por SARGENTO DE HIERRO Vie 25 Nov 2011 - 16:25
Opino como Alma , seria interesante el contenido de tu denuncia , es extraño aunque no imposible que por una denuncia en la que deberias haber plasmado la sospecha de que la empresa esta creando nuevos puestos de trabajo o realizando nuevas contrataciones te remitan a la jurisdicion social por Despido , y mas cuando te ponen en la carta ante la DENEGACION de la empresa a incorporarte en el puesto de trabajo.
No se que has puesto en tu denuncia de la inspeccion , pero estas para ser eficaces deben de ser concretas y veraces si no, no valen de nada.
Se me ocurre que nos pudieras contestar algunas preguntas.
¿Has puesto en tu denuncia que la empresa te DENIEGA la INCORPORACION ?
* En ese caso
¿ Es cierto que la empresa te ha DENEGADO la INCORPORACION por ESCRITO?
Si la empresa no te hubiera contestado por escrito la negativa a reincorporarte , tras tu ultima peticion de reincorporacion , que te contesto que lo haria cuando tuviera vacante .
¿ Le volviste a pedir a la empresa por escrito tu reincorporacion dado que tenias noticias de nuevas contrataciones o creacion de nuevos puestos ?
Si la respuesta es que no has solicitado nuevamente tu reincorporacion a la empresa y esta claramente no te a contestado con negativa alguna , solo me queda una explicacion.
Que tu por desconocimiento , desinformacion o llamemoslo X , has puesto en tu denuncia a la inspeccion que la empresa se ha negado a tu reincorporacion tras existir nuevas contrataciones o creacion de nuevos puestos , cuando la empresa no te ha contestado por escrito , ya que tu no le has vuelto a pedir la reincorporacion dandole un plazo.
Si esto es asi , acabas de ponerte tu solito trabas a la resolucion de tu situacion por pura desinformacion y ocurre y ocurrira lo siguiente.
1.- La inspeccion no actua al encontrarse en la fe de que se trata de un despido y por consiguiente materia de los juzgados de lo social.
( Has perdido la oportunidad de que la inspeccion averigue si existen nuevas contrataciones o creacion de nuevos puestos de trabajao ).
2.- En el caso de que vayas a conciliacion , que de ser, sera sin Abogado ya que dudo que ningun letrado te lleve una papeleta de conciliacion que no prosperara , porque estimo que sin carta de despido o en su caso de denegacion a la reincorporacion por parte de la empresa no existe despido , la empresa se presentara a conciliacion y sera sin efecto porque alegara que expondra sus motivos en el acto judicial como es logico.
3.- En el caso que algun letrado te lleve la demanda porque estime que puede prosperar ya podeis buscar pruebas de nuevas contrataciones que no sean temporales del tipo interinos o parciales , circustancias de la produccion , obra y servicio , por que si no teneis pruebas perderas el juicio y unos 4 meses de tu tiempo , ya que sin pruebas no hay despido y sin carta de despido o documento donde se te deniegue la reincorporacion no hay despido.
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