Un tribunal declara ilegal que las tiendas den vales por devolución en lugar de efectivo
Un tribunal de la Audiencia de Barcelona ha declarado "abusivos" los tickets que algunas tiendas ofrecen cuando se devuelve un producto. Además, ha condenado a una conocida tienda de ropa de la capital catalana a que devuelva 59 euros más los intereses legales a una joven que cambió unos pantalones por otros más baratos y a la que le entregaron un vale por este valor, según publica hoy EL MUNDO.
Esta sentencia sin precedentes y que puede crear jurisprudencia -no puede ser recurrida- ha sido dictada por la sección decimotercera de la Audiencia.
La historia comenzó cuando Marta recibió, como regalo de cumpleaños, unos pantalones que habían sido comprados en el local comercial Zas Two, situado en el Boulevard Rosa de la capital catalana. Más tarde, cuando intentó canjear el vale que le habían dado, estaba caducado, por lo que decidió acudir a la justicia.
El tribunal razona que la Ley Orgánica de Comercio Minorista "faculta a los compradores a desistir del contrato" y añade que "el vendedor está obligado a devolver las sumas abonadas por el comprador sin retención de gastos". "Serán nulas de pleno derecho las clásulas que impongan al consumidor una penalización por el ejercicio de su derecho de desistimiento o la renuncia al mismo", recoge la setencia, que agrega que el hecho de que la clienta aceptara el vale no significa que se le deba privar "del derecho a la suma representada en el mismo".
El tribunal también hace hincapié en que el ticket nunca debería llevar una fecha límite porque "el dinero efectivo no caduca" y en que se "limitó la libertad" de la clienta porque estaba obligada a hacer uso del vale en el mismo establecimiento.
- Alega que 'el vendedor está obligado a devolver las sumas abonadas por el comprador'
- El ticket nunca debería llevar una fecha límite, porque 'el dinero no caduca'
Un tribunal de la Audiencia de Barcelona ha declarado "abusivos" los tickets que algunas tiendas ofrecen cuando se devuelve un producto. Además, ha condenado a una conocida tienda de ropa de la capital catalana a que devuelva 59 euros más los intereses legales a una joven que cambió unos pantalones por otros más baratos y a la que le entregaron un vale por este valor, según publica hoy EL MUNDO.
Esta sentencia sin precedentes y que puede crear jurisprudencia -no puede ser recurrida- ha sido dictada por la sección decimotercera de la Audiencia.
La historia comenzó cuando Marta recibió, como regalo de cumpleaños, unos pantalones que habían sido comprados en el local comercial Zas Two, situado en el Boulevard Rosa de la capital catalana. Más tarde, cuando intentó canjear el vale que le habían dado, estaba caducado, por lo que decidió acudir a la justicia.
El tribunal razona que la Ley Orgánica de Comercio Minorista "faculta a los compradores a desistir del contrato" y añade que "el vendedor está obligado a devolver las sumas abonadas por el comprador sin retención de gastos". "Serán nulas de pleno derecho las clásulas que impongan al consumidor una penalización por el ejercicio de su derecho de desistimiento o la renuncia al mismo", recoge la setencia, que agrega que el hecho de que la clienta aceptara el vale no significa que se le deba privar "del derecho a la suma representada en el mismo".
El tribunal también hace hincapié en que el ticket nunca debería llevar una fecha límite porque "el dinero efectivo no caduca" y en que se "limitó la libertad" de la clienta porque estaba obligada a hacer uso del vale en el mismo establecimiento.
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