alma14 escribió: Tu lo has dicho: "No se precisa de ninguna autorización específica para que cualquier persona porte y utilice los esprays de defensa aprobados por el Ministerio de Sanidad"
Nosotros no somos cualquier persona cuando estamos trabajando, para trabajar tienes que usar los medios que pone la empresa en tu mano (sobre todo aquellos que atañen a leyes y reglamentos), otra cosa es que lo uses fuera de servicio como particular, pero si lo usas estando de servicio y muere alguien por su uso, o le causas graves daños, vete preparando y buscando un buen abogado, que no te salvan del trullo ni de coñas.
Entonces que heres?, si no heres cualquier persona, que somos? agentes de la autoridad?.
No te equivoques. de servicio heres un civil con uniforme. Auxiliares de las Fuerzas de Seguridad, nos llaman.
Hasta cuando detienes, lo haces como un ciudadano normal, lo que en las pelis de hollywood llaman Detención ciudadana
Tu precisas de autorización explícita o tácita, para portar armas ILEGALES (pistola, revolver, escopeta o carabina, defensa, grilletes, bastones policiales,tasers o defensas eléctricas, etc....).
Para portar armas legales como son los esprays, no hace falta autorización de nadie.
alma14 escribió: Me imagino que el jefe de seguridad no te firmará que puedes usar el spray y que el lo pone como dotación del vigilante...
1 Yo a mis Vigilantes, en la última empresa de Seguridad Privada donde trabajé, lo daba de dotación.
2. no me importa que no me lo firme, por que no lo preciso para nada, no me puede prohibir llevarlo ni él ni nadie.
alma14 escribió: PD.: Con las mismas si eres cazador, y tu servicio es en un monte donde permiten cazar, los domingos y festivos que se permita cazar, haces el servicio con la escopeta de cartuchos. Ya que tienes licencia y estás en un sitio en donde puedes usar la escopeta. Pégale un tiro a algún ladrón que te vaya al servicio y me comentas lo que te dice el juez.
Y el ejemplo de la PD no lo entiendo pero ser cazador no autoriza a portar utilizar ni armas fuera de las áreas destinadas a tal fin. Y si eres Vigilante de Seguridad, Jamás podrás hacer ese tipo de servicio ya que si es un sitio donde te permitan cazar, lo lógico es que sea un coto de caza. Terreno vedado a los Guardas Particulares del Campo.
Además, tu ejemplo no es válido por que me hablas de portar de manera ilegal (sin licencia que lo autorize), un arma ilegal y utilizarla de forma ilegal. Yo con el espray hablo de un arma legal que no precisa de requisitos específicos de ningún tipo para su utilización y que además, para el caso de la Seguridad Privada, existe escrito específico de la DGP autorizando su uso por parte de los Vigilantes de Seguridad.
Y con respecto a la respuesta de Sr. Juez en caso de "lesiones" por la utilización de un medio de defensa legal por parte de un vigilante de seguridad, estará más condicionado por la necesidad y la proporcionalidad que por el daño causado en sí mismo. por lo que puedes acabar en el trullo por poner unos grilletes mal puestos, en una mala situación o de mala manera. Y no pasar nada por dar un tiro a un tipo y dejarlo en una silla de ruedas de por vida o, pero, matarle. Todo dependerá de la necesidad y la proporcionalidad, Te van a juzgar como si fueras un policía, pero sin el apoyo público que constituye la condición de Agente de la Autoridad.
Pero, de todos modos, esto está vacío de sentido. la cabezonería no es discutible por ningúno de los bandos y cuando una conversación llega a una posición de rigidez, es mejor dejarla.
así que mi consejo a todos los que tengan dudas es que se dirijan a las Unidades de Seguridad Privada de sus provicias, o a la Unidad Central de Seguridad Privada en persona o llamando al teléfono 900 35 01 25 o mediante correo electrónico a
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] Y para ti mi consejo es que preguntes también y descubriras tu error, pero si no quieres, no te preocupes, tu tienes razón. No lo uses que yo y los míos, seguiremos haciéndolo. Sin contar que vuestro Jefe de Seguridad sabe lo que se hace y, aun que no lo parezca, todo lo que hace el Jefe de Seguridad tiene sus motivaciones (estar o no de acuerdo con ellas es otra cosa. pero a quién no le guste, que busque otra empresa mejor y ya está).
Tu Jefe de seguridad está igual de interesado que tu, o más que tu, en tu seguridad, Así que no dudes en sentarte a hablar con él y plantearle tus inquietudes y lo dicho, si no gusta lo que encontramos, siempre nos podemos buscar otra empresa y el servicio mal hecho que lo haga el Jefe de Sguridad y de la juegue él. Sin contar, que siempre podemos acudir a los tribunales aduciendo la Legislación en materia de Prevención de Riesgos Laborales, para obligar a la empresa a tomar las medidas que sean precisas y se nieguen a tomar por su cuenta. Consultar a vuestro sindicato o, si este es CCOO, UGT, USO, o cualquiera de estos ............... que nos llevan jodiendo los últimos años más que la propia patronal, consultad un abogado.
Sed felices y no os dejeis abasallar por empresas, sindicatos ni por nadie. No tengais miedo al Sr. Togado que está ahí para cuidar de vuestros derechos, si se le pide.
un saludo
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