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    Mensaje por Invitado Sáb 3 Sep 2011 - 17:38

    Buenas tardes a todos/as, tengo una duda, Un miembro del comité de empresa que no a querido la subrogación y se queda con la empresa este tenia en su anterior servicio turno de día y de lunes a viernes ¿puede su empresa poner a este delegado de correturnos en varios servicios? o ¿tiene que ponerle en un solo servicio?.
    Gracias de antemano y espero vuestra respuesta
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    Mensaje por SARGENTO DE HIERRO Sáb 3 Sep 2011 - 18:56

    Entiendo que puede ponerle en varios servicios en tanto le mantenga las condiciones laborales pactadas o adquiridas legalmente
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    Mensaje por alma14 Dom 4 Sep 2011 - 1:07

    Tiene que buscarle un sitio de mutuo acuerdo. Si el trabajador tiene unas condiciones y no se apea de ellas, el sitio tiene que tener esas condiciones.

    Ningún contrato puede ser para varios servicios, pues aunque no recuerdo el artículo, el convenio lo pone bien claro, cada contrato tiene que tener su servicio.

    Si hay un contrato por vacaciones, viene especificado a quien vas a hacer las vacaciones y los meses que vas a hacer. No puede ir a otro servicio a realizar el trabajo, pues estaría en fraude el contrato.

    Un contrato, un servicio. Y un fijo de empresa, que lo cambien de servicio (sería el caso) no se puede cambiar de servicio en 5 años, así que lo pongan en varios servicios le puede salir muy caro a la empresa.

    Un saludo.
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    Mensaje por tasmania68 Dom 4 Sep 2011 - 4:21

    Que le pongan a dar vueltas para que no se aburra.
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    Mensaje por Invitado Dom 4 Sep 2011 - 13:35

    alma14 escribió:Tiene que buscarle un sitio de mutuo acuerdo. Si el trabajador tiene unas condiciones y no se apea de ellas, el sitio tiene que tener esas condiciones.

    Ningún contrato puede ser para varios servicios, pues aunque no recuerdo el artículo, el convenio lo pone bien claro, cada contrato tiene que tener su servicio.

    Si hay un contrato por vacaciones, viene especificado a quien vas a hacer las vacaciones y los meses que vas a hacer. No puede ir a otro servicio a realizar el trabajo, pues estaría en fraude el contrato.

    Un contrato, un servicio. Y un fijo de empresa, que lo cambien de servicio (sería el caso) no se puede cambiar de servicio en 5 años, así que lo pongan en varios servicios le puede salir muy caro a la empresa.

    Un saludo.
    Porfa me puedes ampliar la información, gracias
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    Mensaje por pk2r Dom 4 Sep 2011 - 23:43

    tasmania68 escribió:Que le pongan a dar vueltas para que no se aburra.

    No alimentes al troll
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    Mensaje por alma14 Lun 5 Sep 2011 - 1:09

    Sentencia del supremo de 7 de Octubre de 2008, por modificación de las condiciones laborales... HORARIO DE TRABAJO, contra las sentencias del superior de justicia de Madrid de 26 junio de 2007, autos 3288/2003, que reafirma la sentencia del social 34 de 22 de Septiembre de 2006, autos 553/2006 contra securitas, sobre modificación de las condiciones de trabajo.

    En ella el supremo confirma las sentencias que obligan a securitas a que el empleado tenga el mismo horario que venía disfrutando.

    De lunes a viernes de 7 a 15 horas. y en algunas ocasiones de 7 a 19 horas para completar el cómputo mensual de horas.

    Securitas pierde el cambio de horarios y turnos. Llegó hasta el supremo y confirmó las sentencias anteriores que dan la razón al trabajador.

    Un saludo.

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