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    Mensaje por alma14 Vie 21 Mar 2014 - 20:15

    06 de marzo de 2014 Comunicado:    
    08/2014
    De:  Área de Acción Sindical y Negociación Colectiva
    A:  [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] seguridad_estatal@ aadd.ccoo.es
    C. E. Federal, Sec. de A. Sindical y Neg. Colectiva y Resp. Sectoriales de Seg. Privada.

    Tras el acuerdo alcanzado el día 21 de enero de 2014, firmado en el SIMA por los sindicatos FeS-UGT y FTSP-USO con las patronales del sector, con la disconformidad de los sindicatos FSP-CCOO y CIG, que ha sido posteriormente formalizado en la Mesa Negociadora del Convenio Colectivo Estatal el día 28 de Febrero por los que suscribieron el acuerdo en el SIMA, las consecuencias que asumiremos los Vigilantes de Seguridad serán las siguientes:

    1. CONGELACIÓN SALARIAL. Para todo el año 2014,se mantendrán las tablas salariales del año 2013  es decir,  se dejan sin efecto las tablas salariales fijadas en el Convenio Colectivo para ese año y con ello, la subida salarial que en las mismas estaba fijada. La consecuencia directa de la firma de este acuerdo es la pérdida sin contrapartidas de un 5,4%, sin tan siquiera garantizar que cualquier empresa del sector no se descuelgue o inaplique este acuerdo.
    2. JORNADA DE TRABAJO. Se vuelve a la redacción del convenio anterior respecto a la jornada mensual, pactada en 162 horas mensuales. Si no se llegase al cómputo, la recuperación se realizará en los dos meses consecutivos, especificando si dicha recuperación se hará en su servicio habitual o en otro. Abre la puerta a una mayor movilidad por parte del Vigilante de Seguridad.
    3. HORQUILLA. Se relegará única y exclusivamente a quienes tengan un cuadrante anual. Dicho cuadrante se entregará con un mes de antelación.  
    4. MODIFICACIÓN AL CUADRANTE ASIGNADO. Si un trabajador tiene asignado un cuadrante anual con aplicación de horquilla y le cambian de centro de trabajo sin finalizar el mismo, si tuviese débito de jornada, la podrá recuperar en lo que resta de año. Esto conlleva al aumento de recuperación de horas de dos meses al resto del año.
    5. HORAS EXTRAS. Cuando no se posee un cuadrante anual, la hora extra será la superior a 162 horas mensualesCuando se tiene un cuadrante anual en el que se ha aplicado la horquilla, la hora extra será la que exceda de las reflejadas en el reparto mensual de cada trabajador. (Si tienes asignadas en un mes 145 horas, la hora número 146 sería extraordinaria). En los dos casos, las horas extraordinarias se abonarán a mes vencido o se compensarán en descansos.
    6. OTROS ACUERDOS PARA EL CÓMPUTO DE JORNADA. Las empresas, de acuerdo con la representación de los trabajadores, podrán establecer fórmulas distintas para el cálculo de la jornada mensual. La estrategia empresarial conjunta y coordinada en el tiempo que han desarrollado las empresas ha creado un clima de inseguridad y presión, que ha acabado por vencer la resistencia de los sindicatos firmantes que han encontrado justificación suficiente para aceptar una congelación de los salarios. Probablemente en los procesos de descuelgue que habían iniciado las empresas, por parte de los Representantes Legales de los Trabajadores en las mismas no se hubiesen aceptado esas mismas condiciones, dado que en la mayoría de ellas no había motivos objetivos suficientes para haberlos suscrito y se hubiesen tenido que ver en la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos para que la misma hubiese emitido un dictamen que las hubiese declarado ajustadas a Derecho, olvidando los sindicatos firmantes que solamente un mínimo porcentaje (menor al cinco por ciento) de Descuelgues e Inaplicaciones de Convenios Colectivos han visto  la luz verde en la CCNCC en la totalidad de las pretensiones empresariales. Y lo que es más grave la voz de los trabajadores y trabajadoras del Sector se ha visto minimizada. Es muy probable que los trabajadores del sector, empresa por empresa en los procesos iniciados, hubiesen rechazado esa u otra congelación salarial, reiterada en el tiempo, que tiene como consecuencia una nueva pérdida de poder adquisitivo que difícilmente será recuperable. Es más, con las medidas adoptadas, las empresas van a seguir despidiendo individual o colectivamente porque estas medidas, las firmen quien las firme no garantizan el empleo existente, algo que todas nuestras propuestas siempre han llevado como condición indispensable: garantías directas e indirectas de empleo para los trabajadores/as del sector. CC.OO. hemos manifestado nuestra más absoluta discrepancia y seguimos rechazando la pérdida de poder adquisitivo que supone el mantener la congelación salarial que impide la recuperación que en su día fue pactada para este 2014. Por tanto instamos y recomendamos a que los trabajadores y trabajadoras muestren, entre otras medidas, su discrepancia formando parte de las candidaturas de CC.OO. en las próximas Elecciones Sindicales y apoyando en las votaciones las mismas para que con una más amplia representación sindical podamos tener una mayor presencia en la Mesa Negociadora que debe constituirse antes de final de este año y se pueda dar la vuelta a la actual composición de la misma.  

    Sector de Seguridad Privada Área de Acción Sindical y Negociación Colectiva.

    Un cordial saludo.

    Un saludo.

      Fecha y hora actual: Jue 21 Nov 2024 - 15:38