuales se atendrá también la Comisión reguladora en caso de ser necesaria su intervención." Las metodologías de cálculo de las tarifas deben estar explicadas claramente y ser accesibles a los usuarios. Los criterios para establecerlas deben carecer de arbitrariedad y en ningún caso puede existir discriminación. "La tarifa debe ser similar para prestaciones equivalentes".
No existe ningún tipo de supervisión de las tarifas por parte de la autoridad competente
¿Existe un control de las irregularidades?
No existe ningún tipo de supervisión de las tarifas por parte de la autoridad competente, por lo que se pide que "las administraciones públicas competentes que, en el ejercicio de sus funciones, tengan conocimiento de acuerdos de las entidades de gestión con entidades extranjeras que obstaculicen o sean susceptibles de obstaculizar el desarrollo de un mercado europeo de gestión de derechos de propiedad intelectual, lo pongan en conocimiento de las autoridades de competencia a los efectos que sean oportunos".
¿Cuál ha sido la respuesta de las sociedades gestoras de derechos de autor a esta acusación de monopolio?
En respuesta a este informe, AGEDI, AIE, CEDRO y SGAE han organizado y constituido Ibercrea, que presiden el eurodiputado Manuel Medina. Esta unión de colectivos suma 100.000 asociados y defiende que "la propiedad intelectual debe ser respetada para preservar nuestros recursos culturales, por lo tanto, aboga por un consumo responsable de las obras y creaciones", según han expresado en un comunicado. El subdirector general de la SGAE, Pablo Hernández, ha tachado el informe de "sesgado" y ha lamentado el "linchamiento" al que se ve sometida la entidad. "Las entidades de gestión son una suerte de sindicato donde los trabajadores de la cultura llegan a condiciones mínimas con las grandes operadoras que utilizan sus obras. El autor individual no tiene capacidad de negociar y las tarifas que se establecen están en el umbral medio o bajo de las tarifas europeas", ha explicado.
Un mal momento
Este informe, que podría utilizarse como arma en futuras denuncias contra las entidades de gestión de derechos de autor, llega en un momento convulso en el terreno de la propiedad intelectual, con un Gobierno inmerso en la polémica suscitada por la ley que regulará el cierre de páginas web y una ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde, cuyo cargo se encuentra en tela de juicio por un posible conflicto de intereses.
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