esa pregunta,supongo muchos compañer@s lo habrán dicho alguna vez...
hómbre!!cobrar,cobrar...ya sabemos que poco :( pero...CUÁNTO???
Lo que cobres estará en función de la base reguladora y del origen de la incapacidad. La base reguladora es la cantidad a tener en cuenta, para el pago del subsidio que corresponde, por dicha incapacidad.
• ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL
Base de cotización del mes anterior (base contingencias generales que aparece en el recibo de la nómina).
Base cotización mes anterior
Base reguladora = -------------------------------------
30 días
Se cobra dependiendo del número de días que se esté de baja:
Entre el primer día de baja y el tercero, por una sola vez al año, el 50% de la base de cotización.
Entre el 4º y el 20º, el 80% de la base de cotización.
Entre el 21º y el 40º, el 100% de la base de cotización.
Entre el 41º y el 60º, el 90% de la base de cotización.
Entre el 61º y el 90º el 80% de la base de cotización.
Del 91º en adelante, si procede, como está legislado.
En caso de hospitalización, se percibirá el 100% de la base de cotización, hasta un máximo de 40 días, siempre que se permanezca de baja, aunque parte de esos días estés hospitalizado y parte no. También en periodo de recuperación o postoperatorio se cobra el 100%, pero siempre que sigas de baja.
• ACCIDENTE LABORAL
Base cotización mes anterior H.E. 12 últimos meses
Base reguladora =-------------------- + --------------------
30 días 365 días
En caso de accidente laboral se cobra siempre el 100% del salario, más el promedio de los últimos 12 meses de horas extras, más la parte correspondiente al Plus de Peligrosidad.
¿ME AFECTA A LAS PAGAS EXTRA CUANDO ESTOY DE BAJA?
Sí, te afecta. Esto es debido a que la base de cotización es el resultado de la suma de tu salario más el prorrateo de las pagas. Esto quiere decir que, el salario que percibes en las pagas extra, se cotiza en las nóminas de los 12 meses (Si te fijas, en las nóminas de las pagas, no te descuentan las cotizaciones porque ya lo han hecho en el resto de las nóminas).
Por lo tanto, cuando percibes las siguientes pagas extras que han sido incluidas en tu base de cotización, están descontados los días que estuviste de baja.
Y no te olvides que, para tener derecho al cobro de una baja por enfermedad o accidente no laboral, se debe haber cotizado 180 días anteriores a la baja. En caso de accidente laboral este requisito no es exigible.
hómbre!!cobrar,cobrar...ya sabemos que poco :( pero...CUÁNTO???
Lo que cobres estará en función de la base reguladora y del origen de la incapacidad. La base reguladora es la cantidad a tener en cuenta, para el pago del subsidio que corresponde, por dicha incapacidad.
• ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL
Base de cotización del mes anterior (base contingencias generales que aparece en el recibo de la nómina).
Base cotización mes anterior
Base reguladora = -------------------------------------
30 días
Se cobra dependiendo del número de días que se esté de baja:
Entre el primer día de baja y el tercero, por una sola vez al año, el 50% de la base de cotización.
Entre el 4º y el 20º, el 80% de la base de cotización.
Entre el 21º y el 40º, el 100% de la base de cotización.
Entre el 41º y el 60º, el 90% de la base de cotización.
Entre el 61º y el 90º el 80% de la base de cotización.
Del 91º en adelante, si procede, como está legislado.
En caso de hospitalización, se percibirá el 100% de la base de cotización, hasta un máximo de 40 días, siempre que se permanezca de baja, aunque parte de esos días estés hospitalizado y parte no. También en periodo de recuperación o postoperatorio se cobra el 100%, pero siempre que sigas de baja.
• ACCIDENTE LABORAL
Base cotización mes anterior H.E. 12 últimos meses
Base reguladora =-------------------- + --------------------
30 días 365 días
En caso de accidente laboral se cobra siempre el 100% del salario, más el promedio de los últimos 12 meses de horas extras, más la parte correspondiente al Plus de Peligrosidad.
¿ME AFECTA A LAS PAGAS EXTRA CUANDO ESTOY DE BAJA?
Sí, te afecta. Esto es debido a que la base de cotización es el resultado de la suma de tu salario más el prorrateo de las pagas. Esto quiere decir que, el salario que percibes en las pagas extra, se cotiza en las nóminas de los 12 meses (Si te fijas, en las nóminas de las pagas, no te descuentan las cotizaciones porque ya lo han hecho en el resto de las nóminas).
Por lo tanto, cuando percibes las siguientes pagas extras que han sido incluidas en tu base de cotización, están descontados los días que estuviste de baja.
Y no te olvides que, para tener derecho al cobro de una baja por enfermedad o accidente no laboral, se debe haber cotizado 180 días anteriores a la baja. En caso de accidente laboral este requisito no es exigible.
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