La UCSP acepta el Acceso para mayores de 25 años como equivalente a Bachiller, pero no el Acceso para mayores de 40 y 45 años.
El artículo 54.4 del Real Decreto 4/2008, de 11 de enero, por el que se
modifican determinados artículos del Reglamento de Seguridad Privada,
establece que para su habilitación los Jefes de Seguridad y Directores
deberán “estar en posesión del título de Bachiller, de Técnico Superior,
de Técnico en las profesiones que se determinen, u otros equivalentes a
efectos profesionales, o superiores”.
Establecer estas
equivalencias es competencia del Ministerio de Educación, concretamente
de la Subdirección General de Ordenación Académica de la Secretaría de
Estado de Educación y Formación Profesional, y vienen recogidas en la
Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo, por la que se modifica la Orden
EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias
con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de
Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, que en el artículo 4, apartado 3, dice:
“La superación
de la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años, será
equivalente al título de Bachiller, a los únicos efectos de acceso a
empleos públicos y privados, siempre que se acredite alguno delos
siguientes requisitos, o bien estar en posesión del título de Graduado
en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos académicos o
profesionales, o bien haber superado al menos 15 créditos ECTS de los
estudios universitarios”.
Por lo tanto, la simple superación, por
si sola, de la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25
años, no es equivalente al Bachiller y su obtención no capacita para
realizar las pruebas de habilitación para Jefe o Director de Seguridad,
salvo que, además de haber superado dicha prueba, acredite que está en
posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o
que ha superado 15 o más créditos ECTS de los estudios universitarios.
Conclusión
Aunque
en la consulta no se especifica la edad, se significa que los accesos a
la universidad para mayores de 40 o 45 años no son equivalentes a
efectos profesionales con el Bachiller, y que sólo tienen efectos
académicos.
Unidad Central de Seguridad Privada
Ministerio del Interior
Fuente: Boletín SEGURPRI nº33
Fecha: Noviembre 2011
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