• ACCIDENTE LABORAL
Base cotización mes anterior H.E. 12 últimos meses
Base reguladora =-------------------- + --------------------
30 días 365 días
En caso de accidente laboral se cobra siempre el 100% del salario, más el promedio de los últimos 12 meses de horas extras, más la parte correspondiente al Plus de Peligrosidad.
¿ME AFECTA A LAS PAGAS EXTRA CUANDO ESTOY DE BAJA?
Sí, te afecta. Esto es debido a que la base de cotización es el resultado de la suma de tu salario más el prorrateo de las pagas. Esto quiere decir que, el salario que percibes en las pagas extra, se cotiza en las nóminas de los 12 meses (Si te fijas, en las nóminas de las pagas, no te descuentan las cotizaciones porque ya lo han hecho en el resto de las nóminas).
Por lo tanto, cuando percibes las siguientes pagas extras que han sido incluidas en tu base de cotización, están descontados los días que estuviste de baja.
Y no te olvides que, para tener derecho al cobro de una baja por enfermedad o accidente no laboral, se debe haber cotizado 180 días anteriores a la baja. En caso de accidente laboral este requisito no es exigible.
Base cotización mes anterior H.E. 12 últimos meses
Base reguladora =-------------------- + --------------------
30 días 365 días
En caso de accidente laboral se cobra siempre el 100% del salario, más el promedio de los últimos 12 meses de horas extras, más la parte correspondiente al Plus de Peligrosidad.
¿ME AFECTA A LAS PAGAS EXTRA CUANDO ESTOY DE BAJA?
Sí, te afecta. Esto es debido a que la base de cotización es el resultado de la suma de tu salario más el prorrateo de las pagas. Esto quiere decir que, el salario que percibes en las pagas extra, se cotiza en las nóminas de los 12 meses (Si te fijas, en las nóminas de las pagas, no te descuentan las cotizaciones porque ya lo han hecho en el resto de las nóminas).
Por lo tanto, cuando percibes las siguientes pagas extras que han sido incluidas en tu base de cotización, están descontados los días que estuviste de baja.
Y no te olvides que, para tener derecho al cobro de una baja por enfermedad o accidente no laboral, se debe haber cotizado 180 días anteriores a la baja. En caso de accidente laboral este requisito no es exigible.
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