Los dos acusados de matar a uno de los vigilantes del club Changó en Albacete, F.F.F., de 38 años, y F.F.F, de 26, tío y sobrino, han sido condenados a un total de dieciocho años de prisión cada uno.
En la sentencia, se condena a los acusados a doce años de prisión por un delito de homicidio con la agravante de abuso de superioridad y la atenuante analógica de embriaguez, por el asesinato de G.C., y a otros seis años como autores de un homicidio intentado, al agredir a otro de los vigilantes del local, I.G.M., que resultó herido.
Además, los acusados no podrán acercarse a I.G.M. durante diez años a una distancia inferior a 500 metros de cualquier lugar donde se encuentre, acercase a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro frecuentado por él.
Los acusados, según la sentencia contra la que cabe recurso, deberán indemnizar a la pareja del fallecido con 115.000 euros y a I.G.M. con 1.270.
El juez considera probado que los acusados querían matar a los porteros, «realizaron actos hábiles para ello y lo consiguieron en el caso de G.T., no así en el de I.G.M., siendo ello debido a circunstancias ajenas a la voluntad de los acusados (un movimiento evasivo de la víctima, la torpeza del autor material o simplemente la buena fortuna)».
Se considera como hecho probado que, en la madrugada del sábado 5 de julio de 2008, se desplazaron al Club Changó, situado en la N-322 de Albacete, a las 3.12 horas de la madrugada.
Una vez en el local, se sentaron en una barra situada en el centro del establecimiento y mantuvieron «una actitud grosera e intimidante, monopolizando la atención de los camareros».
Después llegaron dos clientes, de ignorada identidad, que se pusieron junto a los acusados, y al poco tiempo surgió una disputa entre los cuatro, momento en que los tres vigilantes de seguridad que esa noche se encontraban en el local, I.G.M., A.I.D. y G.C., entraron en la sala, logrando separar al mayor de los acusados del individuo con el que se estaba peleando.
Mientras G.C. intentaba echar del local al sobrino, el tío se liberó del vigilante A.I.D., sacó del bolsillo de su pantalón un cuchillo y persiguió al desconocido cliente, que logró huir por una puerta, mientras preguntaba en voz alta dónde estaba su sobrino y decía a I.G.M. «vete a tu país extranjero de mierda» y «yo a ti te mato».
Media hora más tarde, los vigilantes consiguieron expulsar a los dos acusados, si bien el menor de ellos se dirigió a su vehículo, en el aparcamiento del club, y regresó portando en su mano derecha un hacha con una hoja de corte de diez centímetros de larga, que lanzó contra I.G.M. a la cabeza.
En ese momento los dos acusados iniciaron una pelea con los vigilantes con la intención de matarlos y mientras el tío acuchillaba a G.C., de 38 años, que resultó muerto, su sobrino golpeaba con el hacha a I.G.M., que resultó herido en el antebrazo derecho, en la frontal izquierda y con varias erosiones en su cuerpo.
En la sentencia, se condena a los acusados a doce años de prisión por un delito de homicidio con la agravante de abuso de superioridad y la atenuante analógica de embriaguez, por el asesinato de G.C., y a otros seis años como autores de un homicidio intentado, al agredir a otro de los vigilantes del local, I.G.M., que resultó herido.
Además, los acusados no podrán acercarse a I.G.M. durante diez años a una distancia inferior a 500 metros de cualquier lugar donde se encuentre, acercase a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro frecuentado por él.
Los acusados, según la sentencia contra la que cabe recurso, deberán indemnizar a la pareja del fallecido con 115.000 euros y a I.G.M. con 1.270.
El juez considera probado que los acusados querían matar a los porteros, «realizaron actos hábiles para ello y lo consiguieron en el caso de G.T., no así en el de I.G.M., siendo ello debido a circunstancias ajenas a la voluntad de los acusados (un movimiento evasivo de la víctima, la torpeza del autor material o simplemente la buena fortuna)».
Se considera como hecho probado que, en la madrugada del sábado 5 de julio de 2008, se desplazaron al Club Changó, situado en la N-322 de Albacete, a las 3.12 horas de la madrugada.
Una vez en el local, se sentaron en una barra situada en el centro del establecimiento y mantuvieron «una actitud grosera e intimidante, monopolizando la atención de los camareros».
Después llegaron dos clientes, de ignorada identidad, que se pusieron junto a los acusados, y al poco tiempo surgió una disputa entre los cuatro, momento en que los tres vigilantes de seguridad que esa noche se encontraban en el local, I.G.M., A.I.D. y G.C., entraron en la sala, logrando separar al mayor de los acusados del individuo con el que se estaba peleando.
Mientras G.C. intentaba echar del local al sobrino, el tío se liberó del vigilante A.I.D., sacó del bolsillo de su pantalón un cuchillo y persiguió al desconocido cliente, que logró huir por una puerta, mientras preguntaba en voz alta dónde estaba su sobrino y decía a I.G.M. «vete a tu país extranjero de mierda» y «yo a ti te mato».
Media hora más tarde, los vigilantes consiguieron expulsar a los dos acusados, si bien el menor de ellos se dirigió a su vehículo, en el aparcamiento del club, y regresó portando en su mano derecha un hacha con una hoja de corte de diez centímetros de larga, que lanzó contra I.G.M. a la cabeza.
En ese momento los dos acusados iniciaron una pelea con los vigilantes con la intención de matarlos y mientras el tío acuchillaba a G.C., de 38 años, que resultó muerto, su sobrino golpeaba con el hacha a I.G.M., que resultó herido en el antebrazo derecho, en la frontal izquierda y con varias erosiones en su cuerpo.
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