Embajada
Embajada de México en Washington DC, EUA.
A una misión diplomática permanente se le llama, usualmente, embajada y a quien encabeza la misión se le conoce como embajador. Las misiones en las Naciones Unidas son conocidas sencillamente como misiones permanentes y el director de éstas es tanto representante permanente como embajador. Algunos países dan nombres más distintivos a sus misiones y al personal de éstas: una misión de la Santa Sede es encabezada por el nuncio apostólico (o nuncio papal) y se le llama, consecuentemente, nunciatura apostólica; mientras tanto, las misiones libias son llamadas agencias populares y los jefes de misión, secretarios.
En el pasado, una misión diplomática encabezada por un oficial de rango secundario (p. ej. un enviado o ministro residente) era conocida como legación. Hasta principios del siglo XX, lo usual era que los países considerados como potencias fueran los únicos que se enviaban entre sí embajadores, mientras que a los demás países enviaban tres tipos de jefes de misión: a) enviados extraordinarios y ministros plenipotenciarios, b) ministros residentes y c) encargados de negocios con cartas de gabinete. Los países que no eran considerados como potencias tampoco nombraban un embajador, sino que entre sí o en una potencia, los jefes de misión que acreditaban tenían también el rango de enviado extraordinario y ministro plenipotenciario, de ministro residente o de encargado de negocios. La representación diplomática entre potencias tenía por consiguiente el rango de embajada, mientras que entre los demás países, o entre una potencia y un país que no lo era tenían la categoría de legación. A lo largo de la primera mitad del siglo XX esa distinción fue desapereciendo, y muchos países que tradicionalmente no habían sido considerados como potencia empezaron a nombrar embajadores y a dar a sus legaciones el rango de embajadas. Las categorías de ministro plenipotenciario y ministro residente Sin embargo, esa vieja distinción se conserva en el texto de la Convención de Viena sobre relaciones diplomáticas suscrita en 1961, que establece en su artículo 14:
"1. Los jefes de misión se dividen en tres clases: a. embajadores o nuncios acreditados ante los Jefes de Estado, y otros jefes de misión de rango equivalente; b. enviados, ministros o internuncios acreditados ante los Jefes de Estado; c. encargados de negocios acreditados ante los Ministros de Relaciones Exteriores.
2. Salvo por lo que respecta a la precedencia y a la etiqueta, no se hará ninguna distinción entre los jefes de misión por razón de su clase."
Como las categorías de ministros plenipotenciarios y ministros residentes ya no se usan, también el nombre de legación es obsoleto y ya no se usa para referirse a las actuales representaciones diplomáticas más que de modo figurado. La figura de los encargados de negocios con cartas de gabinete como jefes de misión sí sobrevive, pero su oficina recibe el nombre habitual de embajada y no de legación.
En casos de disputa, es común que un país retire al jefe de misión como muestra de descontento. Esto es menos drástico que cortar por completo las relaciones diplomáticas y la misión puede seguir operando de manera más o menos regular, aunque ahora esté encabezada por un chargé d'affaires (Encargado de Negocios) el cual tiene poder limitado. Se hace notar que, durante el periodo de sucesión entre dos jefes de misión, un chargé d'affaires a.i. (Ad Interim) puede ser nombrado temporalmente como cuidador; esto no implica ninguna hostilidad hacia el país anfitrión.
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