TSJA declara legal el despido del hermano del asesino confeso.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha declarado legal el despido de Francisco Javier D.M., hermano mayor del asesino confeso de Marta del Castillo, cuyo contrato como vigilante de seguridad fue rescindido cuando ingresó en prisión como presunto cómplice del crimen.
La Sala de lo Social del TSJA, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, dice que en el caso se dio la causa de "despido disciplinario" previsto en el Estatuto de los Trabajadores, pues Francisco Javier "trasgredió la buena fe contractual y la relación de confianza que debe presidir la relación laboral".
Dicha confianza "quedó truncada tras la incoación de unas diligencias previas por delitos que, dada la categoría laboral de vigilante de seguridad, afectan a la imagen corporativa de la empresa".
Francisco Javier, de 40 años, que pasó tres meses en prisión como encubridor del crimen de Marta del Castillo, se enfrenta a una petición de la Fiscalía de Sevilla de ocho años de cárcel por presuntos delitos de encubrimiento, amenazas y contra la integridad moral de los padres de la víctima.
En febrero de 2009, a los cuatro días de su encarcelamiento, fue despedido por la empresa Prosegur, por lo que el abogado de Francisco Javier alegó que se trató de un despido improcedente pues la prisión provisional no es causa legal de rescisión de contrato.
Ahora, el TSJA confirma la decisión del juez de lo Social 9 y dice que en el derecho laboral no existe la presunción de inocencia, que es de "aplicación exclusiva en el ámbito penal".
"La finalidad del proceso de despido no es la declaración de culpabilidad del despedido, sino que el debate se centra en si existe o no, a la luz del derecho laboral, una causa justificadora del despido disciplinario", dicen los jueces.
En el caso de Francisco Javier, sostienen que "la imputación de un delito muy grave no puede ser baladí para las relaciones laborales, ya que de algún modo supone una conducta contraria al patrón de rectitud y honestidad que guía esa relación".
Más aún -añade el fallo- al ser vigilante de seguridad, que exige a esa profesión "una especial honorabilidad por desempeñar funciones relacionadas con la guarda y custodia de las personas y los bienes ajenos".
La presunta participación en "hechos delictivos de notoria gravedad" no se ajusta "a los parámetros de honorabilidad y ética exigibles en esta sociedad", dicen los jueces.
Prosegur, defendida por el letrado José Ignacio Bidón, había contratado a Francisco Javier en diciembre de 2004, al subrogarse la relación que el imputado mantenía desde 1999 con la empresa Grupo Hispano Vigilancia y Protección.
El TSJA, por otra parte, rechaza la petición de Francisco Javier de que su sueldo a efectos de despido se eleve de los 37,38 euros diarios fijados en sentencia a 53,11 euros, lo que explicó porque su ingreso en prisión le impidió acceder a su domicilio, que además estaba precintado por ser escenario del crimen de Marta.
Fuentes del caso han informado a Efe de que esta sentencia es recurrible en casación ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, si bien este tipo de recursos no suelen ser admitidos a trámite.
Fuente: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Vie 24 Mar 2023 - 17:25 por alma14
» Felices fiestas
Sáb 25 Dic 2021 - 7:00 por alma14
» Excedencia y posterior pedida de la habilitación
Sáb 25 Dic 2021 - 6:57 por alma14
» BAJA
Vie 15 Oct 2021 - 17:51 por Invitado
» Limpieza total
Mar 11 Ago 2020 - 17:45 por cliper91
» Juicio y vacaciones
Lun 10 Ago 2020 - 23:53 por alma14
» Necesito ayuda sobre el tema de requisitos de Escolta Privado
Lun 11 Mayo 2020 - 12:45 por escolta63
» que es un impacto negativo
Lun 11 Mayo 2020 - 12:43 por escolta63
» pregunta temario escolta
Lun 11 Mayo 2020 - 12:39 por escolta63
» Artículo de Alba
Lun 11 Mayo 2020 - 8:52 por alma14
» El TSJC rechaza el despido de dos gerocultoras por negarse a preparar medicación
Mar 25 Feb 2020 - 14:21 por alma14
» Comparativa Sueldos Vigilantes USA vs Alemania vs Francia vs España Por Toni -
Lun 24 Feb 2020 - 11:10 por alma14
» La empresa no puede exigir recuperar los días de asuntos propios
Lun 2 Dic 2019 - 17:05 por alma14
» El despido durante la baja médica ya es despido nulo
Lun 2 Dic 2019 - 16:49 por alma14
» Permiso retribuido en elecciones generales
Dom 3 Nov 2019 - 10:06 por alma14
» Venta de Corsys de Seguridad
Jue 12 Sep 2019 - 13:56 por popazo09
» Vigilantes barcelona
Miér 10 Jul 2019 - 15:34 por Iliess
» Infarto como accidente de trabajo
Mar 9 Jul 2019 - 19:54 por alma14
» convenio 2021
Mar 9 Jul 2019 - 19:46 por errnovato
» Tiempo TIP
Mar 9 Jul 2019 - 19:19 por alma14