* El abogado tendrá que hacer frente a los gastos de la traducción.
* Considera que se trata de una discriminación del castellano.
* Ha recurrido y pide que la traducción se haga sin ningún cargo.
EFE. 07.10.2009
El abogado murciano José Luis Mazón ha recurrido la providencia del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vic (Barcelona) en la que se le comunica que si quiere que unos documentos que necesita se le entreguen en castellano habrá de afrontar los gastos de la traducción, ya que están redactados en catalán.
No soy nacional de una potencia extranjera, sino que pertenezco al mismo Estado del juzgado
Mazón, que ha elevado también una queja al Consejo General del Poder Judicial, ha dicho que "este asunto me parece increíble, porque vulnera lo que dispone la Ley Orgánica del Poder Judicial, que señala que se procederá de oficio a la traducción si se alega indefensión por desconocer el idioma".
El letrado ha añadido que la resolución del juzgado añade que "se puede oficiar a Seprotec (Traducciones Técnicas-Juradas, Intérpretes) a efectos de realizar la traducción solicitada, pero informando al solicitante que tal traducción sería a su costa, para lo cual sería presentado por tal institución, previamente, un presupuesto".
En su recurso, José Luis Mazón, que está personado en un asunto encomendado por un vecino de esta localidad catalana, señala que "no soy nacional de una potencia extranjera, sino que pertenezco al mismo Estado del juzgado", por lo que añade que tiene derecho a que los documentos se le entreguen en castellano.
Discriminación del castellano
"La interpretación que hace la providencia -añade- reenviando a una empresa ¿privada? y a costa del propio demandante constituye un menoscabo de precepto legal, una burla del derecho a la traducción y una discriminación del castellano en relación al catalán".
Mazón acaba su recurso con la petición de que "se reponga la providencia en el punto impugnado y se ordene la traducción de los documentos solicitados sin cargo al litigante, en cumplimiento del precepto 231.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y del derecho a la Justicia y a la no discriminación de los castellanoparlantes que no sabemos catalán".
* Considera que se trata de una discriminación del castellano.
* Ha recurrido y pide que la traducción se haga sin ningún cargo.
EFE. 07.10.2009
El abogado murciano José Luis Mazón ha recurrido la providencia del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vic (Barcelona) en la que se le comunica que si quiere que unos documentos que necesita se le entreguen en castellano habrá de afrontar los gastos de la traducción, ya que están redactados en catalán.
No soy nacional de una potencia extranjera, sino que pertenezco al mismo Estado del juzgado
Mazón, que ha elevado también una queja al Consejo General del Poder Judicial, ha dicho que "este asunto me parece increíble, porque vulnera lo que dispone la Ley Orgánica del Poder Judicial, que señala que se procederá de oficio a la traducción si se alega indefensión por desconocer el idioma".
El letrado ha añadido que la resolución del juzgado añade que "se puede oficiar a Seprotec (Traducciones Técnicas-Juradas, Intérpretes) a efectos de realizar la traducción solicitada, pero informando al solicitante que tal traducción sería a su costa, para lo cual sería presentado por tal institución, previamente, un presupuesto".
En su recurso, José Luis Mazón, que está personado en un asunto encomendado por un vecino de esta localidad catalana, señala que "no soy nacional de una potencia extranjera, sino que pertenezco al mismo Estado del juzgado", por lo que añade que tiene derecho a que los documentos se le entreguen en castellano.
Discriminación del castellano
"La interpretación que hace la providencia -añade- reenviando a una empresa ¿privada? y a costa del propio demandante constituye un menoscabo de precepto legal, una burla del derecho a la traducción y una discriminación del castellano en relación al catalán".
Mazón acaba su recurso con la petición de que "se reponga la providencia en el punto impugnado y se ordene la traducción de los documentos solicitados sin cargo al litigante, en cumplimiento del precepto 231.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y del derecho a la Justicia y a la no discriminación de los castellanoparlantes que no sabemos catalán".
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