El Parlamento Vasco ha aprobado hoy la Ley de Caza que incrementa en 100 metros, con respecto a la regulación que existía hasta ahora, la distancia de seguridad para cazar en torno a núcleos urbanos y rurales por lo que ese límite queda fijado en 200 metros.
La caza estaba regulada hasta ahora por una normativa estatal de 1970, a pesar de que el País Vasco cuenta con la competencia en esta materia, y por reglamentos con la misma antigüedad.
Durante el pleno que hoy celebra el Parlamento Vasco se ha dado luz verde a la nueva ley tras el debate de varias de las enmiendas.
El grueso del dictamen ha sido aprobado con los votos a favor de PNV, PSE-EE, PP y UPyD, mientras que Aralar y EA se han abstenido y EB ha votado en contra.
La consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, Pilar Unzalu, ha destacado que esta norma establece un marco jurídico que regula la práctica cinegética "con garantías para la seguridad y la protección de los recursos naturales".
Unzalu ha subrayado el "amplio consenso" alcanzado en torno a esta ley que ha contado con la participación activa de las instituciones forales, que son quienes tienen que desarrollar la ley.
La Ley, con 65 artículos, introduce clasificaciones de los terrenos de cara a la actividad cinegética con "zonas de caza controlada" y "cotos de caza", según ha explicado el Departamento vasco de Medio Ambiente.
Asimismo crea nuevas zonas de seguridad y por ejemplo establece un límite de distancia de seguridad de 200 metros en torno a núcleos urbanos, rurales, agroturismos o casas rurales y de 100 metros alrededor de edificios habitables aislados como chalés o caseríos.
La consejera ha indicado que la actividad cinegética que se desarrolla en el medio natural "debe ser compatible con la protección de los recursos naturales, asegurando pautas de desarrollo sostenible en el medio rural".
"Esta ordenación debe garantizar tanto la sostenibilidad de los recursos cinegéticos, como la protección del resto de la fauna silvestre" y la compatibilidad de la caza con otros usos del territorio, ha añadido.
La nueva normativa establece que el aprovechamiento de los recursos cinegéticos se realizará conforme a una planificación de los mismos, con un criterio de sostenibilidad.
Se prohíbe la tenencia y el uso de munición que contenga plomo durante el ejercicio de la caza cuando ésta se practique en zonas húmedas incluidas en los Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales.
La vigilancia de la caza se atribuye al personal funcionario de las diputaciones forales con atribuciones en la materia, a las Fuerzas de Seguridad y al personal contratado como guardas particulares.
También se ordena establecer reglamentariamente las especies que puedan ser objeto de caza para responder a una reiterada exigencia de la Comisión Europea.
La Ley recoge la prohibición de cazar en "días de fortuna", en días de nieve o niebla, sin que para ello sea necesaria una declaración expresa de la autoridad para la vigencia de la prohibición.
Se han agrupado las infracciones en tres categorías, muy graves, graves y leves, en lugar de las cuatro existentes en la actualidad.
También se reconoce a las federaciones de caza como entidades colaboradoras y les da la posibilidad de gestionar terrenos cinegéticos, lo que hasta ahora quedaba limitado a las "sociedades de cazadores", que ahora, pasan a llamarse "sociedades de caza". EFE rmv/ep
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La caza estaba regulada hasta ahora por una normativa estatal de 1970, a pesar de que el País Vasco cuenta con la competencia en esta materia, y por reglamentos con la misma antigüedad.
Durante el pleno que hoy celebra el Parlamento Vasco se ha dado luz verde a la nueva ley tras el debate de varias de las enmiendas.
El grueso del dictamen ha sido aprobado con los votos a favor de PNV, PSE-EE, PP y UPyD, mientras que Aralar y EA se han abstenido y EB ha votado en contra.
La consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, Pilar Unzalu, ha destacado que esta norma establece un marco jurídico que regula la práctica cinegética "con garantías para la seguridad y la protección de los recursos naturales".
Unzalu ha subrayado el "amplio consenso" alcanzado en torno a esta ley que ha contado con la participación activa de las instituciones forales, que son quienes tienen que desarrollar la ley.
La Ley, con 65 artículos, introduce clasificaciones de los terrenos de cara a la actividad cinegética con "zonas de caza controlada" y "cotos de caza", según ha explicado el Departamento vasco de Medio Ambiente.
Asimismo crea nuevas zonas de seguridad y por ejemplo establece un límite de distancia de seguridad de 200 metros en torno a núcleos urbanos, rurales, agroturismos o casas rurales y de 100 metros alrededor de edificios habitables aislados como chalés o caseríos.
La consejera ha indicado que la actividad cinegética que se desarrolla en el medio natural "debe ser compatible con la protección de los recursos naturales, asegurando pautas de desarrollo sostenible en el medio rural".
"Esta ordenación debe garantizar tanto la sostenibilidad de los recursos cinegéticos, como la protección del resto de la fauna silvestre" y la compatibilidad de la caza con otros usos del territorio, ha añadido.
La nueva normativa establece que el aprovechamiento de los recursos cinegéticos se realizará conforme a una planificación de los mismos, con un criterio de sostenibilidad.
Se prohíbe la tenencia y el uso de munición que contenga plomo durante el ejercicio de la caza cuando ésta se practique en zonas húmedas incluidas en los Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales.
La vigilancia de la caza se atribuye al personal funcionario de las diputaciones forales con atribuciones en la materia, a las Fuerzas de Seguridad y al personal contratado como guardas particulares.
También se ordena establecer reglamentariamente las especies que puedan ser objeto de caza para responder a una reiterada exigencia de la Comisión Europea.
La Ley recoge la prohibición de cazar en "días de fortuna", en días de nieve o niebla, sin que para ello sea necesaria una declaración expresa de la autoridad para la vigencia de la prohibición.
Se han agrupado las infracciones en tres categorías, muy graves, graves y leves, en lugar de las cuatro existentes en la actualidad.
También se reconoce a las federaciones de caza como entidades colaboradoras y les da la posibilidad de gestionar terrenos cinegéticos, lo que hasta ahora quedaba limitado a las "sociedades de cazadores", que ahora, pasan a llamarse "sociedades de caza". EFE rmv/ep
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