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    PARA RENOVAR LA LICENCIA DE ARMAS

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    Mensaje por alma14 Dom 17 Ago 2008 - 19:48

    PARA RENOVAR LA LICENCIA DE ARMAS


    Aproximadamente una semana y media antes de la caducidad de la licencia de armas, hay que presentar la siguiente documentación :

    Documentación En Vigor Que Se Ha De Aportar:

    - Instancia que le podrá ser facilitada en la intervención de Armas y Explosivos donde curse la solicitud.

    - D.N.I. y fotocopia del mismo.

    - Licencia a actualizar y fotocopia de la misma.

    - Informe de las aptitudes psicofísicas expedido en la provincia de residencia.

    - Dos fotografías recientes tamaño carné.

    - Tarjeta de identidad profesional y fotocopia de la misma.

    - Certificado de empadronamiento (en caso de no coincidir el domicilio actual con el que figura en su D.N.I.).

    - certificado o informe de la empresa de seguridad, o en su caso, entidad, organismo o persona física en la que o para quien preste sus servicios, según su caso, acreditando que tiene asignado el cometido para el que en su día se le concedió la licencia.





    Don......................................................................, nacido en.................................. ( ..........................)

    el día .......... de .....................................de ........................ hijo de ...................................................... y

    de ....................................................., de profesión ..................................................................... vecino

    de .............................................. (..................................), con domicilio en ..........................................

    núm. ........... piso ..........., distrito postal .............................teléfono ................................., provisto de

    Documento Nacional de Identidad / Pasaporte (táchese lo que noproceda) núm .................................,

    expedido .......................... el día ..............de ....................................de ................., a V.... solicita le sea

    expedido el documento que señala con una (X) en la casilla correspondiente:


    􀂉 Licencia de armas B.

    􀂉 Licencia de armas C.

    􀂉 Licencia de armas D.

    􀂉 Licencia de armas E.

    􀂉 Licencia de armas F.

    􀂉 Autorización especial de armas de avancarga, armas de fuego antiguas o históricas y de sistema
    Flobert (AE).

    􀂉 Autorización especial para menores (AEM).

    􀂉 ..........................................................................................................................................................


    A cuyo efecto acompaña los documentos que señala a continuación:

    􀂉 Documento nacional de identidad o copia del mismo.

    􀂉 Certificado de antecedentes penales.

    􀂉 Autorización de residencia en España.

    􀂉 Certificado de aptitudes psicofísicas, expedido por un centro oficial.

    􀂉 Certificado de poseer los conocimientos necesarios sobre conservación, mantenimiento y manejo
    de armas.

    􀂉 Certificado de haber superado las pruebas de capacitación.

    􀂉 Licencia a renovar (cuando corresponda).

    􀂉 ...........................................................................................................................................................

    􀂉 ...........................................................................................................................................................

    􀂉 ...........................................................................................................................................................


    Fundamenta esta petición en ................................................................................................................



    ................................................................., .............. de ........................................... de ........................



    (Firma)

    Excmo. Sr. .............................................................................................................................................


    Un saludo.

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    PARA RENOVAR LA LICENCIA DE ARMAS Empty Nueva Licencia Armas, en Vigor

    Mensaje por FL2010 Jue 5 Mar 2009 - 12:13

    BOE núm. 128 Martes 29 mayo 2007 23291

    MINISTERIO DEL INTERIOR

    RESOLUCIÓN de 16 de mayo de 2007, de la
    Dirección General de la Policía y de la Guardia
    Civil, por la que se aprueban nuevos modelos
    para licencias, autorizaciones, tarjetas y guías
    de pertenencia de armas.


    La disposición final segunda del Real Decreto 137/1993,
    por el que se aprueba el Reglamento de Armas autorizó al
    Ministerio del Interior para aprobar y poner en vigor los
    modelos de documentos necesarios para la aplicación del
    Reglamento de Armas. En cumplimiento de lo establecido
    se dictó la Orden ministerial de 24 de febrero de 1994, por
    la que se aprueban los modelos de licencias, autorizaciones,
    tarjetas y guías de pertenencia de armas.


    El apartado segundo de la mencionada Orden, a su vez
    dispone que la Dirección General de la Guardia Civil confeccionará
    el modelo de los impresos, determinando sus características
    técnicas, medidas de seguridad de impresión,
    incorporación de los elementos necesarios para su tratamiento
    informático y, en su caso, la traducción a la lengua
    oficial de la Comunidad Autónoma en que se expida.
    Los modelos de documentos se aprobaron en la citada
    Orden ministerial de 24 de febrero de 1994 y posterior y
    cronológicamente en las Órdenes de 12 de septiembre
    de 1997, Orden INT/3012/2002 y Orden INT/4326/2004.

    En todas y cada una de las normas referenciadas, en
    sus disposiciones finales, se faculta al Director General de
    la Policía y de la Guardia Civil para adoptar las medidas
    de ejecución necesarias, determinando las características
    técnicas de los documentos, así como la incorporación de
    los elementos necesarios para su informatización.

    La experiencia adquirida desde la creación de estos documentos,
    así como la necesidad de proveer a las licencias,
    autorizaciones, tarjetas y guías de pertenencia de armas, de
    los elementos técnicos imprescindibles que permitan su utilización
    como soporte o contenedor de información al objeto
    de conseguir una mayor funcionalidad y eficacia, tanto para
    el ciudadano como para la propia Administración, hace necesaria
    la modificación de los actuales impresos.

    En su virtud, y conforme a las disposiciones previstas en
    el Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, por el que se
    establecen criterios de imagen institucional y se regula la
    producción documental y el material impreso de la Administración
    General del Estado, y previo el informe favorable de
    la Comisión Interministerial de Armas y Explosivos en su
    reunión de 22 de noviembre de 2006, dispongo:

    Apartado 1.º
    Elementos comunes a la producción
    documental y al material impreso.–
    Los documentos serán
    confeccionados en tarjetas de P.V.C., siendo su tamaño y
    grosor acorde al tipo de tarjeta ID-1, definido en la norma
    ISO/IEC 7810 §5.
    Los diferentes datos de identificación figuran registrados
    bajo encabezados descriptivos del tipo de información,
    que a solicitud del interesado, podrán aparecer inscritos
    también en las lenguas oficiales de las Comunidades
    Autónomas en que se expidan.
    Las imágenes del Escudo Nacional y de la Bandera de
    la UE que gráficamente se observan en los anexos a la
    presente Resolución serán acordes a los modelos definidos
    en el Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre,
    por el que se establecen criterios de imagen institucional
    y se regula la producción documental y el material
    impreso de la Administración General del Estado.


    Apartado 2.º
    Licencias de armas–Los modelos de
    las licencias y autorizaciones especiales que habilitan
    para llevar y poseer las armas a las que se refiere el
    artículo 96 del Reglamento de Armas serán los que vienen
    recogidos como anexo I a la presente Resolución y que a
    continuación se describen:
    Datos de identidad del titular:
    Bajo los encabezados correspondientes, se registrarán
    los siguientes datos:
    NIF/NIE.
    Nombre y apellidos.
    Fecha de nacimiento.
    Datos propios del documento:
    Bajo los encabezados correspondientes, se registrarán
    los siguientes datos:
    Fecha de expedición.
    Firma del titular.
    En el reverso figuran los datos del tipo de licencias
    que posee el titular de la tarjeta, el período de validez de
    cada una de las licencias, las restricciones que se hayan
    impuesto y un apartado para observaciones. Estos datos
    figurarán dispuestos en una tabla de cuatro columnas por
    ocho filas, siendo la primera expresiva de los tipos de
    campos descritos. El apartado observaciones figurará al
    final de la tabla en un solo campo no diferenciado ni referenciado
    a ninguna de las filas anteriores.


    Apartado 3.º

    Guías de pertenencia de armas.–El
    modelo de Guía de Pertenencia para documentar la titularidad
    de las armas reglamentadas será el que viene recogido
    como anexo II a la presente Resolución.
    Contendrá los datos estipulados en el artículo 89.2 del
    Reglamento de Armas dispuestos en el soporte del
    siguiente modo:
    Datos referidos al arma:
    Bajo los encabezados correspondientes se registrarán
    los siguientes datos:
    Número de identificación.
    Tipo del arma.
    Marca.
    Calibre.
    Datos referidos al titular de la Guía:
    Bajo los encabezados correspondientes se registrarán
    los siguientes datos:
    Nombre y apellidos del titular del arma.
    Fecha de nacimiento.
    NIF/NIE.
    Datos de registro del propio documento:
    Bajo los encabezados correspondientes se registrarán
    los siguientes datos:
    Número de guía.
    Fecha de expedición.
    Firma del Interventor de Armas.
    Al dorso obrarán los datos estipulados en el artículo
    89.4 del Reglamento, dispuestos en una tabla encabezada
    con el título «Cañones Intercambiables», en cuyas
    columnas se recogerá información identificativa de los mismos
    consistente en «Número», «Calibre» y «Categoría».
    Disposición transitoria primera.


    Las Licencias de Armas y Guías de Pertenencia de
    Armas de fuego expedidas con arreglo a la normativa que
    se modifica, seguirán vigentes hasta su sustitución con
    motivo de las renovaciones que se otorguen a los actuales
    titulares al final del período de vigencia de alguna de
    las licencias que ya tienen concedidas.
    Disposición transitoria segunda.
    Aquellas Intervenciones de Armas que a la entrada
    en vigor de la presente orden no dispongan del equipamiento

    necesario para la emisión de los documentos en los formatos definidos en la presente Resolución,
    continuarán utilizando los impresos actualmente
    en vigor.
    Disposición derogatoria única.
    Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior
    rango en lo que contradigan o se opongan a lo dispuesto
    en la presente Resolución.
    Disposición final primera.
    La presente Resolución entrará en vigor el día
    siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del
    Estado».
    Madrid, 16 de mayo de 2007.–El Director General de
    la Policía y de la Guardia Civil, Joan Mesquida

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    Mensaje por FL2010 Jue 5 Mar 2009 - 15:01

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    Por fin consegui ponerlas , pues asi es la nueva Licencia de armas Europea

    Perdonar por el post anterior q no lo hice lo bien q lo quisiera.

    saludos
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    Mensaje por FL2010 Vie 6 Mar 2009 - 21:50

    Al parecer el departamento de intervencion de armas de la guardia civil , cometio un error enviando algunas licencias de armas de las nuevas.
    Parece ser que aun no estan en vigor , q se sigue con las de siempre.
    En particular un compañero le dijeron a tiene q entregarla en la intervencion de armas o en la oficina.
    Al parecer le quieren incorporar la foto tambien. eso dijeron el la intervencion de armas.

    saludos
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    PARA RENOVAR LA LICENCIA DE ARMAS Empty como renovar la licencia de arms

    Mensaje por noah45 Mar 14 Sep 2010 - 11:35

    Hola compañeros he visto algunas opiniones sobre la renovación de la licencia de armas,documentación a aportar, tipo de licencia, guía,pero nadie ha caído en por desgracia lo más importante,toda esta documentación tiene que presentarla la empresa de seguridad, o en su caso el jefe de seguridad de la empresa,en algunos casos no les interesa renovar licencias, porque cada V.S que tengan con licencia en activo tienen que tener la cantidad de munición reglamentaria de cada vigilante en el armero de la empresa, y os aseguro que esto va a rajatabla y las sanciones son cuantiosas por estos temas,y ese es también el motivo de que muchos V.S no les avisen para hacer el tiro reglamentario así se ahorran de comprar miles de cartuchos que en algunos casos no les caben en los armeros,tendrían que hacer reformas en estos en fin un lío en el cuál las empresas no quieren entrar,este comentario lo digo por experiencia yo fui en su día delegado provincial, y así funciona la cosa. UN saludo compañeros.
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    Mensaje por alma14 Vie 1 Oct 2010 - 14:25

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    Mensaje por alma14 Vie 1 Oct 2010 - 14:27

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    PARA RENOVAR LA LICENCIA DE ARMAS Empty Re: PARA RENOVAR LA LICENCIA DE ARMAS

    Mensaje por alma14 Vie 1 Oct 2010 - 14:31

    Otro temario un poco antiguo.

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