por alma14 Mar 6 Abr 2010 - 21:23
Nerea escribió:Un vigilante de baja:
A) No podrá votar en las elecciones sindicales.
B) Si puede es un derecho que no se le puede negar.
C) Si puede con autorizacion de la empresa.
Esta pregunta si que trae trampa...
Todo aquel que esté de baja en el escalafón de la empresa y cuando la mesa constituya la lista electoral no esté en la misma, si no se añade a ella en las reclamaciones pertinentes y a la hora de votar no aparece en el listado confeccionado por la mesa... no podrá votar.
Solamente pueden votar aquellos que estén en el listado final que la mesa electoral haya confeccionado. Así, alguien que no está de alta en la empresa, ni estuvo en los últimos años en la empresa... si aparece en la lista confeccionada por la mesa, puede votar.
Y alguien que esté de alta en la empresa y no aparece en la lista, no puede votar. Tampoco pueden votar aquellos que lleven menos de un mes de alta en la empresa.
Resumiendo, el que esté en el censo elaborado por la mesa, es el que puede votar. Independientemente que esté o no de alta en la empresa.
Así, saca tus propias conclusiones.
Un saludo.
PD.: Esto no es pregunta de exámen. Parece que es pregunta de cuestionario Nere.
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