Lne.es » Avilés
Más sentencias pesqueras...
Es el momento de felicitarnos porque haya trabajadores que se reincorporan a los puestos de los que los desalojaron injustamente
JAVIER RENTERÍA PRESIDENTE DE LONJA AVILÉS El pasado mes de diciembre escribía en este mismo diario una nota titulada «¿Nadie está haciendo negocio con el sector pesquero?» (LA NUEVA ESPAÑA, 26 de diciembre de 2008) que hacía referencia al fracaso en los precios de venta del pescado en la subasta más esperada del año, analizaba las causas de tal fracaso -y las nulas consecuencias para los responsables, los gestores de la Cofradía de Pescadores- y terminaba con un recordatorio a los trabajadores de la lonja despedidos «por ser críticos con actitudes intolerantes, oscuras y antidemocráticas». Pues bien, la sentencia 187/2009 del Juzgado de lo social número 2 de Avilés del pasado 7 de abril viene a darnos la razón en cuanto al trato recibido por alguno de esos trabajadores.
Empezando por el final, la sentencia falla declarando la nulidad del despido del demandante y condenando a la empresa («Virgen de las Mareas») a readmitirlo en su puesto de trabajo, a abonarle los salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha del despido hasta que la readmisión tenga lugar y a indemnizarlo con una cantidad adicional de ¡10.000 euros!, «incluidos los daños morales».
La lectura de los trece folios de la sentencia aludida resulta aleccionadora incluso para aquellos que carecemos de conocimientos jurídicos, pone en evidencia las chapuzas de gestores que disparan con pólvora ajena (la nuestra, nuestro dinero) y no responden con sus emolumentos de la ya dilatada y vergonzante ristra de fracasos en sus disputas frente al resto del mundo, demuestra la práctica de la persecución y del acoso a trabajadores cuyo único pecado es el de disentir de gente que cobra el doble y sabe y trabaja la mitad que ellos y, finalmente, refuerza nuestra confianza en los tribunales, a los que debemos recurrir en el futuro próximo con más frecuencia para aclarar tantas cosas que aún resultan oscuras.
Y, por encima de todo, y a pesar de la sensación amarga de pertenecer a una cofradía cuyos gestores siguen avergonzándonos en todos los ámbitos, la lectura de la sentencia produce risa. Porque es de risa saber que los intereses de la cofradía dependen de las habilidades jurídicas de un letrado que forma parte de la plantilla de la misma, sin que se sepa en calidad de qué, y que no gana ni uno solo de los contenciosos en los que participa. O que uno de los argumentos en los que se apoya la magistrada-juez para rechazar como razón para el despido la mala situación económica de la cofradía es el propio testimonio del patrón mayor, que hincha el pecho en cuanto los periodistas le ponen una «alcachofa» delante y sigue afirmando que somos los mejores. Y dice la juez que si son ustedes los mejores no parece justificado que despidan a nadie, ¿no? No hay como darles cuerda para que se ahorquen...
Lamentablemente, la lectura de la sentencia también nos depara párrafos en los que se hace referencia a los escritos de despido redactados por alguna de las preclaras mentes que siguen viviendo a nuestra costa. Y en ellos se reconoce que en la situación actual debe regir «el principio de austeridad», lo que ha hecho necesario «enajenar activos patrimoniales» (es decir, que se está vendiendo nuestro patrimonio) y suprimir algunas ayudas sociales, «como es el caso del tradicional vale de Navidad que se entregaba a nuestros socios, viudas y jubilados». Pero se olvidan de hacer mención a los millonarios gastos de representación del patrón mayor (al que pagamos para que nos cubra de ridículo allá donde va) o al igualmente millonario salario de la secretaria general, a la que pagamos para que actúe como una déspota en lugar de como nuestra asalariada, que es lo que es.
A partir de estas breves reflexiones, las dudas: si existe un acuerdo para que la sociedad mercantil Nueva Rula de Avilés, S. A., se subrogue en la totalidad de los puestos de trabajo, ¿quién alimenta esta persecución hacia determinados trabajadores para dejarlos fuera del acuerdo? ¿Quién lo consiente? ¿Dónde han estado, en todo este proceso, las voces de esos representantes de los trabajadores que florecen a la sombra de la Cofradía de Pescadores? ¿A quién podemos hacer responsable de este abuso de autoridad que nos ha costado dinero a los socios de la cofradía? ¿Cómo va a responder frente a la plantilla la nueva sociedad gestora cuando lea -dicho por escrito por nuestro letrado o por quien le dicta- que la reestructuración de la plantilla (suspensión de ocho trabajadores en el primer semestre de 2008 y cinco trabajadores en el segundo) «desde el punto de vista operativo ha demostrado una gran eficacia»?; o que «el personal que se ha mantenido en activo ha demostrado una evidente polivalencia que ha cubierto con creces las necesidades de personal de la empresa». O sea, que teníamos una plantilla sobredimensionada, ¿o no?
Menos mal que a partir de ahora vamos a dejar de preocuparnos de todos estos personajes para hacerlo sólo de lo que nos interesa: pescar bien, vender mejor, ser tratados como profesionales, ser informados con rigor y transparencia, dejar de sentirnos amenazados, coaccionados y perseguidos. Y si hay algo que aclarar del pasado, que nos lo aclaren los jueces como lo han venido haciendo con sentencias como la de Opastur o la que hoy comentamos.
Por todo ello, hoy es el momento de felicitarnos porque haya trabajadores que se reincorporan al puesto de trabajo del que los desalojaron injustamente; y también el de darle la bienvenida a la nueva sociedad gestora de la comercialización del pescado en Avilés. De su éxito depende el nuestro.
Más sentencias pesqueras...
Es el momento de felicitarnos porque haya trabajadores que se reincorporan a los puestos de los que los desalojaron injustamente
JAVIER RENTERÍA PRESIDENTE DE LONJA AVILÉS El pasado mes de diciembre escribía en este mismo diario una nota titulada «¿Nadie está haciendo negocio con el sector pesquero?» (LA NUEVA ESPAÑA, 26 de diciembre de 2008) que hacía referencia al fracaso en los precios de venta del pescado en la subasta más esperada del año, analizaba las causas de tal fracaso -y las nulas consecuencias para los responsables, los gestores de la Cofradía de Pescadores- y terminaba con un recordatorio a los trabajadores de la lonja despedidos «por ser críticos con actitudes intolerantes, oscuras y antidemocráticas». Pues bien, la sentencia 187/2009 del Juzgado de lo social número 2 de Avilés del pasado 7 de abril viene a darnos la razón en cuanto al trato recibido por alguno de esos trabajadores.
Empezando por el final, la sentencia falla declarando la nulidad del despido del demandante y condenando a la empresa («Virgen de las Mareas») a readmitirlo en su puesto de trabajo, a abonarle los salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha del despido hasta que la readmisión tenga lugar y a indemnizarlo con una cantidad adicional de ¡10.000 euros!, «incluidos los daños morales».
La lectura de los trece folios de la sentencia aludida resulta aleccionadora incluso para aquellos que carecemos de conocimientos jurídicos, pone en evidencia las chapuzas de gestores que disparan con pólvora ajena (la nuestra, nuestro dinero) y no responden con sus emolumentos de la ya dilatada y vergonzante ristra de fracasos en sus disputas frente al resto del mundo, demuestra la práctica de la persecución y del acoso a trabajadores cuyo único pecado es el de disentir de gente que cobra el doble y sabe y trabaja la mitad que ellos y, finalmente, refuerza nuestra confianza en los tribunales, a los que debemos recurrir en el futuro próximo con más frecuencia para aclarar tantas cosas que aún resultan oscuras.
Y, por encima de todo, y a pesar de la sensación amarga de pertenecer a una cofradía cuyos gestores siguen avergonzándonos en todos los ámbitos, la lectura de la sentencia produce risa. Porque es de risa saber que los intereses de la cofradía dependen de las habilidades jurídicas de un letrado que forma parte de la plantilla de la misma, sin que se sepa en calidad de qué, y que no gana ni uno solo de los contenciosos en los que participa. O que uno de los argumentos en los que se apoya la magistrada-juez para rechazar como razón para el despido la mala situación económica de la cofradía es el propio testimonio del patrón mayor, que hincha el pecho en cuanto los periodistas le ponen una «alcachofa» delante y sigue afirmando que somos los mejores. Y dice la juez que si son ustedes los mejores no parece justificado que despidan a nadie, ¿no? No hay como darles cuerda para que se ahorquen...
Lamentablemente, la lectura de la sentencia también nos depara párrafos en los que se hace referencia a los escritos de despido redactados por alguna de las preclaras mentes que siguen viviendo a nuestra costa. Y en ellos se reconoce que en la situación actual debe regir «el principio de austeridad», lo que ha hecho necesario «enajenar activos patrimoniales» (es decir, que se está vendiendo nuestro patrimonio) y suprimir algunas ayudas sociales, «como es el caso del tradicional vale de Navidad que se entregaba a nuestros socios, viudas y jubilados». Pero se olvidan de hacer mención a los millonarios gastos de representación del patrón mayor (al que pagamos para que nos cubra de ridículo allá donde va) o al igualmente millonario salario de la secretaria general, a la que pagamos para que actúe como una déspota en lugar de como nuestra asalariada, que es lo que es.
A partir de estas breves reflexiones, las dudas: si existe un acuerdo para que la sociedad mercantil Nueva Rula de Avilés, S. A., se subrogue en la totalidad de los puestos de trabajo, ¿quién alimenta esta persecución hacia determinados trabajadores para dejarlos fuera del acuerdo? ¿Quién lo consiente? ¿Dónde han estado, en todo este proceso, las voces de esos representantes de los trabajadores que florecen a la sombra de la Cofradía de Pescadores? ¿A quién podemos hacer responsable de este abuso de autoridad que nos ha costado dinero a los socios de la cofradía? ¿Cómo va a responder frente a la plantilla la nueva sociedad gestora cuando lea -dicho por escrito por nuestro letrado o por quien le dicta- que la reestructuración de la plantilla (suspensión de ocho trabajadores en el primer semestre de 2008 y cinco trabajadores en el segundo) «desde el punto de vista operativo ha demostrado una gran eficacia»?; o que «el personal que se ha mantenido en activo ha demostrado una evidente polivalencia que ha cubierto con creces las necesidades de personal de la empresa». O sea, que teníamos una plantilla sobredimensionada, ¿o no?
Menos mal que a partir de ahora vamos a dejar de preocuparnos de todos estos personajes para hacerlo sólo de lo que nos interesa: pescar bien, vender mejor, ser tratados como profesionales, ser informados con rigor y transparencia, dejar de sentirnos amenazados, coaccionados y perseguidos. Y si hay algo que aclarar del pasado, que nos lo aclaren los jueces como lo han venido haciendo con sentencias como la de Opastur o la que hoy comentamos.
Por todo ello, hoy es el momento de felicitarnos porque haya trabajadores que se reincorporan al puesto de trabajo del que los desalojaron injustamente; y también el de darle la bienvenida a la nueva sociedad gestora de la comercialización del pescado en Avilés. De su éxito depende el nuestro.
Vie 24 Mar 2023 - 17:25 por alma14
» Felices fiestas
Sáb 25 Dic 2021 - 7:00 por alma14
» Excedencia y posterior pedida de la habilitación
Sáb 25 Dic 2021 - 6:57 por alma14
» BAJA
Vie 15 Oct 2021 - 17:51 por Invitado
» Limpieza total
Mar 11 Ago 2020 - 17:45 por cliper91
» Juicio y vacaciones
Lun 10 Ago 2020 - 23:53 por alma14
» Necesito ayuda sobre el tema de requisitos de Escolta Privado
Lun 11 Mayo 2020 - 12:45 por escolta63
» que es un impacto negativo
Lun 11 Mayo 2020 - 12:43 por escolta63
» pregunta temario escolta
Lun 11 Mayo 2020 - 12:39 por escolta63
» Artículo de Alba
Lun 11 Mayo 2020 - 8:52 por alma14
» El TSJC rechaza el despido de dos gerocultoras por negarse a preparar medicación
Mar 25 Feb 2020 - 14:21 por alma14
» Comparativa Sueldos Vigilantes USA vs Alemania vs Francia vs España Por Toni -
Lun 24 Feb 2020 - 11:10 por alma14
» La empresa no puede exigir recuperar los días de asuntos propios
Lun 2 Dic 2019 - 17:05 por alma14
» El despido durante la baja médica ya es despido nulo
Lun 2 Dic 2019 - 16:49 por alma14
» Permiso retribuido en elecciones generales
Dom 3 Nov 2019 - 10:06 por alma14
» Venta de Corsys de Seguridad
Jue 12 Sep 2019 - 13:56 por popazo09
» Vigilantes barcelona
Miér 10 Jul 2019 - 15:34 por Iliess
» Infarto como accidente de trabajo
Mar 9 Jul 2019 - 19:54 por alma14
» convenio 2021
Mar 9 Jul 2019 - 19:46 por errnovato
» Tiempo TIP
Mar 9 Jul 2019 - 19:19 por alma14