Las pensiones de los funcionarios cuestan 530 euros a cada familia
Publicado el 20-02-10 , por M. Tejo
La reforma de pensiones anunciada por el Gobierno ha pillado al contribuyente en una situación delicada. El presidente insiste en que hay que trabajar más años en pro de garantizar la viabilidad del sistema público de pensiones, aunque este reclamo no es igual de exigente para todos.
Según el plan del Gobierno, los trabajadores de a pie (mayoritariamente encuadrados en el Régimen General) están abocados a trabajar más años para asegurar las pensiones de sus descendientes, si bien por ahora no se sabe si esta regla solidaria afectará también al personal del Estado, que hoy por hoy puede abandonar a los 60 años el mundo laboral sin ver perjudicada su pensión, siempre que acumulen 35 años de servicio.
La disparidad de esfuerzo no acaba ahí. Los empleados del sector privado son la pieza clave para sostener las pensiones de los funcionarios que dependen de la Administración central. De hecho, este año cada familia aportará 530 euros de media a este fin.
Esto es así porque el medio millón de efectivos del Estado tiene un convenio especial dentro de la Seguridad Social. Su funcionamiento es simple: el personal público aporta anualmente cuotas sociales, pero no son suficientes para garantizar sus pagas de retiro, de modo que se complementan vía impuestos.
La crítica de los expertos a este Régimen Especial radica en que si bien el personal estatal no colabora a pagar las jubilaciones del resto de empleados (debido a que su caja de pensiones está separada) a éstos sí que se les exige arrimar el hombro para pagar las suyas. “Es un sistema totalmente subvencionado”, razona José Antonio Herce, analista de Afi.
Así, los Presupuestos de 2010 prevén que las cuotas de los funcionarios sumarán 1.110 millones de euros (1.088, en el avance de la liquidación), mientras que el gasto total necesario es de 9.804 millones. Dicho de otro modo, las cuotas aportadas sólo cubren el 11% de los gastos. El resto –8.694 millones– se costea con impuestos.
El orden de la Seguridad Social
1. La inmensa mayoría de los trabajadores pertenecen al Régimen General. Las aportaciones que hacen durante su vida laboral se usan para pagar a los que se van retirando.
Los ciudadanos aportan el 89% de la partida que costea la jubilación del personal del Estado
2. Los funcionarios del Estado están en un régimen especial (“clases pasivas”). Es decir tienen su propia 'caja' de pensiones que sólo se usa para sufragar sus jubilaciones, no las del resto.
3. Son clases pasivas además de los funcionarios del Estado y Fuerzas Armadas, antiguo personal del Ministerio de Educación (materia luego transferida a las regiones).
4. Dado que las cuotas del personal público no son suficientes para costear a todos los que se jubilan, el Estado se apoya en el resto de contribuyentes para cubrir los gastos, vía impuestos.
5. Los funcionarios autonómicos o locales sí están en el Régimen General. Esto significa que sus cuotas se utilizan indiferentemente para pagar a empleados públicos o no.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Publicado el 20-02-10 , por M. Tejo
La reforma de pensiones anunciada por el Gobierno ha pillado al contribuyente en una situación delicada. El presidente insiste en que hay que trabajar más años en pro de garantizar la viabilidad del sistema público de pensiones, aunque este reclamo no es igual de exigente para todos.
Según el plan del Gobierno, los trabajadores de a pie (mayoritariamente encuadrados en el Régimen General) están abocados a trabajar más años para asegurar las pensiones de sus descendientes, si bien por ahora no se sabe si esta regla solidaria afectará también al personal del Estado, que hoy por hoy puede abandonar a los 60 años el mundo laboral sin ver perjudicada su pensión, siempre que acumulen 35 años de servicio.
La disparidad de esfuerzo no acaba ahí. Los empleados del sector privado son la pieza clave para sostener las pensiones de los funcionarios que dependen de la Administración central. De hecho, este año cada familia aportará 530 euros de media a este fin.
Esto es así porque el medio millón de efectivos del Estado tiene un convenio especial dentro de la Seguridad Social. Su funcionamiento es simple: el personal público aporta anualmente cuotas sociales, pero no son suficientes para garantizar sus pagas de retiro, de modo que se complementan vía impuestos.
La crítica de los expertos a este Régimen Especial radica en que si bien el personal estatal no colabora a pagar las jubilaciones del resto de empleados (debido a que su caja de pensiones está separada) a éstos sí que se les exige arrimar el hombro para pagar las suyas. “Es un sistema totalmente subvencionado”, razona José Antonio Herce, analista de Afi.
Así, los Presupuestos de 2010 prevén que las cuotas de los funcionarios sumarán 1.110 millones de euros (1.088, en el avance de la liquidación), mientras que el gasto total necesario es de 9.804 millones. Dicho de otro modo, las cuotas aportadas sólo cubren el 11% de los gastos. El resto –8.694 millones– se costea con impuestos.
El orden de la Seguridad Social
1. La inmensa mayoría de los trabajadores pertenecen al Régimen General. Las aportaciones que hacen durante su vida laboral se usan para pagar a los que se van retirando.
Los ciudadanos aportan el 89% de la partida que costea la jubilación del personal del Estado
2. Los funcionarios del Estado están en un régimen especial (“clases pasivas”). Es decir tienen su propia 'caja' de pensiones que sólo se usa para sufragar sus jubilaciones, no las del resto.
3. Son clases pasivas además de los funcionarios del Estado y Fuerzas Armadas, antiguo personal del Ministerio de Educación (materia luego transferida a las regiones).
4. Dado que las cuotas del personal público no son suficientes para costear a todos los que se jubilan, el Estado se apoya en el resto de contribuyentes para cubrir los gastos, vía impuestos.
5. Los funcionarios autonómicos o locales sí están en el Régimen General. Esto significa que sus cuotas se utilizan indiferentemente para pagar a empleados públicos o no.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Vie 24 Mar 2023 - 17:25 por alma14
» Felices fiestas
Sáb 25 Dic 2021 - 7:00 por alma14
» Excedencia y posterior pedida de la habilitación
Sáb 25 Dic 2021 - 6:57 por alma14
» BAJA
Vie 15 Oct 2021 - 17:51 por Invitado
» Limpieza total
Mar 11 Ago 2020 - 17:45 por cliper91
» Juicio y vacaciones
Lun 10 Ago 2020 - 23:53 por alma14
» Necesito ayuda sobre el tema de requisitos de Escolta Privado
Lun 11 Mayo 2020 - 12:45 por escolta63
» que es un impacto negativo
Lun 11 Mayo 2020 - 12:43 por escolta63
» pregunta temario escolta
Lun 11 Mayo 2020 - 12:39 por escolta63
» Artículo de Alba
Lun 11 Mayo 2020 - 8:52 por alma14
» El TSJC rechaza el despido de dos gerocultoras por negarse a preparar medicación
Mar 25 Feb 2020 - 14:21 por alma14
» Comparativa Sueldos Vigilantes USA vs Alemania vs Francia vs España Por Toni -
Lun 24 Feb 2020 - 11:10 por alma14
» La empresa no puede exigir recuperar los días de asuntos propios
Lun 2 Dic 2019 - 17:05 por alma14
» El despido durante la baja médica ya es despido nulo
Lun 2 Dic 2019 - 16:49 por alma14
» Permiso retribuido en elecciones generales
Dom 3 Nov 2019 - 10:06 por alma14
» Venta de Corsys de Seguridad
Jue 12 Sep 2019 - 13:56 por popazo09
» Vigilantes barcelona
Miér 10 Jul 2019 - 15:34 por Iliess
» Infarto como accidente de trabajo
Mar 9 Jul 2019 - 19:54 por alma14
» convenio 2021
Mar 9 Jul 2019 - 19:46 por errnovato
» Tiempo TIP
Mar 9 Jul 2019 - 19:19 por alma14