En estos casos dicha obligación radica en el lugar de trabajo, en el ejercicio de sus funciones, y siempre relacionado con los bienes y personas objeto de protección.
Por ejemplo, si el peligro o riesgo procede del exterior
Si estás en un concierto y hay peligro fuera del recinto, tendrás que seguir las instrucciones de los CC.FF.S.E., lo que quiere decir es que no puedes actuar por tu cuenta, siempre bajo su requerimiento que son los responsables del exterior, pero si la cosa es en una empresa que no tiene nada que ver "con los bienes y personas objeto de protección", que se vayan buscando a otro que tu estás currando.
Porque lo deja bien claro...
En estos casos dicha obligación radica en el lugar de trabajo, en el ejercicio de sus funciones,
y siempre relacionado con los bienes y personas objeto de protección.
Os acordáis del municipal que no acudió a la pista de hielo que tenía enfrente... sin responsabilidad, pues no podía abandonar el servicio.
Os acordáis del vigilante detenido por parar a la policía a la entrada de la cruz roja en canarias en el centro de emigrantes... al juzgado y libre.
Lo que dice la secretaría está muy bien, pero lo hay que leer... y lo que yo no leo muy bien es...
b) Comunicación de informaciones y colaboración en investigaciones.
Este deber genérico para todos los ciudadanos adquiere especial relevancia para el personal de seguridad privada, de tal forma que existe, no sólo en el lugar de prestación de los servicios y en el ejercicio de sus funciones, sino también fuera de ellas, aunque debe entenderse que el incumplimiento de tal deber sólo sería sancionable en situaciones derivadas o relacionadas con el ejercicio de sus funciones.
En cuanto a la forma de efectuar la comunicación, no hay ningún procedimiento regulado, por lo que puede efectuarse directamente por el vigilante de seguridad o a través de su jefe de seguridad, si lo tuviera.
La forma no está regulada siquiera... y lo más chocante, es que duda si el vigilante tiene jefe de seguridad o no. Todas las empresas tienen jefe de seguridad, por tanto el vigilante siempre tiene jefe de seguridad... eso sí, puede que no esté en su provincia.
Un saludo.
PD.: La policía suele patinar algunas veces, muchas más de las que quisiéramos. Y no te cuento si hablas de la ley de seguridad privada con policías que no pertenecen al departamento de seguridad privada. NPI.
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