Vigilantes de Seguridad

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    Mensaje por Diodonea Sáb 6 Feb 2010 - 9:45

    Hola chicos, estas es mi historia..
    hace 5 años entre en un servicio
    de mi localidad en procter, y cuando entre me dijeron que habia
    posibilidad de ascender a VS con Arma.
    en ese servicio somos 8 en
    total, 4 VS Armados y otros 4 SIn Arma. a veces por bajas y gente que
    plegaba del servicio, los vs sin arma, se reducia a 3 y hasta a veces 2.
    ya han pasado 5 años y ahora de los VS sin Arma soy el mas antiguo,
    hace unos meses, el jefe de equipo hecho del servicio a un VS Armado que
    llevaba el servicio 18 años, y queria ocupar su plaza por un Vs de los
    que habian sin arma que vino detras de mi lo llamaremos "
    trepas"
    . antes de comunicarmelo a mi primero por ser el mas
    antiguo. yo la verdad es que reaccione a esa situacion bastante bien, y
    no arme follon. pero a los dos meses de llevar arma el compañero trepas,
    eso fue en septiembre., cogio una baja por depresion, de hecho aun
    sigue de baja, y otra compañera tambien la cogio. el tema es el
    siguiente, segun dice mi empresa, al compañero "trepas" no volvera a
    coger el arma, con lo que queda una plza libre. a mi y a otro compañero
    que tambien vino despues nos obligaron a sacarnos la licencia, y en
    pocos meses la obtuvimos.
    pero el jefe de equipo ha decidido que esa
    plaza no sera fija, si no compartida, entre el compi y yo. de alguna
    manera, lo normal seria que el vigilante mas antiguo pasara al puesto
    con arma, pues no! ahora solo me dan las sobras. intente hablar con mi
    jefe de equipo, pero el no me escucha. el jefe de equipo lleba 22 años
    en el servicio, y se piensa que puede hacer, deshacer a su antojo. es un
    manipulador, interesado, en pocas palabras podria decir que me hace
    Mobing. hable con el jefe de servicios, en cierta manera me dio a
    entender que que ya que nos habiamos sacado los dos el arma a la vez no
    veia justo que solo lo hiciera yo.

    y la verdad no se que hacer.
    plegar y pdeir traslado por que no me dejan ascender? le pego un tiro a
    mi jefe de equipo cuando me haga el relevo?
    la verdad es que lo
    estoy pasando mal por esto.
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    Mensaje por jockkker Sáb 6 Feb 2010 - 10:43

    tu frustracion es logica, tienes derecho a promocionarte dentro de tu centro de trabajo como cualquier otro compañero, ademas es un derecho fundamental, el derecho a la indemnidad. lo unico que si no lo arreglas por las buenas yo creo que aunque te dieran el puesto te intentarian hacer la vida imposible, intenta no quemarte. un saludo
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    Mensaje por alma14 Sáb 6 Feb 2010 - 13:29

    Es complejo y complicado... Habría que hablar más del servicio. Creo que el jefe de equipo no sabe muy bien por donde se anda, y la empresa se lo permite.

    Habría que conocer las condiciones del contrato del servicio, y evidentemente a un indefinido, fijo de empresa, cod. 100, etc... como quieras llamarlo, no se le puede cambiar de servicio en cinco años y para ello tiene que haber una causa justificada...

    Ej.: Tu compañero que perdió la cabeza, no puede ir con arma si no pasa el psicotécnico.

    Por otra parte, cada contrato tiene que tener asignado un servicio, eso de tener chico para todo no cuela.

    Y por último, que sería lo primero, si te planteas estas cosas, tienes que valorar que vas a emprender acciones contra la empresa y esta te puede poner de patitas en la calle, así que te lo piensas.

    Lo de conseguir la licencia, es la empresa la que propone a los vigilantes que le interesa, aunque el comité puede llegar a acuerdos con la empresa de que vaya presentando a las personas con más antigüedad, pero es la empresa la encargada de proponer a los vigilantes. Así querían hacer también para habilitar a los vigilantes, que fueran ellos los que los habilitaran y no el ministerio del interior... apañados íbamos.

    Un saludo.

    PD.: Antes de hacer nada, te lo piensas bien. Yo procuraría tener todo amarrado antes.
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    Mensaje por Diodonea Sáb 6 Feb 2010 - 13:54

    En realidad, cuando un VS, le hace un contrato indefinido como es el mio, el contrato no te dice que seas de tal servicio, si no de Securitas, como es en mi caso.
    acciones? la verdad es que no se que hacer. en cierta manera solo me estan dando las migajas sobrantes. en ese servicio hay una plaza disponible, y en ese servicio de toda la vida ha sido asi, el mas antiguio con la licencia, pasa a ser VS armado... que es lo que ocurre aqui? si me callo, y no digo nada, no podre ascender a VS con arma por los cojones del jefe de equipo. en pocas palabras esta jugando con mi sueldo, por que haciendo solo 5 dias con arma, no cobras al 100% el plus del arma. no se.
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    Mensaje por jockkker Sáb 6 Feb 2010 - 14:03

    yo le mandaria un burofax al departamento de relaciones laborales de securitas, en el le explicas como han sido las caracteristicas y los criterios por los cuales a lo largo de los años se han ido cubriendo las vacantes y los puestos mejor remunerados, y que te brindas a optar a ese puesto que por la situacion actual estas en disposicion de ocupar. quiza en un principio esta accion te cree algun problema, pero si se pone feo te servira de prueba, y si tienes posibilidad de hablar con un compañero o excompañero que corroborara todo lo que dices te vendria tambien muy bien
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    Mensaje por alma14 Sáb 6 Feb 2010 - 16:24

    En realidad, cuando un VS, le hace un contrato indefinido como es el mio, el contrato no te dice que seas de tal servicio, si no de Securitas, como es en mi caso.

    CONVENIO COLECTIVO

    ARTICULO 26.- Normas Generales.- Para el ingreso del personal comprendido en el presente Convenio Colectivo se observarán, sin excepción, las normas legales vigentes en materia de contratación y generales de colocación, así como las especiales que correspondan.
    En el concurso-oposición, el personal de la Empresa perteneciente a otro grupo o categoría tendrá preferencia, en igualdad de condiciones, para ocupar las plazas vacantes. Tendrán derecho preferente, también para ocupar plazas de ingreso, en igualdad de méritos, aquellos trabajadores que hayan desempeñado en la Empresa funciones de carácter eventual, interino o temporal a satisfacción de aquélla. En todo este proceso deberá intervenir la representación de los trabajadores de acuerdo con la Normativa vigente.

    ARTICULO 28.- Contratos.- Los contratos que celebren las Empresas para servicio determinado, eventual, interino y temporal, y cualquier otro que la Norma permita deberán ser por escrito, haciendo constar los requisitos y circunstancias que exija la legislación vigente, en materia de empleo, y en especial la mención expresa del servicio para que se contrata, la causa de la eventualidad en los contratos eventuales, incluyendo la condición determinante de la resolución del contrato de trabajo, el motivo de la interinidad y el nombre del sustituido y finalmente la duración del contrato, en los supuestos que corresponda.

    Así os lo leeis vosotros y lo interpretáis, eso es lo que el convenio pone. Cada contrato un servicio. Y el 26 se lo pasan por el forro las empresas, si quieres empiezas por denunciar en inspección de trabajo, y después al juzgado. Es la triste realidad.

    Un saludo.
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    Mensaje por Diodonea Sáb 6 Feb 2010 - 17:16

    Que yo sepa no soy eventual, ni interino y temporal, si no Indefinido,vaya. que no tiene una fecha determinada de duracion.

    creo que nos salimos del tema.
    en mi servicio, hay un trepa, que le han dado el puesto de VS. Con arma, Cuando yo tengo mas antiguedad en el servicio que el trepas...
    ahora el trepas se le ha ido la cabeza y esta de baja. y como segun la empresa, ese trepas no volvera a coger el arma, queda una plaza libre. y yo que soy el mas antiguo de los aspirantes a VS Armado, quiero esa plaza. pero al Sr. Jefe de equipo se le ha ocurrido la brillante idea de que esa plaza vacante se compartita entre 2 aspirantes mas, y en unos meses 4 aspirantes. a lo mejor no me explico bien o no entiendo yo.

    o a lo mejor en seguridad privada, los pelotas van antes que los antiguos.

    este tema me lleba de cabeza. cualquier dia salgo en "Gente"
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    Mensaje por alma14 Sáb 6 Feb 2010 - 18:16

    Que yo sepa no soy eventual, ni interino y temporal, si no Indefinido,vaya. que no tiene una fecha determinada de duracion.

    Esto pasa por dejarlo a la libre interpretación...

    Los contratos que celebren las Empresas para servicio determinado, eventual, interino y temporal, y cualquier otro que la Norma permita deberán ser por escritohaciendo constar los requisitos y circunstancias que exija la legislación vigente, en materia de empleo, y en especial la mención expresa del servicio para que se contrata,

    Cualquier otro, quiere decir todos los contratos. Mención expresa del servicio para que se contrata, quiere decir para que servicio estás contratado.

    El tema está ahí, si lo quieres ver o no lo quieres ver, allá tu.

    Una cosa es como ves los servicios (con arma o sin arma) y otra bien distinta son los contratos de esos servicios (empresa - cliente) eso es lo que hace falta, saber como son esos contratos. Que dicen esos contratos en el papel firmado por la empresa y el cliente y dados de alta en seguridad privada.

    Mientras no tengamos esos contratos en la mano, no se te podrá aconsejar bien.

    Un saludo.
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    Mensaje por peasodemontri Sáb 6 Feb 2010 - 19:00

    Artículo 16. Contratos indefinidos.

    A los efectos previstos en la Ley 63/1997, ambas partes acuerdan que los contratos de duración
    determinada suscritos a partir del 17 de mayo de 1998 pueden ser transformados en indefinidos en los términos establecidos en la citada Disposición o disposiciones que la sustituyan.
    Será fijo en plantilla:
    a) El personal contratado por tiempo indefinido una vez haya superado el período de prueba.
    b) El personal eventual cuya relación contractual supere los topes de los distintos tipos de contratostemporales, de conformidad con lo establecido en la legislación igente.
    c) El personal que, contratado para servicios determinados, siguiera prestando servicios en la
    Empresa
    terminados aquéllos, o desarrollase servicios para los que no ha ya sido contratado.
    d) El personal interino, que una vez reincorporado al servicio el sustituido, siga prestando servicios de carácter permanente no interino en la Empresa.
    e) Todo el personal que sea contratado para funciones de carácter habitual y permanente que no haya sido contratado como eventual, interino, para servicio determinado o temporal.

    Un ejemplo de los se creen fijos en los servicios.


    Dos compañeros de Prosegur llevavan uno cinco años en el servicio, y el otro nueve, llega el momento del concurso publico del servicio, gana el concurso Black Stars, ellos creen que se quedan con la nueva empresa, pero ahora llega el cliente de buenas y le dice que no lo quieren mas alli, que llevan mucho tiempo, y paso lo que tiene que pasar que como son indefinidos se tuvieron que ir con la nueva empresa, Prosegur en ese entonces no tenia trabajo o no queria tanta antiguedad, asi que con Black Stars, estuvieron un tiempo en un servicio, luego uno se quedo en ese servicio y el otro ( de menor tiempo ) se tuvo que ir a otro, uno sigue en el centro que le asignaron, y el otro por desgracia ya pocos se acuerdan de él, un saludo amigo Jeronimo Luna alli donde estes.

    Esto es un ejemplo de dos compañeros ejemplares en el trabajo, como personas, como compañeros etc..

    Artículo 14. Subrogación de servicios.
    Dadas las especiales características y circunstancias de la actividad, que exigen la movilidad de
    los
    trabajadores de unos a otros puestos de trabajo, este artículo tiene como finalidad garantizar la estabilidad en el empleo de los trabajadores de este sector, aunque no la estabilidad en el puesto de trabajo.

    P.D. : A ver si de una vez no liamos mas al personal

    Un saludo

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    Mensaje por excalimur Sáb 6 Feb 2010 - 20:53

    si se fueron del servicio es por que quisieron, da igual lo que diga el cliente, y si el cliente quiere vs. altos guapos y rubios y con menos de 20 años y los que tiene en el servicio son bajos gordos y con 40 años que les pasaria a los vs.
    para eso estan los jueces, un saludo
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    Mensaje por peasodemontri Sáb 6 Feb 2010 - 21:22

    Excalibur escribio:
    si se fueron del servicio es por que
    quisieron, da igual lo que diga el cliente, y si el cliente quiere vs. altos
    guapos y rubios y con menos de 20 años y los que tiene en el servicio son bajos
    gordos y con 40 años que les pasaria a los vs.


    Vamos ver caundo cambias de empresa, Subrogacion de servicios, si lees bien el post te dice que mantiene la estabilidad del trabajador, no la del puesto de trabajo.

    Te pongo un ejemplo de un pliego de condiciones de un concurso,

    La Administración
    podrá exigir a la empresa adjudicataria, mediante propuesta
    debidamente razonada, la sustitución de cualquier vigilante.

    Algunos se creen dueños del servicio o en algun caso hasta funcionarios de la administración, y no saben y desconocen estas pequeñas cosas que se pasan por alto.
    Siempre pertenecemos a la empresa no al cliente, si no llevarias otro uniforme y no el de Vigilante de Seguridad.

    Un saludo

    P.D. : Antes de lanzaros a la piscina.............................siempre hay letra pequeña.
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    Mensaje por alma14 Dom 7 Feb 2010 - 5:15

    La Administración
    podrá exigir a la empresa adjudicataria, mediante propuesta debidamente razonada, la sustitución de cualquier vigilante.

    La administración y cualquier cliente, el exigir es libre... también podrán reclamar en el juzgado, y el juzgado dar la razón a los vigilantes. Esa es una cláusula ILEGAL. ¿Desde cuando la administración o cualquier cliente tiene potestad en los trabajadores de una empresa privada?, por las mismas, cuando llaman al 091, 092, 062, etc... podrán elegir que el que vaya a la llamada no sea mujer... (lo de mujer es un ejemplo). Vamos a ser serios. Un fijo de empresa (INDEFINIDO) no se puede cambiar de servicio en 5 años, y para cambiarlo tiene que ser muy justificado, no vale quitar a uno y meter a otro.

    Vamos a seguir siendo serios también... el artículo 14 del convenio está muy bien, pero tiene sus limitaciones... Un obra y servicio determinado, se va subrogado con el servicio (a no ser que sea el trabajador quien pueda elegir, y elige quedarse). Vamos a seguir siendo serios también...

    c) El personal que, contratado para servicios determinados, siguiera prestando servicios en la Empresa terminados aquéllos, o desarrollase servicios para los que no ha ya sido contratado.
    La primera parte es más que razonable, pero la segunda no... la empresa no puede cambiar unilateralmente el contrato de trabajo, sin el consentimiento del trabajador... Así, si el trabajador denuncia el cambio de servicio, SIGUE SIENDO OBRA Y SERVICIO.

    Una cosa son lo que pone el convenio y el estatuto (LO MÁS BENEFICIOSO PARA EL TRABAJADOR) y otra lo que dictan las sentencias... QUE ES LO QUE VA A MISA.

    Así que menos interpretar el convenio y estatuto alegremente que hay mucha jurisprudencia...

    Ej.: Art. 74, art. 7, art. 42, etc. etc.

    Veamos otro caso del convenio...

    ARTICULO 10.- Principios Generales.- La organización práctica del trabajo, con sujeción a este Convenio Colectivo Nacional y a la legislación vigente, es facultad de la Dirección de la Empresa.
    Sin merma de la autoridad que corresponde a la Dirección, los representantes de los trabajadores tendrán funciones de información, orientación y propuesta en lo relacionado con la organización y racionalización del trabajo, de conformidad con el Estatuto de los Trabajadores y demás legislación vigente.


    ARTICULO 41.- Jornada de Trabajo.- La jornada de trabajo será para los años 2005 y 2006, será de 1.788 horas anuales de trabajo efectivo en cómputo mensual a razón de 162 horas y 33 minutos y, para los años 2007 y 2008, de 1.782 horas anuales de trabajo efectivo en cómputo mensual a razón de 162 horas. No obstante, las Empresas, de acuerdo con la Representación de los Trabajadores podrán establecer fórmulas alternativas para el cálculo de la jornada mensual a realizar.
    Asimismo, si un trabajador por necesidades del servicio no pudiese realizar su jornada mensual, deberá compensar su jornada, en el mismo o distinto servicio, en los dos meses siguientes.
    .../...
    Las Empresas someterán a la aprobación de la representación de los trabajadores el correspondiente horario de trabajo de su personal y lo coordinarán en los distintos servicios para el más eficaz rendimiento. La representación de los trabajadores será informada de la organización de los turnos y relevos.
    Los trabajadores podrán intercambiarse los turnos de trabajo entre ellos, previa comunicación a la empresa con veinticuatro horas de antelación.
    En que coño quedamos...
    Art. 10.- los representantes de los trabajadores tendrán funciones de información, orientación y propuesta en lo relacionado con la organización y racionalización del trabajo
    Art. 42.- Las Empresas someterán a la aprobación de la representación de los trabajadores el correspondiente horario de trabajo de su personal

    Como puedes comprobar no se puede coger el convenio al pie de la letra. Si eres fijo de empresa (indefinido) la empresa que pierde el servicio te puede subrogar o quedarse contigo, si además eres representante sindical, eres tu quien eliges irte subrogado o quedarte en la empresa. Si eres obra y servicio, la empresa te tiene que mandar subrogado, si además eres representante sindical, hay dos opciones...
    1.- Si eres elegido de centro de trabajo, y se van todos los trabajadores del centro subrogados, te tienes que ir subrogado.
    2.- Si eres elegido representante de la empresa, eres tu quien eliges irte subrogado o quedarte.

    Y si quieres aún hay más cola que cortar, pero eso ya es de Master.

    Un saludo.
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    Mensaje por alma14 Dom 7 Feb 2010 - 5:24

    Se me olvidaba ponerte esta otra incongruencia...
    CONVENIO
    ARTICULO 41.- Jornada de Trabajo.- Asimismo, si un trabajador por necesidades del servicio no pudiese realizar su jornada mensual, deberá compensar su jornada, en el mismo o distinto servicio, en los dos meses siguientes.
    ESTATUTO
    ARTICULO 30.

    ¿Qué prima, convenio o estatuto?

    Un saludo.
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    Mensaje por Diodonea Dom 7 Feb 2010 - 6:14

    alma14 escribió:Se me olvidaba ponerte esta otra incongruencia...
    CONVENIO
    ARTICULO 41.- Jornada de Trabajo.- Asimismo, si un trabajador por necesidades del servicio no pudiese realizar su jornada mensual, deberá compensar su jornada, en el mismo o distinto servicio, en los dos meses siguientes.
    ESTATUTO
    ARTICULO 30.

    ¿Qué prima, convenio o estatuto?

    Un saludo.

    En mi contrarto no pone nada de obra y servicio, si no contrato Securitas, vaya que hoy estoy aqui y mañana alli.

    Alma, no se a donde quieres llegar, y no entiendo que quieres decirme con el contrato. yo solo se que se compañeros que se llevan mejor y que llevan menos tiempo en el servicioque yo, estan portando el arma antes que a mi, ya que a mi solo me dan las sobras, y si el mes tiene 28 dias, yo solo hago 5 dias con arma.

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    Mensaje por Diodonea Vie 12 Feb 2010 - 4:46

    Vaya, en este foro no se ayuda mucho que digamos....
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    Mensaje por alma14 Vie 12 Feb 2010 - 5:23

    Diodonea escribió:y cuando entre me dijeron que habia posibilidad de ascender a VS con Arma.

    Pues cuenta con nuestra bendición para que te den el servicio de armas...

    Diodonea escribió:le pego un tiro a mi jefe de equipo cuando me haga el relevo?

    Pues no sería mala idea, así, además del servicio armado ascenderías tu a jefe de equipo...

    ¿alguna ayudita más quieres?

    Un saludo.
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    Mensaje por Diodonea Vie 12 Feb 2010 - 14:47

    alma14 escribió:
    Diodonea escribió:y cuando entre me dijeron que habia posibilidad de ascender a VS con Arma.

    Pues cuenta con nuestra bendición para que te den el servicio de armas...

    Diodonea escribió:le pego un tiro a mi jefe de equipo cuando me haga el relevo?

    Pues no sería mala idea, así, además del servicio armado ascenderías tu a jefe de equipo...

    ¿alguna ayudita más quieres?

    Un saludo.

    con una respuesta asi, ya me doy cuenta lo mucho que sabes.

    Bueno, no te preocupes Alma, ya veo que cualquiera hace un foro, por que para ser Administrador hay que valer, hay que tener ganas de ayudar, si no para que hacer un foro, sobre vigilantes? no solo vale hacer "Copy & paste" del convenio. Imagino que si en un foro eres asi de "amable" en la vida real no andaras muy lejos.
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    Mensaje por alma14 Vie 12 Feb 2010 - 16:19

    jejejeje... no te fíes que las apariencias engañan, y yo no te voy a nombrar tu vida real, primero porque no es el tema, y segundo porque no tengo tanta imaginación como tu, pero si tuvieras más con la empresa de lo que acabas de insinuar mejor te iría... aunque lo dudo.

    Te recuerdo que has sido tu el de la idea (Diodonea escribió: le pego un tiro a mi jefe de equipo cuando me haga el relevo?), ya se que las tuyas son en clave de humor, las de los demás no... jejeje... vemos mucho la paja en el ojo ajeno, y nos descuidamos de cuidar nuestra vista.

    Pero te veo muy puesto campeón, con tanta sapiencia de tu parte no se a que esperas para crear tu un foro, podrías aconsejar a todo el mundo, total dar consejo para algunos es gratis.

    Ya sabes, si no te gusta tu mismo con tu libertad.

    Un saludo.

    PD.: Ríete más, que la risa crea buen rollito. Por esta vez las críticas al staff (que no vienen a cuento) pasan desapercibidas.
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    Mensaje por Diodonea Sáb 13 Feb 2010 - 8:01

    Mi forma de criticar al Staff, en este caso al unico que estoy criticando es a ti. y no al Staff entero, y no como Staff, si no como persona, que escribe en un foro copiando un trozo de convenio, y ya se piensa que ha ayudado, cuando en uno de mis Post, he puesto que no entendia que querias decir, y una.. o has pasado de explicarlo o no has sabido explicarlo. que sepas, que yo tambien modero un foro, aunque no sea de seguridad privada.

    si para ti o para los demas miembros del Staff consideran que esto es una critica, a lo troll, y negaiva, o lo que sea. estan equivocados. simplemente me quejo de que la forma en la que se me ha contestado, no ha sido la adecuada.

    en fin, yo por mi doy zanjado el asunto, por que no tengo ganas de dar vueltas a lo mismo, a si que si lo deseas, puedes cerrar el post, y banearme si quieres...

    un saludo
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    Mensaje por alma14 Sáb 13 Feb 2010 - 16:39

    Vaya, en este foro no se ayuda mucho que digamos....
    Será porque no se pregunta bien, para ayudar hay que tener datos, si no se dan... en vez de ayuda es hacer elucubraciones sin base sólida.

    cualquiera hace un foro, por que para ser Administrador hay que valer, hay que tener ganas de ayudar
    En eso tienes toda la razón del mundo, aunque el valer o no de administrador, no tiene que ver con el saber o no de leyes, estatuto y convenio para aconsejar, y el tener o no ganas de ayudar, personas como tu las quitan a uno.

    no solo vale hacer "Copy & paste" del convenio
    El copia y pega se pone para que interpretéis vosotros el articulado, pues cuando os dicen algo que no os interesa, somos malos.

    Imagino que si en un foro eres asi de "amable" en la vida real no andaras muy lejos.
    Imagino que a esto te refieres con la crítica personal, que por supuesto la vida privada de cada uno no viene a cuento.

    si para ti o para los demas miembros del Staff consideran que esto es una critica, a lo troll, y negaiva, o lo que sea. estan equivocados. simplemente me quejo de que la forma en la que se me ha contestado, no ha sido la adecuada.

    La forma adecuada para ti sería decirte que tienes toda la razón del mundo y que mañana vamos a barcelona a hablar con tu jefe para que te de el servicio armado. Se te ha contestado lo que pasa en el sector, y la solución la vas a tener que poner tu con los datos que te quedaste tu... ¿por qué no va a optar otro compañero de la empresa al puesto que tiene más antigüedad que vosotros y licencia de armas?.

    Un saludo.

    PD.: Como puedes observar el karma no te ha disminuido, pese a traer aquí la vida personal de mi persona y decir que no se ayuda en el foro, cosas estempóreas.
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    Mensaje por Diodonea Sáb 13 Feb 2010 - 17:43

    Cuando dices Datos, te refieres a mis datos personales?
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    Mensaje por alma14 Sáb 13 Feb 2010 - 17:57

    Diodonea escribió:Cuando dices Datos, te refieres a mis datos personales?

    NO, me refiero a datos de interés para saber que contestar.

    Ej.: Compañeros en el servicio, antigüedad en el mismo, tipos de contrato, si tienen todos la licencia o alguno la tiene que quitar, si el contrato del servicio es uno o hay dos, uno para los vigilantes sin arma y otro para los armados, datos de interés que cambian las soluciones... si la empresa tiene a más vigilantes con licencia y con más tiempo en la empresa, aunque no en el servicio. Todo lo que sea de interés para contestar bien, porque después si vas a juicio salen las sorpresas, hay es que no te dije que fulanito tenía esto y lo otro... fulanito podía tener servicio nada más de noches, o de día, consolidado.

    Un saludo.

    PD.: Nombres y apellidos, dni, o nombre del servicio, no son relevantes, aunque a veces el servicio si, pues puede estar impuesto obligatoriamente por ley.
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    Mensaje por Diodonea Sáb 13 Feb 2010 - 18:36

    Pues en el servicio actualmente somos 7, de los cuales, 5 tenemos licencia y los otros dos no la tienen, 3 de los vigilantes armados, tienen la plaza fija como VS Armado,
    el servicio consta de dos plazas, la del vigilante con Arma, que es un puesto 24 Horas, y el el otro puesto consta de un vigilante sin Arma de 22h a 6h. el resto de horas las cubre unos porteros que son de la misma empresa del cliente. excepto sabados, domingo y festivos, que ambas plazas es 24 para los VS. uno con arma, y el otro sin.
    el Vs Con Arma es que el que lleva mas o menos el servicio, la seguridad de la planta, controlar quien entra y sale, etc... y la otra plaza que la llevan los porteros, en dias laborables y los VS sin Arma las noches y finde semanas, nos dedicamos a pesar camiones, a apuntar en un ordenador los camiones que llegan con su codigo de material etc... (como se puede observar, poco de vigilante tiene)

    el año pasado, en julio, el cliente, hecho a un Vigilante Armado, y el jefe de equipo, a uno de los compañeros "A------" que habian sin licencia, a que se sacara la licencia de armas, y a mi que llevaba mas tiempo en el servicio que A------, no me la ofrecio. mas tarde cuando yo me queje, me dijo "es que tu no querias sacarte la licencia" cuando ni si quiera me lo propuso.
    en definitiva A------- se quedo con la plaza Fija de Vs Armado. pero a los dos meses, le dejo la novia y cogio la baja. segun radio macuto, estubo en el Psiquiatrico. con lo cual, el jefe de equipo, dijo que si vuelve, lo apropiado seria que no cogiera el arma.

    el jefe de equipo decidio entonces motivar a los que quedaban sin licencia, a que se la sacaran. eramos 3 sin arma, y solo 2 aprobamos el examen. mientras nos la sacabamos la licencia, entro otro chico mas sin licencia, y tambien tiene intencion de sacarsela.
    pero la idea del jefe de equipo, es que la plaza que dejo A------, se comparta entre todos los VS SIn Arma. con lo cual.....
    Actualmente Hago 5 dias al mes con Arma, y el resto lo hago sin Arma. eso si, hay que decir que los 3 vigilantes Armados ellos siguen con su plaza fija.

    seguramente, no podre denunciar.
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    Mensaje por alma14 Sáb 13 Feb 2010 - 19:31

    Hay que mirar los contratos de los servicios como son:

    Si son dos contratos distintos, o es uno solamente... eso en seguridad privada me imagino que lo sabrán.

    Quiero decir si se consideran dos servicios independientes el uno del otro por la naturaleza de los contratos.

    Servicio A: 24 h. armado.
    Servicio B: 8 h. + 24 h, finde.

    Los vigilantes armados dices que ya tienen la plaza fija, eso es normal, si llevo siete meses soy subrogable y no me pueden cambiar en 5 años, a no ser que sea un obra y servicio, que no me pueden cambiar nunca. Tampoco me pueden mandar hacer trabajo de categoría inferior, y si me lo mandan hacer tiene que estar muy justificado y con salario de mi categoría, sin pasar de tres meses creo.

    Pero si son dos contratos de seguridad, son dos puestos de trabajo distintos, dos servicios distintos (aún siendo en el mismo centro) y al personal fijo de empresa no se puede cambiar en 5 años de puesto de trabajo, eso sería mobing... así no podrías estar haciendo servicio en un lado y en otro.

    Cuando hay vacantes la empresa tiene que poner su anuncio para que el personal de la empresa que cumpla las características opte a ellas, posiblemente antes de quitar vosotros la licencia había más personas en la empresa con ella que podían optar a la plaza. En estos casos las empresas son todas PIRATAS, hacen lo que les viene en gana, y aún denunciando no se llevan las de ganar... si tienes poca antigüedad en la empresa menos aún, pues lo que consigues es el despido.

    Esa es la cruda realidad, abusan como en otras muchas cosas, pero aquí más... teniendo en cuenta que para sacar la licencia tienen que ser ellas las que mandan a la gente, ya les están dando un plus (que no debería ser) para poder tener a la gente tranquila y presionada, si protestas no te quito la licencia... algo que deberíamos de ser los vigilantes los que optáramos a ella sin pasar por la empresa, y las empresas tener que mandarnos a los ejercicios de tiro obligatorios, a todos aquellos que tuviéramos licencia.

    No estoy nada de acuerdo con el jefe de equipo, se extralimita en sus funciones, pues el tiene que organizar el servicio pero no el personal de la empresa, eso es de recursos humanos. Y menos estoy de acuerdo en que diga que fulanito no está para andar con arma, pues si el médico le da el alta, el no va a ser más que el médico, el que tendría que reclamar el puesto es el compañero que estaba ahí... ya que si no está para trabajar con arma, sin arma tampoco, y eso lo dirá el especialista.

    Un saludo.

    PD.: Complicado te lo veo.
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    Mensaje por Diodonea Sáb 13 Feb 2010 - 20:33

    Muchas gracias por la respuesta, ahora mas o menos lo tengo claro. mas o menos ya sabia que no podria hacer nada, si no patalear. solo llevo 5 años en la empresa, aunque sinceramente, preferiria que me despidieran.
    el problema de ese servicio, es que cada dos por tres el cliente cambia los horarios del puesto donde se pesan camiones. y por la crisis, decidieron quitar el puesto de 24h sin armas a poner porteros.

    fui a la empresa a hablar con el jefe de servicios, esta claro que hizo el paripe conmigo, "tomar notas, poner cara de interes, e incluso me
    invito a un cigarro" pero las cosas siguen igual.

    el problema
    esta, en que el jefe de equipo, hay que reconocerlo, que es un buen
    relaciones publicas, y sabe como convencer al jefe de servicios. con
    decir que a veces se va a jugar a Padel, con algun directivo del
    servicio... sabe meterse al bolsillo a la gente.
    incluso a mi, cuando me ha necesitado por que faltaba gente..... y cuando le sobran me trata como una porqueria.
    alguna vez habia pensado en denunciarlo por mobbing, pero con estas cosas siempre me quedo solo. sin testigos.... ni nada.
    en definitiva al jefe de servicios parece que le va bien... lo que si esta claro que no me voy a pasar toda la vida pesando camiones.

    pd: Te pido disculpas por el mal entendido de antes. te agradezco que me hayas aclarado las dudas..
    :)

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