“Jefe de Equipo”, que és eso¡¡¡ | |
La figura de, “Jefe de Equipo” no existe en nuestra reglamentación, es igual de ilegal que la del “Auxiliar de Seguridad” ambos son igual de intrusos, sin embargo la de Jefe de equipo es aceptada y la de auxiliar rechazada. Los Jefes de Equipo los nombran normalmente las empresas grandes como, Prosegur, Securitas, etc. y son situados estratégimente en los grandes centros, donde hay varios vigilantes por turno, y su autoridad es total en dicho centro, ejercen un dominio sobre el resto de vigilantes plena, debido al respaldo de la empresa y a la potestad de realizar los cuadrantes a su antojo, benefician a los pelotas y perjudican a los que no se la hacen y por supuesto están totalmente de parte de la empresa decida esta lo que decida, de lo contrario no estarían en ese cargo. Por otro lado, la figura de, “Responsable de Equipo” si está regulada en nuestro convenio colectivo, y es el responsable de la coordinación del equipo en el turno que él trabaje, “ojo, solo de su turno” y deberá de haber uno por turno cuando haya más de dos Vigilantes de Seguridad trabajando, así lo dice nuestro Reglamento, y estos cobrarán el 10% del salario base mientras ejerzan tal cometido, este cargo no se adquiere y lo puede ejercer aquel que la empresa designe y si no ha nombrado a nadie por Ley lo desempeñará el mas antiguo. Pues bien, imagina un servicio a tres turnos con un responsable de equipo por turno, realizando su función y cobrando por ello. Esta es la Ley. La empresa, se carga a estos tres responsables y pone solo a uno y lo denomina, “Jefe de Equipo” con todos los privilegios que comentamos. ¿Y por qué creeis que los vigilantes aceptan a un Jefe de Equipo y no a un Auxiliar de Seguridad? Siendo los dos PERSONAJES intrusos. Esta pregunta que la responda quien quiera. Un compañero |
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"jefe de equipo",que es eso!!!
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"jefe de equipo",que es eso!!!
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- Mensaje n°2
Re: "jefe de equipo",que es eso!!!
Imagino que esto no salió de tu cabecita, pero vamos a dar alguna explicación.
La realidad es que los responsables de equipo (así lo pone el plus de responsable de equipo) son los que llevan en la solapa del bolsillo un emblema que pone en letras "jefe de equipo", como si pone ministro del interior. Pasa lo mismo con el "jefe de servicios", el "inspector" etc.
Una cosa es la organización que hace la empresa internamente, y otra bien distinta lo que dice la ley y el reglamento. Si no existe, vas y lo denuncias en inspección de trabajo, pues seguramente en su nómina lo pone, como inspector y jefe de servicios, ya verás que contestación tan rocambolesca te dan...
Los auxiliares de seguridad, eso es una vulneración a la ley de seguridad privada, y no el jefe de equipo, no confundamos.
La realidad, que no digo exista así en ciertos servicios, con un jefe de equipo, o responsable de equipo, abarcan todos los turnos. En otros casos, y no digo de prosegur o securitas, el jefe de equipo existe sin tener más de dos trabajadores por turno, está bien que la gente se preocupe, pero hasta el punto de comparar el caso con el auxiliar de seguridad...
Un saludo.
La realidad es que los responsables de equipo (así lo pone el plus de responsable de equipo) son los que llevan en la solapa del bolsillo un emblema que pone en letras "jefe de equipo", como si pone ministro del interior. Pasa lo mismo con el "jefe de servicios", el "inspector" etc.
Una cosa es la organización que hace la empresa internamente, y otra bien distinta lo que dice la ley y el reglamento. Si no existe, vas y lo denuncias en inspección de trabajo, pues seguramente en su nómina lo pone, como inspector y jefe de servicios, ya verás que contestación tan rocambolesca te dan...
Los auxiliares de seguridad, eso es una vulneración a la ley de seguridad privada, y no el jefe de equipo, no confundamos.
La realidad, que no digo exista así en ciertos servicios, con un jefe de equipo, o responsable de equipo, abarcan todos los turnos. En otros casos, y no digo de prosegur o securitas, el jefe de equipo existe sin tener más de dos trabajadores por turno, está bien que la gente se preocupe, pero hasta el punto de comparar el caso con el auxiliar de seguridad...
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- Mensaje n°3
Re: "jefe de equipo",que es eso!!!
EL INSPECTOR DE SERVICIOS Y EL JEFE DE EQUIPO NO SON NADIE PARA SEGURIDAD PRIVADA
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Tanto una, como otra figura, tienen entre las funciones que les asignan las empresas, la de inspeccionar los servicios de una determinada zona.
Pues bien, los artículos 95 b) y 99 del Reglamento de Seguridad Privada son claros al respecto cuando establecen que no caben otras figuras validas a la hora de la inspección de los servicios de seguridad que la del Jefe de Seguridad o el Jefe de Seguridad Delegado.
Si no existiera la figura del Jefe de Seguridad Delegado, el nombramiento o delegación sobre la persona escogida, que tendría que cumplir una serie de requisitos al respecto,
DEBERÁ SER COMUNICADO A LA UNIDAD CENTRAL DE SEGURIDAD PRIVADA de forma inexcusable y con la debida diligencia, debiendo de justificar la misma y explicitando el alcance de las funciones delegadas.
Por todo ello es concluyente que los Inspectores no tienen capacidad para realizar las funciones asignadas por el RSP en su artículo 95 b), Y c) al Jefe de Seguridad, y por lo tanto resulta indiferente que sean o no Vigilantes de Seguridad.
Sin embargo, si a un Vigilante de Seguridad, con los requisitos necesarios, le fueran delegadas las funciones del artículo 99, para determinada plantilla, si se cumplirían las exigencias previstas en la normativa de seguridad privada, pudiendo realizar dichos cometidos.
Pinchar este enlace para ver el Informe al respecto emitido por la Secretaría Técnica del Ministerio del Interior
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Tanto una, como otra figura, tienen entre las funciones que les asignan las empresas, la de inspeccionar los servicios de una determinada zona.
Pues bien, los artículos 95 b) y 99 del Reglamento de Seguridad Privada son claros al respecto cuando establecen que no caben otras figuras validas a la hora de la inspección de los servicios de seguridad que la del Jefe de Seguridad o el Jefe de Seguridad Delegado.
Si no existiera la figura del Jefe de Seguridad Delegado, el nombramiento o delegación sobre la persona escogida, que tendría que cumplir una serie de requisitos al respecto,
DEBERÁ SER COMUNICADO A LA UNIDAD CENTRAL DE SEGURIDAD PRIVADA de forma inexcusable y con la debida diligencia, debiendo de justificar la misma y explicitando el alcance de las funciones delegadas.
Por todo ello es concluyente que los Inspectores no tienen capacidad para realizar las funciones asignadas por el RSP en su artículo 95 b), Y c) al Jefe de Seguridad, y por lo tanto resulta indiferente que sean o no Vigilantes de Seguridad.
Sin embargo, si a un Vigilante de Seguridad, con los requisitos necesarios, le fueran delegadas las funciones del artículo 99, para determinada plantilla, si se cumplirían las exigencias previstas en la normativa de seguridad privada, pudiendo realizar dichos cometidos.
Pinchar este enlace para ver el Informe al respecto emitido por la Secretaría Técnica del Ministerio del Interior
alma14- Admin
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- Mensaje n°4
Re: "jefe de equipo",que es eso!!!
No confundamos el tocino con la velocidad, que después en vez de aclarar confundimos los conceptos. Está muy bien copiar y pegar...
¿Pero quién es el guapo que dice que un inspector, con las funciones de inspección delegadas por el jefe de seguridad de la empresa, no puede hacer inspecciones?
¿Quién es el guapo que dice también que un jefe de equipo (como le llama la empresa), responsable de equipo, dice el convenio hablando del plus, no es nadie?
Son y son bastante, y bastante más que un auxiliar de seguridad, o de servicios. Que en primer lugar no pertenecen a la empresa, esos si que no son nadie.
Que la ley no reconozca a ciertos mandos de la empresa, Gerente, Director, etc... no quiere decir que en la empresa no sean nadie.
Los inspectores pueden hacer funciones de inspección siempre que tengan funciones delegadas. Y los jefes de seguridad delegados son otra cosa, que no se porque los quitas aquí. Me gustaría saber en dónde los metes en convenio.
Un saludo.
PD.: En la empresa existen más puestos que los que pone la ley, y me refiero a la empresa de seguridad. O es que ¿el auxiliar no pertenece a la empresa?
¿Pero quién es el guapo que dice que un inspector, con las funciones de inspección delegadas por el jefe de seguridad de la empresa, no puede hacer inspecciones?
¿Quién es el guapo que dice también que un jefe de equipo (como le llama la empresa), responsable de equipo, dice el convenio hablando del plus, no es nadie?
Son y son bastante, y bastante más que un auxiliar de seguridad, o de servicios. Que en primer lugar no pertenecen a la empresa, esos si que no son nadie.
Que la ley no reconozca a ciertos mandos de la empresa, Gerente, Director, etc... no quiere decir que en la empresa no sean nadie.
Los inspectores pueden hacer funciones de inspección siempre que tengan funciones delegadas. Y los jefes de seguridad delegados son otra cosa, que no se porque los quitas aquí. Me gustaría saber en dónde los metes en convenio.
Un saludo.
PD.: En la empresa existen más puestos que los que pone la ley, y me refiero a la empresa de seguridad. O es que ¿el auxiliar no pertenece a la empresa?
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- Mensaje n°5
Re: "jefe de equipo",que es eso!!!
Efectivamente aire asi es, el jefe de seguridad es el unico que realmente puede hacer inspecciones o una persona que el JS haya delegado.Muchas empresas deberian de estar perseguidas por no tener un JS eso es una falta grave a la empresa yporque ocurre esto??? muy sencillo pero por precaucion voy a guardarlo en secreto. En cuanto a la figura del jefe de servicios y jefe de equipo eso son cargos internos de empresas por lo tanto es ilegal.....al igual que la de inspector, esa gentuza no tiene ni siquiera los estudios de EGB ni la educacion, ademas de ejercer como vigilantes que eso es totalmente ilegal (incompatiblidad de funciones).
larga y prospera vida!!!!
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- Mensaje n°6
Re: "jefe de equipo",que es eso!!!
hombre,es mejor copiar y pegar que tener que escribir todo eso de nuevo...saludos [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
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- Mensaje n°7
Re: "jefe de equipo",que es eso!!!
Ajedrecista escribió:Efectivamente aire asi es, el jefe de seguridad es el unico que realmente puede hacer inspecciones o una persona que el JS haya delegado.Muchas empresas deberian de estar perseguidas por no tener un JS eso es una falta grave a la empresa yporque ocurre esto??? muy sencillo pero por precaucion voy a guardarlo en secreto. En cuanto a la figura del jefe de servicios y jefe de equipo eso son cargos internos de empresas por lo tanto es ilegal.....al igual que la de inspector, esa gentuza no tiene ni siquiera los estudios de EGB ni la educacion, ademas de ejercer como vigilantes que eso es totalmente ilegal (incompatiblidad de funciones).
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Vamos a ver ejedrecista, ¿conoces alguna empresa que no tenga jefe de seguridad?, si es así, que lo dudo, puedes denunciarlo en seguridad privada, y el puro es de órdago.
Que yo sepa, no hay empresa que no disponga de un jefe de seguridad.
Otra cosita aje, ¿Que tiene de ilegal un inspector con funciones de inspección delegadas por el jefe de seguridad? ¿conoces a algún inspector que no las tenga? denuncias y es una falta grave a la empresa.
Que clase de ilegalidad es tener jefe de servicios, jefe de tránsito, jefe de RR.HH., Gerente, Director, Delegado, Auxiliar, Instructor de Tiro, etc... me lo explicas, y de paso me comentas en dónde está la ilegalidad de contar con estas personas, y si te parece bien me dices en dónde lo pone.
Como por lo visto, parece que no conoces a un inspector "legal", me dices en dónde está la ilegalidad de que falsos inspectores compatibilicen funciones. Los que no pueden compatibilizar funciones de inspección con trabajar de vigilante son los que tienen esas funciones delegadas. Los que no las tienen delegadas, NO SON INSPECTORES, por tanto pueden realizar las funciones de vigilante, las que no pueden realizar son las de inspección...
Si te parece bien, me lo explicas y me dices dónde lo pone.
Un saludo.
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- Mensaje n°8
Re: "jefe de equipo",que es eso!!!
Por supuesto que conozco a empresas sin jefe de seguridad, pero no te digo cuales por precaucion, Por supuesto conozco a muchos sin funciones delegadas y a ninguno que las tenga....Auxiliar depende de para que..si es como conserje pues si, pero para mirar monitores y hacer funciones de vigilancia no, con respecto al ultimo parrafo totalmente lo comparto
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- Mensaje n°9
Re: "jefe de equipo",que es eso!!!
Vamos a ver, aje, para que habilete el Ministerio del Interior a una empresa de seguridad es un requisito indispensable que disponga de un Jefe de Seguridad. Otra cosa es que en tu delegación no lo conozcas pero existir debe. Lo mismo está en Madrid y dirige toda la empresa desde allí abarcando todas las delegaciones.
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- Mensaje n°10
Re: "jefe de equipo",que es eso!!!
Eso pedrosevilla vamos a ver... yo no he dicho que en la empresa en la que estoy no tenga jefe de seguridad. He dicho que conozco empresas que no lo tienen. Ya te dire empresas que no lo tienen. Y porque tiene que estar en madrid?????. Ya se que en todas las delagaciones no tiene que haber un JS, con uno basta pero eso lo sé ya de hace mucho ehhhhh.Ademas parece mentira que lleveis tanto tiempo en seguridad y no conozcais las ilegalidades de las empresas, os lo tengo que decir yo que soy un principiante???
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- Mensaje n°11
Re: "jefe de equipo",que es eso!!!
Espero ansioso que me diga las empresas que no tienen Jefe de Seguridad, las denunciaré cosa que Vd. no hace. He puesto de ejemplo Madrid como podía haber dicho Villaconejos. Ilegalidades de las empresas conozco muchísimas pero de este calibre no. Así que le animo a que empiece a denunciar, si no se atreve, hay un apartado en el foro donde la puede hacer anonimamente.
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- Mensaje n°12
Re: "jefe de equipo",que es eso!!!
Ajedrecista escribió:Por supuesto que conozco a empresas sin jefe de seguridad, pero no te digo cuales por precaucion, Por supuesto conozco a muchos sin funciones delegadas y a ninguno que las tenga....Auxiliar depende de para que..si es como conserje pues si, pero para mirar monitores y hacer funciones de vigilancia no, con respecto al ultimo parrafo totalmente lo comparto
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Vamos a ver aje, me alegra mucho que vengas tu con dos meses en seguridad y des clases a quienes llevan muchos años.
Conocer, conocemos muchas irregularidades de las empresas, aunque cada día me asombro más, pues no conocía que un sindicato conociera que la empresa cobraba la defensa, grilletes y correaje, y no lo denunciara hace tiempo.
Dicho esto te diré:
- Jefes de seguridad, todas presuntamente lo tienen, que tu no lo conozcas no quiere decir que no lo tengan.
- Auxiliares, hay muchas empresas que los tienen (dentro de la ley). Creo que tu los conoces pero no te das cuenta, pues de los que tu me hablas, las empresas de seguridad no disponen de ellos... bueno, conozco algún que otro caso aislado, pero no es la norma. De los que te digo yo, todas los tienen.
Lo que te creo es lo de "conozco a muchos sin funciones delegadas y a ninguno que las tenga...", aunque no quiere eso decir que no existan, pues yo si los conozco, tanto a unos como a otros. ¿Será que tu nunca has pedido delegación de funciones de algún inspector?.
Así los que no las tienen, no son inspectores, por tanto pueden hacer funciones de vigilante, pero no inspecciones.
Y entérate que los auxiliares que hacen funciones de vigilancia, están por lo general (algún otro puede ser que no) en empresas que no son de seguridad, pues si fueran de seguridad, la multa sería más grande.
Un saludo.
PD.: Si eres tan amable, pones más literatura científica y menos particular, pues estos casos lo requieren. Si quieres poner literatura particular, en humor te leo lo que haga falta. Quiero decir con esto que pongas de donde quitas esas cosas, que tengo un cierto interés en ello.
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- Mensaje n°13
Re: "jefe de equipo",que es eso!!!
Tomare nota de ello :) Gracias
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- Mensaje n°14
Re: "jefe de equipo",que es eso!!!
Se me olvidó ponerte que los auxiliares que pertenecen a las empresas de seguridad son los administrativos...
Auxiliares administrativos...
Los que tu dices pertenecen a otras empresas, que no son de seguridad, son de servicios.
Un saludo.
Auxiliares administrativos...
Los que tu dices pertenecen a otras empresas, que no son de seguridad, son de servicios.
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- Mensaje n°15
Re: "jefe de equipo",que es eso!!!
yo no he quitado nada de ningun sitio amigo mio:), porque piensas que he quitado de otros sitios porque llevo 2 meses en seguridad???? Porque escribi post que son de un vigilante inexperto???. Yo no vengo a dar clases a nadie yo siempre intento aprender de los demas, siempre digo lo que pienso y creo que estas muy equivocado,
PD: A ver cuando me subes el karma que estamos en navidad :)
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- Mensaje n°16
Re: "jefe de equipo",que es eso!!!
vamos a ver esta mensaje es la opinion de un compañero(no mia alma 14) y no la puse para crear una guerra,ya que pienso que ni lo listos son tan listos ni los tontos son tan tontos.las opiniones son como el culo cada uno tiene el suyo,y no por eso es peor que la opinion de [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
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- Mensaje n°17
Re: "jefe de equipo",que es eso!!!
Despues dicen algunos que el polemico soy yo...Alma14 a ver si te enteras de una vez por todas que cada uno ve la suguridad desde un punto de vista diferente y no por ello esta en un error.Se perfectamente que los controladores son auxiliares de servicios. No me gusta la literatura cientifica no es mi fuerte prefiero leer a los clasicos :)
PD: T e recomiendo leer a Lucena.. y cuando leas algo de este autor me cuantas que tal es...
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- Mensaje n°18
Re: "jefe de equipo",que es eso!!!
Acabo de terminar de leer todos los comentarios...se ha notado cierta tension y todo jajaja ;de ello saco en claro que la seguridad tiene muchos entresijos y bueno que para empezar a conocerlos hay que echarle años.Es muy importante estar informado para opinar al respecto.Hoy he aprendido algo mas gracias por ello compañeros sigo verde y sigo madurando jejejejeje ,Saludos
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- Mensaje n°19
Re: "jefe de equipo",que es eso!!!
hay quien le llama tensión y quienes le llamamos intercabio de opiniones....el resultado es el mismo...seguimos siendo compañeros y aqui no ha pasado nada...saludos [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
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- Mensaje n°20
Re: "jefe de equipo",que es eso!!!
Es lo que tiene el copia y pega a discrepción, que si habitualmente cuelgas opiniones que no son tuyas, acabas resbalando tarde ó temprano [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
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- Mensaje n°21
Re: "jefe de equipo",que es eso!!!
@ire, el que no estés de acuerdo con la opinión de una persona de este foro no te da derecho a desviar el tema. Cualquier desvío de tema, sea tuyo o de cualquiera, se manda al almacén. Como moderadora que eres de un foro sé que lo sabes.
Gracias y un saludo
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- Mensaje n°22
Re: "jefe de equipo",que es eso!!!
estoy contigo pedro no vale la pena seguir discutiendo estos temas todos sabemos que la figura de jefe de equipo no esta contemplada pero se practica ahora la de auxiliar se practica por muchas empresas opurtunistas pero es totalmente ilegal ,animos compañeros y no discutamos por esto .
emeritaaugusta- Aprendiz
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- Mensaje n°23
Re: "jefe de equipo",que es eso!!!
lo que no puede confundirse es el convenio colectivo con el reglamento y la ley de seguridad privada. El jefe de servicios SI APARECE en el convenio , igual que el auxiliar administrativo. Y se establecen unos salarios para la funcion que desempeñan. Otra cosa es el jefe de seguridad, que necesita una acreditacion previo examen realizado en Madrid.
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- Mensaje n°24
Re: "jefe de equipo",que es eso!!!
Buenas a tod@s chic@s, leyendo todas las opiniones que habeis posteado en este tema y respetandolas todas, sin querer defender a un@s u otr@s, ya que somos tod@s mayorcit@s para poder hacerlo, simplemente quisiera esponer mi humilde opinión:
1º- Referente al tema de si son legales o ilegales ciertos puestos en las subsodichas empresas de seguridad e de aclarar que ciertas categorías profesionales EL CONVENIO DE SEGURIDAD PRIVADA 2005 - 2008 (que por desgracia es el que nos regula al día de hoy), expecif´ca bien claro en el apartado III. Personal de Mandos Intermedios. En este grupo se comprende en el apartado F. Inspector (de vigilancia, de tráfico, de Servicios) y sus funciones son: Inspector: Es aquel empleado que tiene por misión verificar y comprobar el exacto cumplimiento de las funciones y obligaciones atribuidas a Vigilantes, Conductores y demás empleados, dando cuenta inmediata al Jefe de Servicios correspondiente de cuantas incidencias observe en la prestación de los servicios, tomando las medidas de urgencia que estime oportunas en los casos de alteración del orden público, de tráfico o accidentes, encargándose de mantener la disciplina y pulcritud entre sus empleados. Podrá ser de Vigilancia, de Tráfico, de Servicios, etc., según corresponda.Esto significa que no es un trabajador ILEGAL de una empresa de seguridad, si no que esta recogida su figura como tal en dicho convenio.NO CONFUNDIR CON PERSONAL DE SEGURIDAD PRIVADA REGULADO EN LA LEY 23/92 DE SEGURIDAD PRIVADA, la cual dicta que dicho personal son: JEFE DE SEGURIDAD, VIGILANTE DE SEGURIDAD,ESCOLTA PRIVADO,GUARDA PARTICULAR DEL CAMPO Y DETECTIVE PRIVADO...Que a su vez queda modificado de la forma que sigue por el:
TÍTULO II.
PERSONAL DE SEGURIDAD.
CAPÍTULO I.
HABILITACIÓN Y FORMACIÓN.
SECCIÓN I. REQUISITOS.
Artículo 52. Disposiciones comunes.
1. El personal de seguridad privada estará integrado por: los vigilantes de seguridad, los vigilantes de explosivos, los jefes de seguridad, los directores de seguridad, los escoltas privados, los guardas particulares del campo, los guardas de caza, los guardapescas marítimos y los detectives privados.
2. A los efectos de habilitación y formación, se considerarán:
Aclarada la diferencia entre personal que puede integrarse en una empresa de seguridad privada y personal de seguridad privada, cada cual que saque sus conclusiones.
P.D: podría seguir con estas aclaraciones con cada una de las figuras anteriormente mencionadas, pero lo considero innecesario por dos razones muy simples:
La primera es que estaría escribiendo una nueva biblia, y la segunda simplemente hay que leerse LA LEY 23/92 DE SEGURIDAD PRIVADA...EL REAL DECRETO 2364/1994 DE 9 DE DICIEMBRE, POR EL CUAL SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE SEGURIDAD PRIVADA (el cual es un anexo o complemento a la ley anteriormente mencionada)...y EL CONVENIO COLECTIVO DE SEGURIDAD PRIVADA 2005 - 2008 POR EL CUAL ESTAMOS REGIDOS ACTUALMENTE (por desgracia) ANTES DE OPINAR DE CUALQUIER TEMA REFERENTE A SEGURIDAD PRIVADA.
Y con vuesto permiso solo quiero hacer una aclaración breve pero concisa de la figura de JEFE DE EQUIPO...dicha figura no figura en ninguno de los sitios anteriormente mencionados, pero si existe la figura de COORDINADOR DE SERVICIOS: Es aquel EMPLEADO, bajo las ordenes directas del Jefe de Servicios, que tiene como función la coordinación de uno o más servicios de la empresa, encargándose de la solución de las incidencias que puedan surgir en los mismos para una mayor eficacia y cumplimiento...Y ya que el sueldo es substantivamente superior a un RESPONSABLE DE EQUIPO, surge dentro de las empresas de sergurida la figura de JEFE DE EQUIPO, el cual cobra el plus de un RESPONSABLE DE EQUIPO, ahorrandose dichas empresas dos o mas pluses de responsable de equipo (dependiendo de la plantilla de vigilantes de seguridad y turnos de trabajo existentes en los diferentes servicios que se prestan a los clientes de las empresas de seguridad.
esperando queden aclaradas las dudas de los diferentes compañer@s que anteriormente opinaron sobre este tema, LEER y PREGUNTAR dudas al respeto ANTES DE OPINAR.
GRACIAS POR VUESTRO TIEMPO Y VUESTRA PACIENCIA POR AGUANTAR DEL TIRÓN ESTA HUMILDE REFLEXIÓN.
Se despide de todos vosotros un humilde servidor esperando aclarar los malos entendidos aquí descritos con un cordial saludo. [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
1º- Referente al tema de si son legales o ilegales ciertos puestos en las subsodichas empresas de seguridad e de aclarar que ciertas categorías profesionales EL CONVENIO DE SEGURIDAD PRIVADA 2005 - 2008 (que por desgracia es el que nos regula al día de hoy), expecif´ca bien claro en el apartado III. Personal de Mandos Intermedios. En este grupo se comprende en el apartado F. Inspector (de vigilancia, de tráfico, de Servicios) y sus funciones son: Inspector: Es aquel empleado que tiene por misión verificar y comprobar el exacto cumplimiento de las funciones y obligaciones atribuidas a Vigilantes, Conductores y demás empleados, dando cuenta inmediata al Jefe de Servicios correspondiente de cuantas incidencias observe en la prestación de los servicios, tomando las medidas de urgencia que estime oportunas en los casos de alteración del orden público, de tráfico o accidentes, encargándose de mantener la disciplina y pulcritud entre sus empleados. Podrá ser de Vigilancia, de Tráfico, de Servicios, etc., según corresponda.Esto significa que no es un trabajador ILEGAL de una empresa de seguridad, si no que esta recogida su figura como tal en dicho convenio.NO CONFUNDIR CON PERSONAL DE SEGURIDAD PRIVADA REGULADO EN LA LEY 23/92 DE SEGURIDAD PRIVADA, la cual dicta que dicho personal son: JEFE DE SEGURIDAD, VIGILANTE DE SEGURIDAD,ESCOLTA PRIVADO,GUARDA PARTICULAR DEL CAMPO Y DETECTIVE PRIVADO...Que a su vez queda modificado de la forma que sigue por el:
Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada. |
TÍTULO II.
PERSONAL DE SEGURIDAD.
CAPÍTULO I.
HABILITACIÓN Y FORMACIÓN.
SECCIÓN I. REQUISITOS.
Artículo 52. Disposiciones comunes.
1. El personal de seguridad privada estará integrado por: los vigilantes de seguridad, los vigilantes de explosivos, los jefes de seguridad, los directores de seguridad, los escoltas privados, los guardas particulares del campo, los guardas de caza, los guardapescas marítimos y los detectives privados.
2. A los efectos de habilitación y formación, se considerarán:
Los escoltas privados y los vigilantes de explosivos y sustancias peligrosas como especialidades de los vigilantes de seguridad.
Los guardas de caza y los guardapescas marítimos como especialidades de los guardas particulares del campo.
Aclarada la diferencia entre personal que puede integrarse en una empresa de seguridad privada y personal de seguridad privada, cada cual que saque sus conclusiones.
P.D: podría seguir con estas aclaraciones con cada una de las figuras anteriormente mencionadas, pero lo considero innecesario por dos razones muy simples:
La primera es que estaría escribiendo una nueva biblia, y la segunda simplemente hay que leerse LA LEY 23/92 DE SEGURIDAD PRIVADA...EL REAL DECRETO 2364/1994 DE 9 DE DICIEMBRE, POR EL CUAL SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE SEGURIDAD PRIVADA (el cual es un anexo o complemento a la ley anteriormente mencionada)...y EL CONVENIO COLECTIVO DE SEGURIDAD PRIVADA 2005 - 2008 POR EL CUAL ESTAMOS REGIDOS ACTUALMENTE (por desgracia) ANTES DE OPINAR DE CUALQUIER TEMA REFERENTE A SEGURIDAD PRIVADA.
Y con vuesto permiso solo quiero hacer una aclaración breve pero concisa de la figura de JEFE DE EQUIPO...dicha figura no figura en ninguno de los sitios anteriormente mencionados, pero si existe la figura de COORDINADOR DE SERVICIOS: Es aquel EMPLEADO, bajo las ordenes directas del Jefe de Servicios, que tiene como función la coordinación de uno o más servicios de la empresa, encargándose de la solución de las incidencias que puedan surgir en los mismos para una mayor eficacia y cumplimiento...Y ya que el sueldo es substantivamente superior a un RESPONSABLE DE EQUIPO, surge dentro de las empresas de sergurida la figura de JEFE DE EQUIPO, el cual cobra el plus de un RESPONSABLE DE EQUIPO, ahorrandose dichas empresas dos o mas pluses de responsable de equipo (dependiendo de la plantilla de vigilantes de seguridad y turnos de trabajo existentes en los diferentes servicios que se prestan a los clientes de las empresas de seguridad.
esperando queden aclaradas las dudas de los diferentes compañer@s que anteriormente opinaron sobre este tema, LEER y PREGUNTAR dudas al respeto ANTES DE OPINAR.
GRACIAS POR VUESTRO TIEMPO Y VUESTRA PACIENCIA POR AGUANTAR DEL TIRÓN ESTA HUMILDE REFLEXIÓN.
Se despide de todos vosotros un humilde servidor esperando aclarar los malos entendidos aquí descritos con un cordial saludo. [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
Última edición por alma14 el Dom 21 Feb 2010 - 2:53, editado 2 veces (Razón : Arreglo de formateo)
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Re: "jefe de equipo",que es eso!!!
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