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    Mensaje por jeorge Sáb 24 Sep 2011 - 17:26

    Recuerdo del primer mensaje :

    hola,
    Hace un año solicitè una excedencia por un año, el cual se cumple a primeros de noviembre, he solicitado la reincorporacion en setiembre, en el cual me lo han denegado via verbal...supongo que me lo tienen que notificar por escrito... pero si no quieren??.
    supongo deberia solicitar la preferencia del puesto para cuando hayà vacante ???...pero mientras tanto es legal estar trabajando en otra empresa???...supongo que de algo hay que sustentarse...
    muchas gracias de antemano...

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    Mensaje por alma14 Vie 28 Oct 2011 - 13:32

    pk2r escribió:
    alma14 escribió:Vete a un avogado laboralista

    Capi, ese vocabularioooooooo, ¿avogado?. Es el problema de que la v y la b están juntas en el teclado.

    Saludos

    Es más problema del gallego y castellano, y navegar mucho por internet... touché.

    Un saludo.
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    excedencia voluntaria y reincorporacion - Página 2 Empty Re: excedencia voluntaria y reincorporacion

    Mensaje por jeorge Mar 8 Nov 2011 - 17:15

    Hola Amigos...
    Me acabo de enterar que esta semana han entrado mas personal a dicha empresa y a sabiendas de eso no me queda nada mas que actuar; pero tengo un problema: La verdad que la copia del contrato de trabajo con aquella empresa no la encuentro, y para hacer cualquier tipo de diligencias supongo que es lo imprescidible....quisiera saber cual es el mejor modo para recuperar otra copia, obviamente solicitandolo a la empresa, pero como vá la situacion yo creo que a ellos no les agrade y desde luego me lo han de denegar; quiza acudir a Inem y dar datos de la empresa ó al ministerio del trabajo etc etc. debe de haber algun medio para recuperar una copia...
    Les agradesco grandiosamente su colaboracion.
    atte. jeorge
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    Mensaje por SARGENTO DE HIERRO Jue 10 Nov 2011 - 22:11

    como bien has dicho al Inen - Sepe , pero vamos tu debes tener conocimiento de cual es tu contrato de trabajo e incluso tendras nominas en las que viene el tipo de contrato con un numero , no obstante para que denuncies a la Inspeccion de Trabajo no te hace falta el contrato de trabajo ya se encargara el Inspector / a , solo necesitas un boligrafo 20 munutos y el modelo de denuncia que te lo facilitan alli mismo , ya te llamaran si precisan algo la carta de excedencia , la de peticion de reincorporacion etc.
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    Mensaje por jeorge Sáb 12 Nov 2011 - 12:05

    ok amigosss, estoy proximo a ir a inspeccion ya imprimí los documentos y pruebass pero un abogado me sugirio a que valla primero a Conciliacion Laboral, ya que en inspeccion a lo mas han de multar a la empresa pero no ha de arreglar mi situacion, en cambio en conciliacion se citan a los dos partes y trataran de que haya acuerdo y si por parte de la empresa no accediera hé alli a buscar al abogado para denunciar, bueno es lo que me dijo, de todas manerass he de ir a los dos sitios esta semana, pero tambien quisiera saber que me opinan ó sugieren ustedes si tienen algun otro conocimiento al respecto.
    muchas gracias de antemano
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    Mensaje por SARGENTO DE HIERRO Sáb 12 Nov 2011 - 14:11

    Para estos casos vete primero a la Inspeccion porque el abogado que te a asesorado no lo ha hecho todo lo correctamente que debiera , en tu caso que es la reincorporacion a la empresa tras una excedencia cuando exista vacante libre y que segun tu se estan produciendo nuevas contrataciones la forma mas rapida y viable es acudir en primer lugar a la inspeccion de trabajo donde van a solicitar al empresario las altas y bajas y le van a exijir si corresponde tu incorporacion , la conciliacion o smac es como bien lo define la palabra un acto de conciliacion voluntaria que realmente en tu caso no viene a tener sentido ya que de momento no se ha producido un Despido que precise conciliacion , ademas la conciliacion es tan solo un proceso para iniciar procedimiento de demanda judicial que en tu caso todavia no ha quedado demostrado que la empresa no te reincorpore por voluntad propia , por ello inprescindible la actuacion de la Inspeccion de trabajo para comprobar que se estan cubriendo vacantes o se han creado nuevos puestos y no te han reincorporado a la empresa , en tu caso realizar una conciliacion o emprender acciones judiciales es dilatar un proceso sin pruebas feacientes , yo que tu en primer lugar acudiria de forma inmediata a la inspeccion de trabajo.
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    Mensaje por alma14 Sáb 12 Nov 2011 - 20:49

    No puedo estar más de acuerdo con lo que te dice el sargento.

    Puntualizarte lo siguiente:

    1.- "en tu caso realizar una conciliacion o emprender acciones judiciales es dilatar un proceso sin pruebas feacientes"

    Realizar una conciliación, es el primer paso que se realiza cuando se emprenden acciones judiciales, o por decirlo de alguna forma, es el paso previo... o sea, que estás emprendiendo acciones judiciales, con lo que la necesidad de abogado ya la vas a tener, primero para acudir al smac y después al juzgado.

    2.- Si emprendes acciones judiciales, inspección de trabajo se va a inhibir en tu caso.

    Ya decirte también que al abogado no le falta razón al decirte que le van a meter un puro a la empresa, aunque no te dice toda la verdad al informarte que tu problema no se va a solucionar. Puede que inspección con el purito haga recapacitar a la empresa y la obligue a cumplir la ley, pero si no se consigue, te queda el juzgado. Te llevará más tiempo, pues la cosa se puede dilatar.

    Me parece un poco sesgada la información que te dio el abogado, o por lo menos partidista. Con esto quiero decir que te informó como parte interesada, pues supongo que le interesa representarte en el juzgado, trabajo para el, ya que si inspección te arregla el tema, no tendría porque recurrir ni al smac, ni al juzgado, por tanto tampoco al asesoramiento de un letrado.

    Un saludo.

    PD.: Las empresas se mueven según se les mueva el bolsillo.
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    Mensaje por jeorge Miér 16 Nov 2011 - 20:50

    bueno amigoss, decirles que me apersone a inspeccion entregue los documentos cuando, el recepcionista lo leyó y me dijo que es "un caso de Conciliación Laboral, pero de todas maneras lo recepciono," y añadio, "tienes que ir a princesa 5 y alli meter estos papeles..." osea a conciliacion.
    La cosa es que de inmediato fui a conciliacion y alli una tia de mala leche me dijo que aqui no veian el tema de Excedencias, solo despeidos improcedentes u otras cosas y me dio un papel para acudir a un abogado de oficios esos ...cosa que llame y me dieron una cita para fin de semana...
    bueno, entonces supongo esperaré la resoluciòn de Inspeccion, entiendo yó que me llamaran por si necesitan algun dato mas, espero saber cuales son los procedimientos de este ènte haber si alguien me lo puede esclarificar.
    Muchas gracias.
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    Mensaje por SARGENTO DE HIERRO Miér 16 Nov 2011 - 21:23

    Es facil , dependiendo del contenido de la denuncia que hayas presentado en la inspeccion , asignaran el asunto a un inspector de trabajo que o bien se presentara en la sede de la empresa o citara al representante legal de la empresa solicitandole la documentacion relativa a lo que has denunciado , una vez comprobado los hechos y dependiendo del resultado de los mismos procederan a abrir expediente de infraccion si corresponde , en cualquier caso si no te han requerido te mandaran una carta certificada comunicandote la resolucion de la denuncia , el tiempo varia segun la zona en madrid es un plazo de entre 60 y 90 dias.
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    Mensaje por jeorge Vie 25 Nov 2011 - 8:36

    Hola amigoss,
    Me acaban de responder via carta del ministerio de trabajo:
    "...En contestacion a su escrito, le significo que la cuestion planteada es de caracter contencioso, de modo qué, de considerar infundada la denegacion de la reincorporaciòn a la empresa, debera reclamar por el despido ante la jurisdiccion social conforme a la doctrina legal vigente..."
    Supongo, "Jurisdiccion Social" será solicitar conciliación laboral; y si no hay acuerdo supongo alli inteponer la denuncia via judicial.
    ¿alguien podria dilucidarme estas interrogantes por favor?
    muchas gracias.
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    Mensaje por alma14 Vie 25 Nov 2011 - 15:37

    Te están diciendo que tienes que denunciar por despido.

    O sea que ya puedes ir con un abogado.

    Un saludo.

    PD.: Sería interesante conocer el contenido de la denuncia en inspección.
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    Mensaje por SARGENTO DE HIERRO Vie 25 Nov 2011 - 16:25

    Opino como Alma , seria interesante el contenido de tu denuncia , es extraño aunque no imposible que por una denuncia en la que deberias haber plasmado la sospecha de que la empresa esta creando nuevos puestos de trabajo o realizando nuevas contrataciones te remitan a la jurisdicion social por Despido , y mas cuando te ponen en la carta ante la DENEGACION de la empresa a incorporarte en el puesto de trabajo.

    No se que has puesto en tu denuncia de la inspeccion , pero estas para ser eficaces deben de ser concretas y veraces si no, no valen de nada.

    Se me ocurre que nos pudieras contestar algunas preguntas.

    ¿Has puesto en tu denuncia que la empresa te DENIEGA la INCORPORACION ?

    * En ese caso

    ¿ Es cierto que la empresa te ha DENEGADO la INCORPORACION por ESCRITO?

    Si la empresa no te hubiera contestado por escrito la negativa a reincorporarte , tras tu ultima peticion de reincorporacion , que te contesto que lo haria cuando tuviera vacante .

    ¿ Le volviste a pedir a la empresa por escrito tu reincorporacion dado que tenias noticias de nuevas contrataciones o creacion de nuevos puestos ?

    Si la respuesta es que no has solicitado nuevamente tu reincorporacion a la empresa y esta claramente no te a contestado con negativa alguna , solo me queda una explicacion.

    Que tu por desconocimiento , desinformacion o llamemoslo X , has puesto en tu denuncia a la inspeccion que la empresa se ha negado a tu reincorporacion tras existir nuevas contrataciones o creacion de nuevos puestos , cuando la empresa no te ha contestado por escrito , ya que tu no le has vuelto a pedir la reincorporacion dandole un plazo.

    Si esto es asi , acabas de ponerte tu solito trabas a la resolucion de tu situacion por pura desinformacion y ocurre y ocurrira lo siguiente.

    1.- La inspeccion no actua al encontrarse en la fe de que se trata de un despido y por consiguiente materia de los juzgados de lo social.

    ( Has perdido la oportunidad de que la inspeccion averigue si existen nuevas contrataciones o creacion de nuevos puestos de trabajao ).

    2.- En el caso de que vayas a conciliacion , que de ser, sera sin Abogado ya que dudo que ningun letrado te lleve una papeleta de conciliacion que no prosperara , porque estimo que sin carta de despido o en su caso de denegacion a la reincorporacion por parte de la empresa no existe despido , la empresa se presentara a conciliacion y sera sin efecto porque alegara que expondra sus motivos en el acto judicial como es logico.

    3.- En el caso que algun letrado te lleve la demanda porque estime que puede prosperar ya podeis buscar pruebas de nuevas contrataciones que no sean temporales del tipo interinos o parciales , circustancias de la produccion , obra y servicio , por que si no teneis pruebas perderas el juicio y unos 4 meses de tu tiempo , ya que sin pruebas no hay despido y sin carta de despido o documento donde se te deniegue la reincorporacion no hay despido.
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    Mensaje por SARGENTO DE HIERRO Vie 25 Nov 2011 - 21:56

    Ademas me dejaba detalles en el tintero.

    Los Despidos tienen un plazo de 20 dias para presentar denuncia a partir del dia siguiente de efectividad del mismo , el primer paso seria presentar papeleta de despido en el SMAC para intentar la conciliacion que es un paso obligatorio , la presentacion de la papeleta pararia el plazo de 20 dias que se renaudaria una vez celebrado el acto de conciliacion.

    ¿ Cual es la fecha en la que te consideras despedido ?

    ¿ Porque te consideras despedido ?

    ¿ En que basas tu situacion de despido para que este sea efectivo ?

    ¿ Que pruebas tienes de encontrarte en situacion de despido y la fecha efectiva del mismo ?

    No vale con saber de oidas que la empresa hace nuevas contrataciones y como no me llama , cojo y me Auto-Despido en la fecha que me viene en gana.

    Tienes que tener pruebas reputables de las contrataciones nuevas de la empresa y poner de manifiesto nuevamente tu intencion de reincorporarte al puesto de trabajo , dado que estimas que la empresa esta incumpliendo la obligacion de reincorporarte y esta realizando nuevas contrataciones sin darte la prioridad que te corresponde , y todo ello por escrito y en forma que quede probada tu intencion Burofax con certificacion o carta entregada en mano firmada y visada por la empresa el recibi, tambien deberias ponerle en la carta un plazo para contestar y para tu incorporacion manifestandoles que de no producirse contestacion en el plazo previsto te consideraras despedido y acudiras a la jurisdicion laboral.

    De otra foma me temo que tu situacion es de excedencia voluntaria a la espera de incorporacion , pero desde luego no de despido , al menos legalmente.
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    Mensaje por jeorge Miér 7 Dic 2011 - 15:21

    Buenas amigossss....luego de haberme enterado que son como 11 ò 12 las personas contratadas por la empresa en dias coincidenetes a la fecha de mi teoricamente "radmision", y obviamente que a mi ni me llamaron...opté por un abogado laboral quien mediante solicitamos conciliacion laboral antes de juicio, osea la cita es para la proxima semana... supongo alli se apersonaran los representantes de la dicha empresa ...¿es factible llegar a algun acuerdo en dicha cita?, ¿alguien me puede decir como es el entorno si propicio para hablar, conversar como para llegar algun tipo de tratos???
    muchas gracias...
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    Mensaje por SARGENTO DE HIERRO Miér 7 Dic 2011 - 15:42

    Son despachos , si la empresa quiere conciliar antes de entrar se pondran en contacto con tu abogado y contigo para entrar con un acuerdo , en forma contraria cuando entreis alegaran lo que estimen oportuno.
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    Mensaje por alma14 Jue 8 Dic 2011 - 21:55

    Supongo que de una provincia a otra cambiarán las oficinas, pero es algo así como una sala grande, con varios despachos, incluso hay uno vacío por si queréis hablar el tema, tu abogado, tu y la empresa. Si llegáis a acuerdo (readmisión, indemnización, etc.) después os llaman y lo firmáis ante el instructor, así ya no tenéis que ir a juicio.

    Si no hay acuerdo, tu abogado alegará que hay reincorporaciones y que tu tenías preferencia en ellas, y la empresa alegará que no está de acuerdo y ya alegará lo que estime conveniente en el juzgado.

    Te puede suceder que la empresa no se presente (en esa-b son especialistas) y tengas que ir a juicio, que siendo por despido será pronto (un mes).

    Eso es todo, pero lo interesante para los que te aconsejamos es saber que te dice el abogado a la vista de las pruebas que tienes.

    Un saludo.
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    Mensaje por jeorge Vie 9 Dic 2011 - 19:47

    Muchas gracias chicos se los agradesco inmensamente...

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