En el dia de ayer recibi una resolucion por parte de la inspeccion provincial de Valencia.Referente al pago de horas extra y la sra.inspectora M.C.A.L. En labor encomiable dicta siguiente resolucion despues de casi un año de espera y varias denuncias.De acuedo con lo señalado en art.35 del estatuto de los trabajadores que dicta.En ausencia de pacto al respecto,se entendera que las horas extraordinarias realizadas deberan se compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realizacion.Ahora viene lo bueno resolucion.Analizando el convenio colectivo aplicable a la empresa,no se advierte pacto alguno que señale que las horas extraordinarias han de ser abonadas,por lo que no se aprecia incumplimiento de la normativa laboral por parte de la empresa,ya que la empresa en comparecencia 10-02-2010,informa que las compensa con descansos.
Esa señora no sabe con quien a topado y ayer al recibir la resolucion llame indignado a la inpeccion y les deje muy claro lo siguiente que esto no va a quedar asi primero si puedo voy a hacer que inhabiliten a dicha persona por negligencia ya que en ningun momento he sido requerido por dicha persona para poder exponer las pruebas de las que dispongo para demostrar la veracidad ya que asi consta en la denuncia presentada que cita.Se solicita que el inpector de trabajo,cuando realice su visita,se ponga en contacto conmigo en mi direccion o telefono,para que pueda aclarar mas detalles si los hubiere de los hechos y circunstancias denunciadas...
Pues nada ahora dicha funcionaria cuando la direccion general de la inpeccion de trabajo ubicada en Madrid reciba toda la documentacion ademas de copia de la resolucion.Veremos a ver quien tiene razon,por que cuando me puse ayer en contacto con ellos, muy amablemente me dijeron que adjuntara toda la documentacion pertinente asi como la citada resolucion.
Esa señora no sabe con quien a topado y ayer al recibir la resolucion llame indignado a la inpeccion y les deje muy claro lo siguiente que esto no va a quedar asi primero si puedo voy a hacer que inhabiliten a dicha persona por negligencia ya que en ningun momento he sido requerido por dicha persona para poder exponer las pruebas de las que dispongo para demostrar la veracidad ya que asi consta en la denuncia presentada que cita.Se solicita que el inpector de trabajo,cuando realice su visita,se ponga en contacto conmigo en mi direccion o telefono,para que pueda aclarar mas detalles si los hubiere de los hechos y circunstancias denunciadas...
Pues nada ahora dicha funcionaria cuando la direccion general de la inpeccion de trabajo ubicada en Madrid reciba toda la documentacion ademas de copia de la resolucion.Veremos a ver quien tiene razon,por que cuando me puse ayer en contacto con ellos, muy amablemente me dijeron que adjuntara toda la documentacion pertinente asi como la citada resolucion.
Vie 24 Mar 2023 - 17:25 por alma14
» Felices fiestas
Sáb 25 Dic 2021 - 7:00 por alma14
» Excedencia y posterior pedida de la habilitación
Sáb 25 Dic 2021 - 6:57 por alma14
» BAJA
Vie 15 Oct 2021 - 17:51 por Invitado
» Limpieza total
Mar 11 Ago 2020 - 17:45 por cliper91
» Juicio y vacaciones
Lun 10 Ago 2020 - 23:53 por alma14
» Necesito ayuda sobre el tema de requisitos de Escolta Privado
Lun 11 Mayo 2020 - 12:45 por escolta63
» que es un impacto negativo
Lun 11 Mayo 2020 - 12:43 por escolta63
» pregunta temario escolta
Lun 11 Mayo 2020 - 12:39 por escolta63
» Artículo de Alba
Lun 11 Mayo 2020 - 8:52 por alma14
» El TSJC rechaza el despido de dos gerocultoras por negarse a preparar medicación
Mar 25 Feb 2020 - 14:21 por alma14
» Comparativa Sueldos Vigilantes USA vs Alemania vs Francia vs España Por Toni -
Lun 24 Feb 2020 - 11:10 por alma14
» La empresa no puede exigir recuperar los días de asuntos propios
Lun 2 Dic 2019 - 17:05 por alma14
» El despido durante la baja médica ya es despido nulo
Lun 2 Dic 2019 - 16:49 por alma14
» Permiso retribuido en elecciones generales
Dom 3 Nov 2019 - 10:06 por alma14
» Venta de Corsys de Seguridad
Jue 12 Sep 2019 - 13:56 por popazo09
» Vigilantes barcelona
Miér 10 Jul 2019 - 15:34 por Iliess
» Infarto como accidente de trabajo
Mar 9 Jul 2019 - 19:54 por alma14
» convenio 2021
Mar 9 Jul 2019 - 19:46 por errnovato
» Tiempo TIP
Mar 9 Jul 2019 - 19:19 por alma14