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    Mensaje por belome69 Mar 8 Mayo 2012 - 11:39

    Dejando el tema de la obtención, alguien conoce los periodos de inactividad, los periodos en los que se deposita en la comandancia de la GC.
    La periodicidad del tiro.
    Hay dos ejercicios de tiro anuales, uno es de prueba.
    ¿Cuantos hay si no eres titular de un servicio de armas?
    ¿Cuantos hay si la licencia está depositada?
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    Mensaje por alma14 Mar 8 Mayo 2012 - 11:49

    belome69 escribió:Dejando el tema de la obtención, alguien conoce los periodos de inactividad, los periodos en los que se deposita en la comandancia de la GC.
    La periodicidad del tiro.
    Hay dos ejercicios de tiro anuales, uno es de prueba.
    ¿Cuantos hay si no eres titular de un servicio de armas?
    ¿Cuantos hay si la licencia está depositada?

    Tiene que estar depositada desde el momento que se deja de pretar servicio armado hasta que se vuelve a prestar.

    Para los vigilantes de seguridad son dos ejercicios anuales y para los escoltas cuatro.

    Como bien indicas el primero es de prueba y el segundo de calificación.

    Si no realizas servicio con armas (por tanto tienes que tener la licencia depositada), puedes realizar los dos ejercicios en uno, o sea, realizar los 75 disparos en el segundo ejercicio.

    Un saludo.
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    Mensaje por gsus Mar 8 Mayo 2012 - 16:50

    Habría que añadir por sí no se sabe que, sí apruebas en el ejercicio de prueba podrías hacer servicio con arma sí tener que esperar al ejercicio de calificación.

    Saludos.
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    Mensaje por el lobo Mar 8 Mayo 2012 - 23:34

    Buenas. La licencia C tiene una validez de 5 años. La responsabilidad de su renovación es del titular de la misma. Aunque no vayas a tiro, no deja de estar en vigor, aunque sí es cierto que no puedes trabajar con arma, y estar depositada, si no has hecho el último ejercicio reglamentario. En caso de que la precisases, todos los meses hay exámenes, fecha en la que puedes hacer un ejercicio extraordinario.



    Ojo! en adelante, los que no presenten causa justificada de no acudir a los ejercicios (vale IT pero no vacaciones), se procede a su suspensión temporal.

    Es interesante no perderla ya que es de lo poco que aún conservamos.

    Saludos,
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    Mensaje por belome69 Miér 9 Mayo 2012 - 11:51

    Es política de empresa intentar escaquearse de su obligación de presentar a sus empleados al ejercicio cuando éstos no realizan servicios de armas ¿Podemos tomar medidas legales al respecto?
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    Mensaje por alma14 Miér 9 Mayo 2012 - 17:21

    ¿Podemos tomar medidas legales al respecto?

    Siempre se puede tomar medidas legales.

    La obligación de la empresa es presentarte al segundo ejercicio y realizar todos los disparos (los 75 de los dos ejercicios).

    La obligación de los vigilantes es tomar esas medidas legales para que la empresa no se escaquee de sus obligaciones.

    Un saludo.
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    Mensaje por jose romero Mar 5 Jun 2012 - 14:08

    hola a todos, me gustaria a ver si algun compañero supiera responder a un asunto de la licencia "C". llevo unos tres años inactivo no hay forma de encontrar un puesto, soy consciente que el T.I.P lo puedo habilitar con un curso,en el caso que volviera a encontrar un trabajo, la licencia lo podria recuperar antes de los cinco años de caducidad sin estar trabajando o tendria que presentarme otra vez para sacarme la licencia.gracias a todos un saludo.
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    Mensaje por Manager Mar 5 Jun 2012 - 17:24

    En el momento que te encuentres de alta en una empresa le comunicas que tienes la Licencia C y que quieres presentarte al ejercicio obligatorio anual en el segundo semestre. Al realizar ese ejercicio ya estas en disposición de trabajar con la misma.

    Si no estas en ninguna empresa, no puedes realizar los ejercicios de tiro correspondientes. Si en cinco años no trabajas en ninguna empresa, la licencia no se pierde, tienes que renovarla pero necesitaras un certificado de la empresa acreditando que te encuentras de alta en la misma, en ese momento la renovaras y después de realizar el ejercicio correspondiente, ya tienes nuevamente actualizada y al día la licencia.

    Saludos.
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    Mensaje por jose romero Vie 8 Jun 2012 - 13:11

    hola manager gracias por contestarme, pero en octubre de este año me caduca la licencia de los cinco años ,pero despues de ver que no hay trabajo que no hay empresas de seguridad disponibles me temo que lo puedo perder,estaria bien el presentar los papeles necesarios para poder renovar la licencia como sucede con los cursos de V.S. Saludos.
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    Mensaje por Manager Vie 8 Jun 2012 - 15:13

    Si en septiembre no estas trabajando no la podras renovar porque te hará falta el certificado de la empresa conforme estas trabajando.
    Pero en el momento en que te encuentres de alta en cualquier empresa, hadles saber que tienes la licencia de armas y quieres renovarla, ellos te tienen que entregar ese certificado para renovarla y a continuación presentarte al ejercicio del segundo semestre para tenerla en vigor.

    La licencia de armas nunca la pierdes, solamente la renuevas y la tienes en vigor para prestar servicios con armas. Si te llaman para trabajar en cualquier empresa comentales que estas en posesión de la licencia de armas y eso será un plus para que te contraten porque les serás útil si te tienen que colocar en un servicio armado.

    Por ahora la ley no da la posibilidad de aplicar la misma fórmula que para renovar la TIP, y aún así no se hace necesario, otro caso sería el que tuvieses que presentarte nuevamente a los examenes teórico y práctico, pero menos mal que no es el caso.

    Saludos.

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