El Tribunal Supremo ha condenado a un ciudadano de Santa Cruz de Tenerife a pagar 300 euros a un vecino por instalar unas cámaras de seguridad en su vivienda con las que grababa las entradas y salidas de la casa colindante. Además, para conseguir mejor resolución, Gunter R. instaló unos potentes focos con los que captar a los viandantes nocturnos.
Carmelo G.ya había denunciado a su conciudadano en 2007, pero un Juzgado de Primera Instancia la desestimó porque consideró que no se habían aportado pruebas de que el propósito de Gunter no fuera otro que el de velar por la seguridad de su hogar. Esta negativa no terminó con la lucha de Carmelo que acudió a la Audiencia Provincial para recurrir esta decisión.
Y ésta le dió la razón: «El hecho de que pueda apreciarse tangencialmente a alguien entrando o saliendo, sin poder determinar siquiera quién es por alguno de esos accesos afecta a la esfera íntima del actor», argumentó el Tribunal. Esta instancia acordó que se retiraran las cámaras y que Carmelo percibiera 300 euros como indemnización por los daños y perjuicios ocasionados. «La instalación de los focos es una molestia adicional», concluye el Alto Tribunal.
La crisis y la picaresca española han contribuído al aumento de la demanda de sistemas de seguridad y, en especial de cámaras de vigilancia por el incremento de los robos en viviendas, una medida con la que los expertos en leyes no están de acuerdo: «No puede haber intromisiones en el ámbito privado», asegura José Luis Armengol, juez decano de Madrid. El límite de la privacidad es un aspecto poco desarrollado dentro de la normativa española y por ello siempre se aboga por los derechos constitucionales para resolver este tipo de conflictos: «Aunque no me parece descabellado utilizar estas cámaras, su colocación debería estar promovida por una orden judicial para preservar, con garantías, el ámbito privado», añade Pablo Hernando, letrado experto en propiedad privada.
Destrozos en el coche
Son numerosos los casos de vecinos despechados que tienen como objetivo hacerle la vida imposible al de al lado. Por eso se han multiplicado la instalación de cámaras ocultas para «pillar» al maleante. Es el caso de María Luisa que, después de seis años sufriendo diversos destrozos en su coche, decidió, junto a otro dos damnificados, colocar una cámara sin que el resto de los vecinos lo supieran para dar con el causante. «Cuando descubrimos quién era, llevamos el vídeo a la Policía pero la grabación era borrosa y no pudimos tramitar la denuncia. En ningún momento nos comentaron que la cinta era ilegal», asegura. «Las restricciones son necesarias sobre todo porque la privacidad es una idea que se apoya en la Constitución», añade Hernando.
Las cámaras se han convertido en parte del moviliario urbano y por eso no sorprende que cada vez sean más los municipios que abogan por esta medida para controlar zonas conflictivas. En Salamanca, por ejemplo, se colocaron 16 cámaras a finales de 2009. Todas ellas funcionan bajo la supervisión de una Comisión de Videovigilancia que autoriza los lugares y los horarios durante las que graban. Las cintas se conservan durante un mes salvo que estén relacionadas con infracciones penales o administrativas graves en materia de seguridad pública. Así, las cámaras deben estar señalizadas.
La SGAE tuvo que pagar 30.000 euros
La Agencia de Protección de Datos multó a la Sociedad General de Autores (SGAE) con 30.000 euros de multa por instalar cámaras de seguridad en su sede de Santiago de Compostela. El Movemento polos Dereitos Civís denunció en mayo del 2009 que las cámaras instaladas en Arteria Noroeste, la sede de los autores situada en la compostelana rúa Salvadas, enfocaban a la vía pública, en contra de la normativa municipal. La resolución tiene en cuenta, no obstante, que la instalación de las cámaras en el exterior del edificio «respondía a la intención de proteger el mismo de actos vandálicos» y que el sistema fue instalado por una empresa de seguridad privada.
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Carmelo G.ya había denunciado a su conciudadano en 2007, pero un Juzgado de Primera Instancia la desestimó porque consideró que no se habían aportado pruebas de que el propósito de Gunter no fuera otro que el de velar por la seguridad de su hogar. Esta negativa no terminó con la lucha de Carmelo que acudió a la Audiencia Provincial para recurrir esta decisión.
Y ésta le dió la razón: «El hecho de que pueda apreciarse tangencialmente a alguien entrando o saliendo, sin poder determinar siquiera quién es por alguno de esos accesos afecta a la esfera íntima del actor», argumentó el Tribunal. Esta instancia acordó que se retiraran las cámaras y que Carmelo percibiera 300 euros como indemnización por los daños y perjuicios ocasionados. «La instalación de los focos es una molestia adicional», concluye el Alto Tribunal.
La crisis y la picaresca española han contribuído al aumento de la demanda de sistemas de seguridad y, en especial de cámaras de vigilancia por el incremento de los robos en viviendas, una medida con la que los expertos en leyes no están de acuerdo: «No puede haber intromisiones en el ámbito privado», asegura José Luis Armengol, juez decano de Madrid. El límite de la privacidad es un aspecto poco desarrollado dentro de la normativa española y por ello siempre se aboga por los derechos constitucionales para resolver este tipo de conflictos: «Aunque no me parece descabellado utilizar estas cámaras, su colocación debería estar promovida por una orden judicial para preservar, con garantías, el ámbito privado», añade Pablo Hernando, letrado experto en propiedad privada.
Destrozos en el coche
Son numerosos los casos de vecinos despechados que tienen como objetivo hacerle la vida imposible al de al lado. Por eso se han multiplicado la instalación de cámaras ocultas para «pillar» al maleante. Es el caso de María Luisa que, después de seis años sufriendo diversos destrozos en su coche, decidió, junto a otro dos damnificados, colocar una cámara sin que el resto de los vecinos lo supieran para dar con el causante. «Cuando descubrimos quién era, llevamos el vídeo a la Policía pero la grabación era borrosa y no pudimos tramitar la denuncia. En ningún momento nos comentaron que la cinta era ilegal», asegura. «Las restricciones son necesarias sobre todo porque la privacidad es una idea que se apoya en la Constitución», añade Hernando.
Las cámaras se han convertido en parte del moviliario urbano y por eso no sorprende que cada vez sean más los municipios que abogan por esta medida para controlar zonas conflictivas. En Salamanca, por ejemplo, se colocaron 16 cámaras a finales de 2009. Todas ellas funcionan bajo la supervisión de una Comisión de Videovigilancia que autoriza los lugares y los horarios durante las que graban. Las cintas se conservan durante un mes salvo que estén relacionadas con infracciones penales o administrativas graves en materia de seguridad pública. Así, las cámaras deben estar señalizadas.
La SGAE tuvo que pagar 30.000 euros
La Agencia de Protección de Datos multó a la Sociedad General de Autores (SGAE) con 30.000 euros de multa por instalar cámaras de seguridad en su sede de Santiago de Compostela. El Movemento polos Dereitos Civís denunció en mayo del 2009 que las cámaras instaladas en Arteria Noroeste, la sede de los autores situada en la compostelana rúa Salvadas, enfocaban a la vía pública, en contra de la normativa municipal. La resolución tiene en cuenta, no obstante, que la instalación de las cámaras en el exterior del edificio «respondía a la intención de proteger el mismo de actos vandálicos» y que el sistema fue instalado por una empresa de seguridad privada.
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