NOTA DE PRENSA.
CCOO DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS DE CANARIAS INSTA AL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS A EJECUTAR CAUTELARMENTE LA ANULACIÓN, POR ILEGALIDAD, DEL CONVENIO PARA LA PROVINCIA DE LAS PALMAS DE LA EMPRESA SEGURIDAD INTEGRAL CANARIA.
Santa Cruz de Tenerife, a 07 de noviembre de 2014.
Tras la demanda de impugnación de Convenio Colectivo contra Seguridad Integral Canaria interpuesta de oficio por la Dirección Territorial de Trabajo y donde CCOO de Construcción y Servicios se persona como parte interesada, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha declarado nulo, por Ilegalidad, el Convenio Colectivo de Seguridad Integral Canaria para la provincia de Las Palmas.
Los hechos se remontan a mayo de 2013 fecha en que, tras haber impugnado el proceso de elecciones en varios centros de esta Empresa en la Comunidad Autónoma, al entenderse que no se cumplían las condiciones requeridas, el Secretario General de CCOO de Construcción y Servicios de Canarias, José Manuel Ojeda, presenta alegaciones manifestando no reconocer la legitimidad de las partes implicadas en la negociación de Convenio y que, por tanto, este no está provisto de validez, a pesar de haber sido ya inscrito en la Jurisdicción Laboral competente, por parte del Dpto. de Recursos Humanos de Seguridad Integral Canaria, hecho tras el que sólo cabe presentar la correspondiente demanda de Conflicto Colectivo.
Tras la pertinente investigación de lo ocurrido, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia, en su fallo, con fecha de 1 de octubre de 2014, determina que el órgano de representación que formó parte de la Mesa Negociadora carecía de legitimación para hacerlo y, tal como había reclamado CCOO en su día, declarando la nulidad del Convenio Colectivo de Seguridad Integral Canaria para la provincia de Las Palmas, tildando el mismo de ilegal. Conocida la sentencia, CCOO de Construcción y Servicios de Canarias manifiesta su satisfacción, ya que "respalda la doctrina postulada por esta Federación desde el momento en que esta Organización Sindical impugnó las elecciones sindicales, paso previo a una posterior negociación de Convenio Colectivo con representantes sindicales no legitimados para ello".
Tras el fallo del TSJC, el Secretario General de CCOO de Construcción y Servicios de Canarias, ha solicitado, mediante el correspondiente trámite judicial, la Ejecución Provisional de la Sentencia.
Bajo la opinión de esta Federación, con el ahorro que ha supuesto para Integral Canaria la aplicación de un convenio colectivo más ventajoso para sus intereses económicos, sólo ha perseguido por parte de esta Empresa un mejor posicionamiento de su firma frente a la competencia, buscando un mayor margen a la hora de ofertar sus servicios y dejando en clara desventaja a otras Empresas del Sector que aplican el Convenio Nacional de Empresas de Seguridad Privada y que, aún inmersas en un complicado escenario de crisis económica, obtienen beneficios netos millonarios.
Sólo cabe esperar que, Seguridad Integral Canaria, sea obligada a aplicar el Convenio Nacional de Empresas de Seguridad Privada de ámbito Estatal, con efecto retroactivo, dejando sin efecto el de Empresa, impuesto en las nóminas de una plantilla que se aproxima a los 1000 trabajadores/as.
CCOO DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS DE CANARIAS INSTA AL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS A EJECUTAR CAUTELARMENTE LA ANULACIÓN, POR ILEGALIDAD, DEL CONVENIO PARA LA PROVINCIA DE LAS PALMAS DE LA EMPRESA SEGURIDAD INTEGRAL CANARIA.
Santa Cruz de Tenerife, a 07 de noviembre de 2014.
Tras la demanda de impugnación de Convenio Colectivo contra Seguridad Integral Canaria interpuesta de oficio por la Dirección Territorial de Trabajo y donde CCOO de Construcción y Servicios se persona como parte interesada, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha declarado nulo, por Ilegalidad, el Convenio Colectivo de Seguridad Integral Canaria para la provincia de Las Palmas.
Los hechos se remontan a mayo de 2013 fecha en que, tras haber impugnado el proceso de elecciones en varios centros de esta Empresa en la Comunidad Autónoma, al entenderse que no se cumplían las condiciones requeridas, el Secretario General de CCOO de Construcción y Servicios de Canarias, José Manuel Ojeda, presenta alegaciones manifestando no reconocer la legitimidad de las partes implicadas en la negociación de Convenio y que, por tanto, este no está provisto de validez, a pesar de haber sido ya inscrito en la Jurisdicción Laboral competente, por parte del Dpto. de Recursos Humanos de Seguridad Integral Canaria, hecho tras el que sólo cabe presentar la correspondiente demanda de Conflicto Colectivo.
Tras la pertinente investigación de lo ocurrido, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia, en su fallo, con fecha de 1 de octubre de 2014, determina que el órgano de representación que formó parte de la Mesa Negociadora carecía de legitimación para hacerlo y, tal como había reclamado CCOO en su día, declarando la nulidad del Convenio Colectivo de Seguridad Integral Canaria para la provincia de Las Palmas, tildando el mismo de ilegal. Conocida la sentencia, CCOO de Construcción y Servicios de Canarias manifiesta su satisfacción, ya que "respalda la doctrina postulada por esta Federación desde el momento en que esta Organización Sindical impugnó las elecciones sindicales, paso previo a una posterior negociación de Convenio Colectivo con representantes sindicales no legitimados para ello".
Tras el fallo del TSJC, el Secretario General de CCOO de Construcción y Servicios de Canarias, ha solicitado, mediante el correspondiente trámite judicial, la Ejecución Provisional de la Sentencia.
Bajo la opinión de esta Federación, con el ahorro que ha supuesto para Integral Canaria la aplicación de un convenio colectivo más ventajoso para sus intereses económicos, sólo ha perseguido por parte de esta Empresa un mejor posicionamiento de su firma frente a la competencia, buscando un mayor margen a la hora de ofertar sus servicios y dejando en clara desventaja a otras Empresas del Sector que aplican el Convenio Nacional de Empresas de Seguridad Privada y que, aún inmersas en un complicado escenario de crisis económica, obtienen beneficios netos millonarios.
Sólo cabe esperar que, Seguridad Integral Canaria, sea obligada a aplicar el Convenio Nacional de Empresas de Seguridad Privada de ámbito Estatal, con efecto retroactivo, dejando sin efecto el de Empresa, impuesto en las nóminas de una plantilla que se aproxima a los 1000 trabajadores/as.
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