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    El Gobierno amplía la prescripción del delito fiscal de cinco a diez años

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    Mensaje por gsus Sáb 15 Nov 2008 - 2:46

    El Gobierno amplía la prescripción del delito fiscal de cinco a diez años
    El Consejo de Ministros aprobó el viernes el anteproyecto de ley para reformar el Código Penal que, entre otros muchos cambios, supone ampliar la prescripción del delito fiscal de los cinco años actuales a los diez. Otra gran novedad es que la Agencia podrá reclamar deudas que se encuentren suspendidas en la vía penal. Por otra parte, se amplía el delito de corrupción a las relaciones entre particulares cuando, hasta ahora, sólo se contemplaba en vínculos con el sector público.
    os cada vez más complejos mecanismos de fraude y la sempiterna lentitud de la justicia provoca que muchos delitos fiscales prescriban y queden impunes. Por ello, la reforma del Código Penal aumenta el plazo de prescripción de los cinco años actuales a los diez años. Se trata de una vieja reclamación de los inspectores de Hacienda, que aseguran que es común descubrir delitos económicos al cabo de muchos años de haberse cometido.

    Por otra parte, la reforma del Código Penal, que se modifiqué por última vez en 2003, persigue facilitar que la Agencia Tributaria pueda recaudar el dinero que se le adeuda. Actualmente, cuando la Agencia Tributaria descubre un fraude superior a 120.000 euros -límite a partir del cual el fraude se considera delito- envía el caso a la Fiscalía y debe detener las acciones encaminadas a cobrar la deuda por la vía administrativa. Con la reforma, Hacienda podrá reclamar la deuda independientemente de si el caso se encuentra en vía administrativa o penal.

    'El objetivo es que la denuncia por delito fiscal no paralice el procedimiento de liquidación y recaudación por la administración tributaria', apuntan desde Justicia. El asunto no es baladí. Según el Observatorio del Delito Fiscal, de 1999 a 2006, la deuda tributaria acumulada suspendida en la administración de justicia ascendía 3.600 millones de euros. El año pasado, la Agencia Tributaria envió a la Fiscalía 726 expedientes de contribuyentes que, presuntamente, habían dejado de pagar a la Agencia 863 millones de euros, un 30,9% más que el año anterior.

    El ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, aseguró tras el Consejo de Ministros que la ley favorecerá que la Administración cobre la multa que penalmente se haya impuesto en la sentencia. Por ejemplo, actualmente, la Agencia Tributaria no puede reclamar a los implicados en el caso Liechtenstein -donde 180 españoles utilizaron el pequeño principado para defraudar al fisco- el importe defraudado porque el caso se encuentra en la Fiscalía.

    El nuevo texto también modifica el concepto de corrupción, que hasta ahora sólo se puede dar en acciones punibles en las que participe la Administración Pública. La reforma amplía la definición de corrupción a las relaciones entre particulares. Quien prometa, ofrezca o conceda a directivos o empleados de una empresa un beneficio o ventaja ilegítima en el ámbito económico se enfrentará a penas de seis a cuatro años de cárcel. Así, se crea una figura jurídica similar al cohecho para los administradores de empresas. 'Las nuevas penas en el ámbito privado son estructuralmente idénticas a las del cohecho en el ámbito público', dijo Bermejo.

    Contra la manipulación del mercado

    La redacción del nuevo Código Penal tipificará como delito la 'estafa por inversiones', figura jurídica que contempla la legislación europea, y que se dirige a los administradores de sociedades cotizadas que falseen sus balances o las informaciones sobre sus recursos, actividades y negocios con el fin de captar inversores u obtener créditos o préstamos. La norma contempla penas de hasta cuatro años de cárcel. También se endurece la pena por el uso de información privilegiada para conseguir beneficios en bolsa.

    Para salvar las actuales lagunas jurídicas el anteproyecto contempla que, por primera vez, las personas jurídicas puedan asumir también responsabilidad penal, como ya sucede en países europeos como el Reino Unido, Francia, Alemania, Italia o Suecia. Se intenta, así, evitar que las sociedades mercantiles cometan delitos a través de una persona interpuesta sobre la que ejerzan autoridad.
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    Mensaje por gsus Sáb 15 Nov 2008 - 2:48

    Cambios de calado en el código penal.
    Penas más altas en urbanismo

    Los delitos urbanísticos, que tanto han proliferado en España con el boom inmobiliario de los últimos años, serán castigados con mayores penas. El Ministerio de Justicia asegura que la ley perseguirá 'expresamente a las autoridades y a los funcionarios públicos que silencien las infracciones urbanísticas que observen en el ejercicio de sus funciones'.

    Alerta ante el acoso laboral

    El acoso laboral, entendido como 'el acoso psicológico u hostil en el marco de cualquier actividad laboral que humille al que la sufre', entrará en el nuevo Código Penal. Esta norma se ubicará dentro del capítulo de delitos de torturas y contra la integridad moral. La norma se aplicará tanto en el ámbito privado como en el público, es decir, en el marco funcionarial.

    Al acecho de los piratas

    El nuevo Código Penal también reservará un lugar para los modernos bucaneros. 'Ante la necesidad de dar respuesta a los eventuales actos ilícitos contra la seguridad de la navegación marítima y aérea se crea un delito de piratería', afirma Justicia. El artículo se entenderá como un delito contra la Comunidad Internacional y contemplará penas de hasta 15 años de prisión.

    Asociación de malhechores

    El anteproyecto también establece medidas para impedir que los delincuentes se sirvan de los beneficios y facilidades que pueden obtener de asociaciones transitorias para llevar a cabo delitos. 'No podemos estar en una situación de indefensión frente a aquellos que se organizan los fines de semana para asaltar chalets, joyerías o llevar a cabo alunizajes', expresó Bermejo.

    El terrorismo no prescribe

    Los delitos de terrorismo que hayan causado una muerte ya no prescribirán con la nueva normativa. Por otra parte, la ley crea la figura de 'libertad vigilada' para el control y seguimiento de terroristas y delincuentes sexuales. 'El motivo de esta nueva pena es la incapacidad, en ocasiones, de que las condenas de prisión consigan la reinserción', defiende Justicia.
    Vieja nueva reforma

    El anteproyecto que aprobó el Gobierno es sustancialmente idéntico al que ya estudió el Consejo de Ministros en diciembre de 2006. Sin embargo, la legislatura terminó sin que el Parlamento diera luz verde a la reforma. El proyecto aprobado ayer se enfrentará ahora al veredicto del Congreso de los Diputados.

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