Una conformidad supuso la rebaja de la condena impuesta a los cuatro jóvenes, que deberán indemnizar a los herederos del vigilante con 210 euros
Seis meses de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena para José Cruz Linares, Miguel Ángel Broto, Simón Gil Gregorio y Aitor López Irujo, cuatro de los cinco acusados de la lesiones infligidas a Carlos Pablo Raengo en la madrugada del 12 de febrero de 2006.
Raengo, guardia de seguridad del bar Iguana de Es Pla de Ciutadella fue golpeado por los cuatro condenados cuando medió en la pelea iniciada por éstos, falleciendo pocos días después a consecuencia de un fallo orgánico general, no relacionado con la agresión sufrida, según el informe médico forense.
Las penas impuestas a los imputados, dos de ellos con antecedentes penales –a excepción de O.W.R. R., quien resultó absuelto–, suponen una rebaja de las solicitadas inicialmente tanto por el Ministerio Fiscal, que pedía entre tres y cuatro años de prisión, como por la acusación particular que demandaba cuatro.
Esta reducción se explica por la conformidad alcanzada ayer entre las partes, que implicó que los acusados reconocieran su participación en los hechos, algo que siempre habían negado, a cambio de penas inferiores a las solicitadas, manteniéndose la obligación de indemnizar solidariamente a los herederos de Raengo la cantidad de 210 euros por las lesiones sufridas.
Al término del acto, los familiares y amigos de la víctima, entre ellos el compañero que trabajaba la noche de la agresión, mostraban su contrariedad por el acuerdo alcanzado. Pese a las conclusiones de los forenses, que descartaron relación de causalidad entre el fallecimiento de Raengo y la paliza recibida, aquéllos se resistían a aceptar que nada tuvo que ver una cosa con la otra.
La defensa de Raengo, representada por el abogado Emilio Zegri, se mostraba moderadamente satisfecha con la resolución judicial, que es firme. “Las conformidades siempre son difíciles de entender para la opinión pública, pero en este caso la prueba hubiera dificultado una sentencia condenatoria. Con el acuerdo, los acusados han confesado que cometieron el delito, algo que siempre habían negado, y cabe pensar que se lo pensarán dos veces a la hora de volver a actuar así porque tienen antecedentes”, explicó Zegrí.
Respecto de la entrada en prisión de los condenados (uno de ellos lo está por otra causa), habrá que esperar a la ejecución de la sentencia, según informaron los letrados.
El final de un caso con una instrucción policial dudosa
Con el acto celebrado ayer en el Juzgado de lo Penal de Maó se pone punto y final a la agresión sufrida por Carlos Pablo Raengo la madrugada del 12 de febrero de 2006, cuando los cuatro condenados, que contaban entre 21 y 25 años de edad, golpearon con un taburete, patadas y puñetazos al vigilante de seguridad, causándole heridas que requirieron puntos de sutura y siete días para su curación y una cicatriz sin perjuicio estético, según el informe forense. El caso cobró relevancia al fallecer la víctima a los pocos días de la agresión como consecuencia de un fallo orgánico no relacionado con la paliza, conforme la autopsia practicada, y debido a las dudas que originó la parte de la instrucción del caso, en concreto el atestado que se practicó en Maó, en el que las declaraciones efectuadas por los jóvenes eran prácticamente idénticas. Las amenazas a los testigos, el hecho de que los acusados no declararan ante la Policía Nacional hasta tres días después del incidente o la imposibilidad de contar con las imágenes de la cámara de vídeo complicaron la clarificación de los hechos.
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