oviedo
«Hemos demostrado que realizamos el mismo trabajo que los funcionarios»
El abogado de los 3 empleados de Contratación Social defiende en el juicio que el caso es un «fraude de ley»
IDOYA REY | OVIEDO
«Hemos demostrado que realizamos el mismo trabajo que los funcionarios»
. Sánchez Ramos, segundo por la izquierda, con el abogado y dos de los afectados./ MARIO ROJAS
Afectados: en el Ayuntamiento hay 209 personas en régimen de Contratación Social, algunos llevan más de 10 años.
Sueldos: el Servicio de Desempleo paga un porcentaje y el Consistorio, un complemento que va de los 2 a los 20 euros diarios.
Cotización: los trabajadores no cotizan por ningún concepto.
Decreto: de 1982. Señala que los contratos tienen que ser temporales y destinados a fines sociales.
Optimismo. Éste era el sentimiento de los tres trabajadores municipales de Colaboración Social tras el juicio celebrado ayer en Juzgado de los Social número 3 que ha quedado visto para sentencia. «Hemos demostrado que realizamos el mismo trabajo que los funcionarios. Ahora sólo nos queda esperar», señaló Gerardo Suárez, uno de los demandantes que lleva más de nueve años trabajando para el Ayuntamiento.
En sus demandas, los empleados exigían un contrato laboral indefinido, hasta que el Ayuntamiento cubra sus plazas a través de una oferta pública de empleo. Además, pedían que el Consistorio asuma las cotizaciones de los años anteriores con carácter retroactivo.
«Los trabajadores no realizan acciones puntuales de carácter social, como indica la norma. Es un claro fraude de ley para el que ya existe un criterio jurisprudencial», señaló el letrado del caso, Juan Carlos Quel. En su exposición se remitió a sentencias de los años 2004 y 2005 en las que los Tribunales Superiores de Justicia de Canarias y Tenerife favorecían a los trabajadores. Aunque su búsqueda no fue fácil. «Oviedo es la única ciudad del norte peninsular que utiliza este sistema de contratación en 209 casos. Sólo hay otros fallos en Canarias, Castilla La Mancha y Andalucía», subrayó.
La contratación en régimen de Colaboración Social atiende a un decreto del año 1982 creado para aliviar temporalmente las elevadas tasas de paro, que llegaban hasta el 25%. El Servicio Público de Desempleo abona un porcentaje de la prestación y el Consistorio, un complemento hasta alcanzar la base reguladora de cada caso.
Los trabajadores reclamados no tienen otra opción, pues es obligatoria. «Si se niegan, se suspende el pago de la prestación durante seis meses. No pueden elegir y no es justo porque llevan muchos años sin cotizar por ningún tipo de concepto: ni incapacidad, ni jubilación, ni desempleo».
En su opinión, en el juicio, en el que han declarado como testigos el concejal de ASCIZ, Roberto Sánchez Ramos, y representantes de los sindicatos CC OO, UGT Y CSI, «se han oído cosas sorprendentes». Los abogados consistoriales defendieron que toda la actividad municipal «es obra social». «Dicen que sólo piden gente al INEM, que casualmente durante más de 10 años envía a las mismas personas. Además, casualmente no han traído una importante prueba documental». Se trata del escrito que tiene que recibir el Servicio de Desempleo en el que se fija la actividad y el fin social.
«Hemos demostrado que realizamos el mismo trabajo que los funcionarios»
El abogado de los 3 empleados de Contratación Social defiende en el juicio que el caso es un «fraude de ley»
IDOYA REY | OVIEDO
«Hemos demostrado que realizamos el mismo trabajo que los funcionarios»
. Sánchez Ramos, segundo por la izquierda, con el abogado y dos de los afectados./ MARIO ROJAS
Afectados: en el Ayuntamiento hay 209 personas en régimen de Contratación Social, algunos llevan más de 10 años.
Sueldos: el Servicio de Desempleo paga un porcentaje y el Consistorio, un complemento que va de los 2 a los 20 euros diarios.
Cotización: los trabajadores no cotizan por ningún concepto.
Decreto: de 1982. Señala que los contratos tienen que ser temporales y destinados a fines sociales.
Optimismo. Éste era el sentimiento de los tres trabajadores municipales de Colaboración Social tras el juicio celebrado ayer en Juzgado de los Social número 3 que ha quedado visto para sentencia. «Hemos demostrado que realizamos el mismo trabajo que los funcionarios. Ahora sólo nos queda esperar», señaló Gerardo Suárez, uno de los demandantes que lleva más de nueve años trabajando para el Ayuntamiento.
En sus demandas, los empleados exigían un contrato laboral indefinido, hasta que el Ayuntamiento cubra sus plazas a través de una oferta pública de empleo. Además, pedían que el Consistorio asuma las cotizaciones de los años anteriores con carácter retroactivo.
«Los trabajadores no realizan acciones puntuales de carácter social, como indica la norma. Es un claro fraude de ley para el que ya existe un criterio jurisprudencial», señaló el letrado del caso, Juan Carlos Quel. En su exposición se remitió a sentencias de los años 2004 y 2005 en las que los Tribunales Superiores de Justicia de Canarias y Tenerife favorecían a los trabajadores. Aunque su búsqueda no fue fácil. «Oviedo es la única ciudad del norte peninsular que utiliza este sistema de contratación en 209 casos. Sólo hay otros fallos en Canarias, Castilla La Mancha y Andalucía», subrayó.
La contratación en régimen de Colaboración Social atiende a un decreto del año 1982 creado para aliviar temporalmente las elevadas tasas de paro, que llegaban hasta el 25%. El Servicio Público de Desempleo abona un porcentaje de la prestación y el Consistorio, un complemento hasta alcanzar la base reguladora de cada caso.
Los trabajadores reclamados no tienen otra opción, pues es obligatoria. «Si se niegan, se suspende el pago de la prestación durante seis meses. No pueden elegir y no es justo porque llevan muchos años sin cotizar por ningún tipo de concepto: ni incapacidad, ni jubilación, ni desempleo».
En su opinión, en el juicio, en el que han declarado como testigos el concejal de ASCIZ, Roberto Sánchez Ramos, y representantes de los sindicatos CC OO, UGT Y CSI, «se han oído cosas sorprendentes». Los abogados consistoriales defendieron que toda la actividad municipal «es obra social». «Dicen que sólo piden gente al INEM, que casualmente durante más de 10 años envía a las mismas personas. Además, casualmente no han traído una importante prueba documental». Se trata del escrito que tiene que recibir el Servicio de Desempleo en el que se fija la actividad y el fin social.
Vie 24 Mar 2023 - 17:25 por alma14
» Felices fiestas
Sáb 25 Dic 2021 - 7:00 por alma14
» Excedencia y posterior pedida de la habilitación
Sáb 25 Dic 2021 - 6:57 por alma14
» BAJA
Vie 15 Oct 2021 - 17:51 por Invitado
» Limpieza total
Mar 11 Ago 2020 - 17:45 por cliper91
» Juicio y vacaciones
Lun 10 Ago 2020 - 23:53 por alma14
» Necesito ayuda sobre el tema de requisitos de Escolta Privado
Lun 11 Mayo 2020 - 12:45 por escolta63
» que es un impacto negativo
Lun 11 Mayo 2020 - 12:43 por escolta63
» pregunta temario escolta
Lun 11 Mayo 2020 - 12:39 por escolta63
» Artículo de Alba
Lun 11 Mayo 2020 - 8:52 por alma14
» El TSJC rechaza el despido de dos gerocultoras por negarse a preparar medicación
Mar 25 Feb 2020 - 14:21 por alma14
» Comparativa Sueldos Vigilantes USA vs Alemania vs Francia vs España Por Toni -
Lun 24 Feb 2020 - 11:10 por alma14
» La empresa no puede exigir recuperar los días de asuntos propios
Lun 2 Dic 2019 - 17:05 por alma14
» El despido durante la baja médica ya es despido nulo
Lun 2 Dic 2019 - 16:49 por alma14
» Permiso retribuido en elecciones generales
Dom 3 Nov 2019 - 10:06 por alma14
» Venta de Corsys de Seguridad
Jue 12 Sep 2019 - 13:56 por popazo09
» Vigilantes barcelona
Miér 10 Jul 2019 - 15:34 por Iliess
» Infarto como accidente de trabajo
Mar 9 Jul 2019 - 19:54 por alma14
» convenio 2021
Mar 9 Jul 2019 - 19:46 por errnovato
» Tiempo TIP
Mar 9 Jul 2019 - 19:19 por alma14