hola compañeros en primer lugar deciros que soy nuevo en este foro y saludaros a todos mi pregunta es la siguiente cuanto tiempo de comida tenemos en un servicio de doce horas yo estoy de patrulla en una urbanizacion ya se que en la mayoria de servicios ese no es un problema pero en e mi caso si gracias.-
4 participantes
tiempo de comida
fran42- Cantidad de envíos : 1
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Fecha de inscripción : 22/11/2011
- Mensaje n°1
tiempo de comida
SARGENTO DE HIERRO- Colaborador
Cantidad de envíos : 3654
Localización : ESPAÑA
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Fecha de inscripción : 01/11/2010
- Mensaje n°2
Re: tiempo de comida
Por desgracia para todos las empresas no tienen la obligacion de pagar como tiempo efectivo el tiempo que el trabajador utiice para comer , si es que existe acuerdo sobre ello.
Esto a modo de ejempo quiere decir que si tu jornada es de 12 horas y necesitas 45 minutos para comer , la empresa deberia mandarte un relevo y esos 45 minutos que utilizas para comer no se te computaria como tiempo efectivo de trabajo.
Otro tema es lo que ordena el Articulo 34.4 ET en su seccion 5 tiempo de trabajo.
.
Siempre que la duración de la jornada diaria continuada exceda de seis horas, deberá establecerse un período de descanso durante la misma
de duracion no inferior a quince minutos. Este período de descanso se considerará tiempo de trabajo efectivo cuando así esté establecido o
se establezca por convenio colectivo o contrato de trabajo
Asi es que la solucion es comer en esos 15 minutos , que la empresa te mande un relevo y no te compute ese tiempo como trabajo efectivo , o lo mas habitual comer cuando puedas si el cliente lo permite.
Esto a modo de ejempo quiere decir que si tu jornada es de 12 horas y necesitas 45 minutos para comer , la empresa deberia mandarte un relevo y esos 45 minutos que utilizas para comer no se te computaria como tiempo efectivo de trabajo.
Otro tema es lo que ordena el Articulo 34.4 ET en su seccion 5 tiempo de trabajo.
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Siempre que la duración de la jornada diaria continuada exceda de seis horas, deberá establecerse un período de descanso durante la misma
de duracion no inferior a quince minutos. Este período de descanso se considerará tiempo de trabajo efectivo cuando así esté establecido o
se establezca por convenio colectivo o contrato de trabajo
Asi es que la solucion es comer en esos 15 minutos , que la empresa te mande un relevo y no te compute ese tiempo como trabajo efectivo , o lo mas habitual comer cuando puedas si el cliente lo permite.
alma14- Admin
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Fecha de inscripción : 05/02/2008
- Mensaje n°3
Re: tiempo de comida
Bienvenido al foro... si renuncias a tus derechos no puedes exigirlos. Y te digo esto porque lo de 12 horas es totalmente ilegal... ¿cuántas horas te pagas de esas 12 como extras? ¿no sabes que los trabajadores nocturnos tienen prohibido la realización de horas extra?.
Claro que es un problema para ti, pues la jornada máxima por Ley para ti es de 8 horas... si haces más no puedes reclamar la ilegalidad de la misma.
Un saludo.
Claro que es un problema para ti, pues la jornada máxima por Ley para ti es de 8 horas... si haces más no puedes reclamar la ilegalidad de la misma.
Un saludo.
abuelo- Aprendiz
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Fecha de inscripción : 23/03/2011
- Mensaje n°4
Re: tiempo de comida
no estoi de acuerdo contigo alma, sobre todo las horas extras las computa a partir de 162 horas al mes y no el jornada de 8 horas.
y me remito en lo siguiente cuando te coges las vacaciones dividen la jornada no es de 8 horas diarias no dividen las 162 por 30 31 dias que sale a 5,4 y si no es asi los jueces tampoco se ponen de acuerdo.
y me remito en lo siguiente cuando te coges las vacaciones dividen la jornada no es de 8 horas diarias no dividen las 162 por 30 31 dias que sale a 5,4 y si no es asi los jueces tampoco se ponen de acuerdo.
alma14- Admin
- Cantidad de envíos : 16587
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Fecha de inscripción : 05/02/2008
- Mensaje n°5
Re: tiempo de comida
Por eso eulen tiene un acta de inspección de trabajo en dónde le dice que la jornada máxima es de 9 horas, y que una hora es extra...
Puedes estar de acuerdo o no, que no lo discuto, pero según tu teoría, te podrían poner a trabajar las 162 horas seguidas en un mes y descansar el resto del mes.
Es ilegal hacer horas extra el trabajador nocturno, aquí puedes o no estar de acuerdo, pero lo cierto es que es ilegal y hay actas de infracción a empresas por la realización de horas extras los trabajadores nocturnos.
Es ilegal hacer más de 9 horas de jornada, ya que las nueve horas es la jornada máxima, y una de esas nueve horas es extra (si eres trabajador nocturno, como es ilegal hacer horas extra, es ilegal hacer más de 8 horas).
El empresario con el recibo de salarios te tiene que dar una relación de horas extras contabilizadas día a día, no a partir de las 162. Puedes no estar de acuerdo, pero es así.
Pasa que estamos dejando nuestros derechos en manos del empresario, y los sindicatos firmantes están firmando cosas en el convenio como el precio de la hora extra (convenio anterior), completamente ilegal, así demostrado en el Tribunal Supremo. Han firmado un fin de semana al mes, cuando hay concedido uno cada 14 días, también es ilegal.
Con todo ello puedes estar o no de acuerdo, pero por no estar de acuerdo no va a dejar de ser ilegal.
Como gracias a Dios y a la Ley, lo más beneficioso es para el trabajador, tendrías que tomarlo como las revisiones en los coches, lo que suceda antes, cambio de aceite a los 10.000 km, o al año, lo que antes suceda. Aquí es lo mismo, y algún juzgado ya pidió en la reclamación de las horas que especificaran cuales eran las extra, día a día.
Un saludo.
Puedes estar de acuerdo o no, que no lo discuto, pero según tu teoría, te podrían poner a trabajar las 162 horas seguidas en un mes y descansar el resto del mes.
Es ilegal hacer horas extra el trabajador nocturno, aquí puedes o no estar de acuerdo, pero lo cierto es que es ilegal y hay actas de infracción a empresas por la realización de horas extras los trabajadores nocturnos.
Es ilegal hacer más de 9 horas de jornada, ya que las nueve horas es la jornada máxima, y una de esas nueve horas es extra (si eres trabajador nocturno, como es ilegal hacer horas extra, es ilegal hacer más de 8 horas).
El empresario con el recibo de salarios te tiene que dar una relación de horas extras contabilizadas día a día, no a partir de las 162. Puedes no estar de acuerdo, pero es así.
Pasa que estamos dejando nuestros derechos en manos del empresario, y los sindicatos firmantes están firmando cosas en el convenio como el precio de la hora extra (convenio anterior), completamente ilegal, así demostrado en el Tribunal Supremo. Han firmado un fin de semana al mes, cuando hay concedido uno cada 14 días, también es ilegal.
Con todo ello puedes estar o no de acuerdo, pero por no estar de acuerdo no va a dejar de ser ilegal.
Como gracias a Dios y a la Ley, lo más beneficioso es para el trabajador, tendrías que tomarlo como las revisiones en los coches, lo que suceda antes, cambio de aceite a los 10.000 km, o al año, lo que antes suceda. Aquí es lo mismo, y algún juzgado ya pidió en la reclamación de las horas que especificaran cuales eran las extra, día a día.
Un saludo.
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