Un fraude de 0.6 millones de euros en vigilar una patrullera de la Delegación Especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Cantabria (66)
Declaran desierto el concurso para adjudicar posteriormente a dedo. ¿Donde está la ley de transparencia que el gobierno ha puesto en marcha? ¡¡¡Todo sigue igual, esto no cambiará nunca¡¡¡
Por: el_investigador
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desde 16 de Enero de 2013
DEScalificación:
Triple A: A dedo, Anomalía, Acojontante
La Delegación Especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Cantabria publica el día 2 de enero de 2013 en el BOE, la adjudicación de un contrato a dedo por 166.567,86 euros a la empresa PROTECCIÓN Y SEGURIDAD TÉCNICA, S.A., para vigilar una patrullera, sin especificar la duración del contrato, el valor real del contrato, ni si admite prórrogas o no.
En el Boletín Oficial del Estado dan a entender que el presupuesto de licitación es de 166.980,00 euros con IVA, y no especifican ni la duración del contrato, ni si admite prórrogas y eso es mentira, el precio que han puesto es por un año, cuando el contrato es por 2 años y prorrogable por 2 años más, con un presupuesto de licitación total de 667.920 euros con IVA.
Cuando un expediente se declara desierto, se abre un nuevo expediente y la obligación es especificar cláramente datos básicos como importe, duración, prórrogas, etc..
En la declaración de desierto, dicen expresamente lo siguiente:
"El órgano de contratación acuerda declarar desierta la licitación del expediente de referencia ya que no han existido ofertas o proposiciones que sean admisibles de acuerdo con los criterios que figuran en el pliego y según lo establecido en el artículo 151.3 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público".
¿Quién se crée esto?
En los últimos 3 años han licitado distintas empresas para el mismo contrato de vigilancia:
Año 2010: Adjudicado a la empresa Securitas Seguridad España, S.A.
Año 2011: Adjudicado a la empresa Iman Seguridad, S.A.
Año 2012: Adjudicado a la empresa Esabe Vigilancia, S.A.
Puede que alguna empresa no esté al corriente con hacienda o tenga algún otro imcumplimento que impida participar en el concurso, pero cuesta pensar que todas estén en las mismas condiciones de incumplimiento o hayan desistido de participar en el contrato.
Tampoco vale de nada ir a la fiscalía, ni a ninguna institución gubernamental, como el tribunal de cuentas, que emite informes demoledores sobre las irregularidades y corrupciones existentes y nadie hace nada.
¿Como resolver esto, se puede?
Nosotros creemos que si, que se puede, denunciando caso por caso en los tribunales de justicia, puede que no todos los casos prosperen, pero con denunciar caso por caso, al menos consigues que el responsable de cada contrato, se lo piense dos veces antes de seguir por el mismo camino, se la está jugando, no sólo su puesto de trabajo, si no con penas de cárcel.
Ante estos hechos, presentaremos una querella criminal en el juzgado, cuyo modelo de documento (no se puede presentar en la web la querella con nombres y apellidos, ya que incurriríamos en un delito), lo adjuntamos al final del artículo, por los siguientes delitos:
1) Un delito de Prevaricación de los funcionarios públicos y otros comportamientos injustos, previsto en el artículo 404 del Código Penal, que dispone que “A la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años.”
2) Un delito de cohecho, previsto en el artículo 419 del Código Penal, que señala que “La autoridad o funcionario público que, en provecho propio o de un tercero, recibiere o solicitare, por sí o por persona interpuesta, dádiva, favor o retribución de cualquier clase o aceptare ofrecimiento o promesa para realizar en el ejercicio de su cargo un acto contrario a los deberes inherentes al mismo o para no realizar o retrasar injustificadamente el que debiera practicar, incurrirá en la pena de prisión de tres a seis años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a doce años, sin perjuicio de la pena correspondiente al acto realizado, omitido o retrasado en razón de la retribución o promesa, si fuera constitutivo de delito.”
3) Un delito de los fraudes y exacciones ilegales, previsto en el artículo 436 del Código Penal, que señala que “La autoridad o funcionario público que, interviniendo por razón de su cargo en cualesquiera de los actos de las modalidades de contratación pública o en liquidaciones de efectos o haberes públicos, se concertara con los interesados o usase de cualquier otro artificio para defraudar a cualquier ente público, incurrirá en las penas de prisión de uno a tres años e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis a diez años. Al particular que se haya concertado con la autoridad o funcionario público se le impondrá la misma pena de prisión que a éstos, así como la de inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas, para contratar con entes, organismos o entidades que formen parte del sector público y para gozar de beneficios o incentivos fiscales y de la Seguridad Social por un tiempo de dos a cinco años.”
4) Un delito de negociación y actividad prohibida a funcionarios públicos, y abuso en el ejercicio de su función, previsto en el artículo 439 del Código Penal, que señala que “La autoridad o funcionario público que, debiendo intervenir por razón de su cargo en cualquier clase de contrato, asunto, operación o actividad, se aproveche de tal circunstancia para forzar o facilitarse cualquier forma de participación, directa o por persona interpuesta, en tales negocios o actuaciones, incurrirá en la pena de prisión de seis meses a dos años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a cuatro años.”
El Objetivo de esta demanda son varias:
1) Evitar en el futuro actuaciones parecidas.
2) Responsabilidad penal para el/los responsables públicos.
3) Evitar la prórroga que comenzarán a partir del 1 de enero de 2015 y finalizaría el 31 de diciembre de 2016
Documentación:
Licitación del contrato:
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]Declaracion de desierto del contrato:
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]Adjudicación del nuevo contrato:
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]Adjudicaciones años anteriores:
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