Seis magistrados del Supremo en Vigo
La asociación de juristas progresistas Xustiza e Sociedad reúne en la ciudad a los primeros espadas de la judicatura que explican sus sentencias a 200 profesionales
Autor: Luis Carlos Llera
Fecha de publicación: 15/11/2008
El acoso laboral ha llegado al Supremo con escaso resultado para la víctima, al menos por ahora. El tribunal ha devuelto el asunto por cuestiones procesales, porque la víctima había demandado solamente a la empresa pero no a la persona que la acosaba, según explicó ayer en Vigo la magistrada María Luisa Segoviano. El denominado mobbing es un nuevo reto para los juristas, que deben unificar criterios.
Las nuevas tendencias en la unificación de la doctrina están siendo objeto de debate por parte de los 200 juristas que asisten a las XII Xornadas de Outono de Dereito Social. Las jornadas han sido organizadas por una asociación de juristas progresista encabezada por Matías Movilla, Elvira Landín, Jaime Cabeza y Fernando Lousada. La entidad ha invitado a las jornadas a los primeros espadas: seis magistrados de la sala cuarta del Tribunal Supremo, la sala que se dedica a lo social.
Hoy está prevista la intervención del magistrado Jordi Agustí Juliá, que abordará la concatenación de sentencias en los contratos temporales. Hasta hace algunos años era frecuente que algunas televisiones públicas concatenasen contratos, es decir, el trabajador era contratado temporalmente por obra. Llegaba el verano y lo echaban durante veinte días o un mes y lo volvían a contratar en septiembre. Y así sucesivamente. Llegó un momento en que los trabajadores se cansaron y recurrieron, y al final el Supremo les dio la razón.
Los extranjeros
El colofón a las jornadas lo pondrá hoy el presidente de la sala cuarta del Supremo. Gonzalo Moliner abordará los derechos de los extranjeros. El magistrado explicará que, aunque todos somos iguales como personas, los derechos laborales son diferentes. El trabajador extranjero no tiene derecho a ser readmitido en un trabajo si carece de autorización de residencia y menos aún a cobrar las prestaciones por desempleo.
La asociación de juristas progresistas Xustiza e Sociedad reúne en la ciudad a los primeros espadas de la judicatura que explican sus sentencias a 200 profesionales
Autor: Luis Carlos Llera
Fecha de publicación: 15/11/2008
El acoso laboral ha llegado al Supremo con escaso resultado para la víctima, al menos por ahora. El tribunal ha devuelto el asunto por cuestiones procesales, porque la víctima había demandado solamente a la empresa pero no a la persona que la acosaba, según explicó ayer en Vigo la magistrada María Luisa Segoviano. El denominado mobbing es un nuevo reto para los juristas, que deben unificar criterios.
Las nuevas tendencias en la unificación de la doctrina están siendo objeto de debate por parte de los 200 juristas que asisten a las XII Xornadas de Outono de Dereito Social. Las jornadas han sido organizadas por una asociación de juristas progresista encabezada por Matías Movilla, Elvira Landín, Jaime Cabeza y Fernando Lousada. La entidad ha invitado a las jornadas a los primeros espadas: seis magistrados de la sala cuarta del Tribunal Supremo, la sala que se dedica a lo social.
Hoy está prevista la intervención del magistrado Jordi Agustí Juliá, que abordará la concatenación de sentencias en los contratos temporales. Hasta hace algunos años era frecuente que algunas televisiones públicas concatenasen contratos, es decir, el trabajador era contratado temporalmente por obra. Llegaba el verano y lo echaban durante veinte días o un mes y lo volvían a contratar en septiembre. Y así sucesivamente. Llegó un momento en que los trabajadores se cansaron y recurrieron, y al final el Supremo les dio la razón.
Los extranjeros
El colofón a las jornadas lo pondrá hoy el presidente de la sala cuarta del Supremo. Gonzalo Moliner abordará los derechos de los extranjeros. El magistrado explicará que, aunque todos somos iguales como personas, los derechos laborales son diferentes. El trabajador extranjero no tiene derecho a ser readmitido en un trabajo si carece de autorización de residencia y menos aún a cobrar las prestaciones por desempleo.
Vie 24 Mar 2023 - 17:25 por alma14
» Felices fiestas
Sáb 25 Dic 2021 - 7:00 por alma14
» Excedencia y posterior pedida de la habilitación
Sáb 25 Dic 2021 - 6:57 por alma14
» BAJA
Vie 15 Oct 2021 - 17:51 por Invitado
» Limpieza total
Mar 11 Ago 2020 - 17:45 por cliper91
» Juicio y vacaciones
Lun 10 Ago 2020 - 23:53 por alma14
» Necesito ayuda sobre el tema de requisitos de Escolta Privado
Lun 11 Mayo 2020 - 12:45 por escolta63
» que es un impacto negativo
Lun 11 Mayo 2020 - 12:43 por escolta63
» pregunta temario escolta
Lun 11 Mayo 2020 - 12:39 por escolta63
» Artículo de Alba
Lun 11 Mayo 2020 - 8:52 por alma14
» El TSJC rechaza el despido de dos gerocultoras por negarse a preparar medicación
Mar 25 Feb 2020 - 14:21 por alma14
» Comparativa Sueldos Vigilantes USA vs Alemania vs Francia vs España Por Toni -
Lun 24 Feb 2020 - 11:10 por alma14
» La empresa no puede exigir recuperar los días de asuntos propios
Lun 2 Dic 2019 - 17:05 por alma14
» El despido durante la baja médica ya es despido nulo
Lun 2 Dic 2019 - 16:49 por alma14
» Permiso retribuido en elecciones generales
Dom 3 Nov 2019 - 10:06 por alma14
» Venta de Corsys de Seguridad
Jue 12 Sep 2019 - 13:56 por popazo09
» Vigilantes barcelona
Miér 10 Jul 2019 - 15:34 por Iliess
» Infarto como accidente de trabajo
Mar 9 Jul 2019 - 19:54 por alma14
» convenio 2021
Mar 9 Jul 2019 - 19:46 por errnovato
» Tiempo TIP
Mar 9 Jul 2019 - 19:19 por alma14