Canarias/ La Asociación Profesional de Compañías Privadas de Servicios de Seguridad de Canarias (APROSER Canarias) denuncia graves irregularidades en el concurso para la contratación de servicios de protección a las autoridades y representantes del Gobierno de Canarias e instituciones públicas canarias en sus desplazamientos, actos y otras celebraciones públicas.
APROSER Canarias expresa su gran preocupación ante la insólita Orden del consejero de la Presidencia, Justicia y Seguridad que elude pronunciarse sobre las alegaciones del sector ante las manifiestas irregularidades detectadas en la convocatoria del concurso de escoltas de la Dirección General de Seguridad y Emergencias del Gobierno de Canarias.
En una muestra de actuación administrativa totalmente inexplicable en la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, la Orden rechaza la suspensión del concurso con pretendidos fundamentos de derecho totalmente ajenos a las alegaciones presentadas por APROSER Canarias, únicamente referidos a la defectuosa redacción del pliego del concurso.
En este sentido, APROSER Canarias denuncia la ineficiencia administrativa en la gestión de unas competencias en las que debe primar la absoluta transparencia y claridad por parte de los responsables públicos. La confusión y oscurantismo del concurso resultan contrarias a la Proposición No de Ley aprobada por unanimidad por el Parlamento de Canarias en la que se insta al Gobierno de Canarias a la mejora de las condiciones de contratación pública de los servicios de seguridad privada.
APROSER Canarias manifiesta también que al no estudiar las alegaciones presentadas, la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad favorece a una determinada empresa, actualmente prestataria del servicio y única que presentó una oferta, resultando a todas luces privilegiada en perjuicio del conjunto de empresas de seguridad privada de Canarias.
El concurso de escoltas fue impugnado por APROSER Canarias por acumular un conjunto de infracciones legales y deficiencias técnicas que sumaban un pliego de condiciones nulo de pleno derecho.
En este sentido, ignorando la ley, el pliego no definía los servicios a prestar e incluía otros distintos a los específicos de la seguridad privada, hurtando además información esencial que permitiera a los licitadores conocer los servicios a prestar y formular sus ofertas con plenas garantías.
Así, se omite referencia al tipo de personal que se requiere, al número de personas a proteger, jornadas y horarios, número y características de los vehículos, perfil laboral del personal a subrogar, beneficiando a la actual empresa prestataria del servicio, única conocedora de las condiciones y características de la prestación y con evidentes ventajas que el resto de los licitadores para presentar su oferta.
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