Le está cojonudamente bien... no las hagas, no las temas...
Feliz estancia truchete... jijiji...
Un saludo.
Foro, Vigilantes, Escoltas, Guardas particulares, Convenio, Estatuto de los Trabajadores, Sindicatos, Empresas, Sentencias, Noticias...
alma14 escribió:Atención a los compañeros de Madrid que el trucho marcha para ahí... aconsejado por su sindicato... primero no lo mete en la lista, y ahora le aconseja marcharse para Madrid...
Le está cojonudamente bien... no las hagas, no las temas...
Feliz estancia truchete... jijiji...
Un saludo.
D. TTN
En Madrid a 1 de febrero de 2011
Estimado Sr:
La dirección de esta empresa, le comunica por medio del presente escrito que, a
tener de lo recogido en el artículo 38 del Convenio Colectivo de Estatal de
Empresas de Seguridad, nos vemos en la necesidad, por razones del servicio y
de índole económicas, organizativas y de producción relacionadas con las
contrataciones referidas a la actividad empresarial, de proceder a su traslado,
con carácter definitivo, al centro de trabajo que esta empresa tiene en la C/
Cronos nº 10, a los efectos de presentarle los servicios de los cuales se hará
cargo como inspector.
Esta decisión se debe a la pérdida de servicios que estamos sufriendo en toda
Galicia así como la reducción del número de horas en los servicios contratados,
como la imposibilidad de poder darle ocupación efectiva en las distintas sedes
que Esabe Vigilancia S.A. posee en Galicia.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 40.1 y 2 del Estatuto de los
Trabajadores, tiene usted derecho a optar entre la aceptación del traslado o la
rescisión del contrato de trabajo.
Aprovecha para saludarle atentamente
Fdo: MGS
Directora de RRHH
RECIBI TRABAJADOR:
¿como sabe alma que no lleva defensa?
lucas escribió:eso de reina ya sospechaba yo algo de alma 14 a pesar de la barba si es que cada dia se distiguen peor,saludos lucas
Vie 24 Mar 2023 - 17:25 por alma14
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