Cuatro años después del crimen de un joven vigilante en Mos, y casi dos desde que los culpables fueron juzgados y condenados, la Audiencia Nacional acaba de desestimar un recurso presentado por la empresa para la que trabajaba confirmando así una sanción de 90.000 euros por una infracción a la Ley de Seguridad Privada.
Según consta en el fallo de la sala de lo Contencioso, este proceso se inicia a raíz del crimen del vigilante que trabajaba para dicha empresa. Tras los sucesos, acontecidos en 2007, se abrió una investigación interna para aclarar si la empresa estaba prestando servicios de vigilancia sin estar autorizada para ello.
Tras tomar declaración al responsable de la empresa ser ordena también el interrogatorio a los compañeros del fallecido quienes manifiestan que su trabajo consiste en recoger un vehículo de la empresa para la que se ofrecía el servicio en la nave de Mos y con él realizar rondas de vigilancia por los diferentes almacenes de la citada empresa, comprobando si las puertas están cerradas, si hay humo, en cuyo caso avisarían a los bomberos, y comprobar si alguna puerta o ventana ha sido forzada en cuyo caso llamarían a la Guardia Civil. Además, aseguraron que el tiempo en comprobar cada nave-almacén es de unos 15 o 20 minutos. Tras esta investigación, en 2008, se le impone una sanción por infracción de la Ley de Seguridad, que fue recurrida alegando que las funciones eran de custodia. El recurso ha sido desestimado.
Condena
En prisión los autores del crimen
El cuerpo del joven José Álvarez Nión, de 22 años, que trabajaba como vigilante para la empresa sancionada en el polígono de O Rebullón, aparecía con varios disparos. Era el 15 de agosto de 2007. Los autores del crimen, dos delincuentes, fueron detenidos poco después y juzgados en 2009. Reconocieron haber matado al joven de dos disparos. Aquella noche se habían desplazado hasta el polígono a fumar unos porros, dijeron. La mala suerte quiso que el joven se topara con ellos y acabó falleciendo. Un jurado popular les encontró culpables y fueron condenados a 15 años de prisión.
Resuelto el crimen, y cuatro años después de que ocurriera, la empresa para la que trabajaba acaba de recibir una sentencia que rechaza el recurso interpuesto contra la sanción establecida en 2008 tras la investigación interna abierta.
Según consta en el fallo de la sala de lo Contencioso, este proceso se inicia a raíz del crimen del vigilante que trabajaba para dicha empresa. Tras los sucesos, acontecidos en 2007, se abrió una investigación interna para aclarar si la empresa estaba prestando servicios de vigilancia sin estar autorizada para ello.
Tras tomar declaración al responsable de la empresa ser ordena también el interrogatorio a los compañeros del fallecido quienes manifiestan que su trabajo consiste en recoger un vehículo de la empresa para la que se ofrecía el servicio en la nave de Mos y con él realizar rondas de vigilancia por los diferentes almacenes de la citada empresa, comprobando si las puertas están cerradas, si hay humo, en cuyo caso avisarían a los bomberos, y comprobar si alguna puerta o ventana ha sido forzada en cuyo caso llamarían a la Guardia Civil. Además, aseguraron que el tiempo en comprobar cada nave-almacén es de unos 15 o 20 minutos. Tras esta investigación, en 2008, se le impone una sanción por infracción de la Ley de Seguridad, que fue recurrida alegando que las funciones eran de custodia. El recurso ha sido desestimado.
Condena
En prisión los autores del crimen
El cuerpo del joven José Álvarez Nión, de 22 años, que trabajaba como vigilante para la empresa sancionada en el polígono de O Rebullón, aparecía con varios disparos. Era el 15 de agosto de 2007. Los autores del crimen, dos delincuentes, fueron detenidos poco después y juzgados en 2009. Reconocieron haber matado al joven de dos disparos. Aquella noche se habían desplazado hasta el polígono a fumar unos porros, dijeron. La mala suerte quiso que el joven se topara con ellos y acabó falleciendo. Un jurado popular les encontró culpables y fueron condenados a 15 años de prisión.
Resuelto el crimen, y cuatro años después de que ocurriera, la empresa para la que trabajaba acaba de recibir una sentencia que rechaza el recurso interpuesto contra la sanción establecida en 2008 tras la investigación interna abierta.
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