La Audiencia condena a los etarras 'Kantauri' y 'Lola' por el secuestro de José María Aldaya
La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a los etarras Javier Arizcuren Ruiz, alias 'Kantauri', y a Dolores López Resina, alias 'Lola', a 17 años de cárcel a cada uno por la comisión de un delito de detención ilegal en el que incurrieron como "inductor" y como autora material, respectivamente, al secuestrar y recluir en un zulo entre el 8 de mayo de 1995 y el 14 de abril de 1996 al industrial vasco José María Aldaya.
"Consta acreditada la privación de libertad de un persona, hecho ejecutado por una banda terrorista, durante un tiempo que sobrepasa extraordinariamente los 15 días, a lo que sólo se le puso fin tras obtener el pago de un cuantioso rescate en dinero, hecho ya declarado probado en dos sentencias anteriores", estima la Sala, que acepta así la petición de pena que defendió el fiscal Ignacio Gordillo.
Según el tribunal, ambos terroristas "llevan a cabo materialmente con plena conciencia y voluntad tareas ejecutivas del tipo penal dentro de un plan concertado con otras personas, ostentando el dominio del hecho, el uno como dirigente de la banda, la otra como ejecutora de los planes criminales". En concreto, sobre la participación de 'Kantauri', la sentencia le atribuye la condición de "inductor" como "responsable o superior jerárquico" de la banda y, sobre 'Lola', dice que "intervino en el acondicionamiento" del zulo.
ETA sólo puso fin al secuestro tras obtener el pago de una suma de dinero 'no inferior a 150 millones de pesetas'
Además, la resolución de la que ha sido ponente el magistrado el presidente de la Sala de lo Penal Javier Gómez Bermúdez tiene en cuenta "la crueldad del hecho y lo infrahumano de las condiciones en que fue retenido Aldaya en una covacha que apenas le permitía ponerse en pie y caminar unos pasos, además de tener humedad muy alta que le causó mermas físicas permanentes".
Por ello, la sentencia añade que "teniendo en cuenta que no ha quedado acreditado el montante del rescate pero sí los enormes daños físicos y psicológicos causados al secuestrado", fija como cuantía a pagar por los dos acusados, "conjunta y solidariamente con los anteriormente condenados, la del contravalor en euros de 200 millones de pesetas" (1.202.024 euros).
Aldaya afirmó en el juicio que tras el secuestro se quedó 'medio loco' y arrastra unas caderas 'deshechas'
La Sala ha tenido en cuenta en su condena las declaraciones ante la policía de los miembros del 'comando' que llevó a cabo el secuestro, Sagrario Yoldi Múgica y Francisco José Ramada Estévez -ambos ya condenados por estos hechos- que admitieron su participación así como la de 'Kantauri' y 'Lola'. Además, el tribunal considera válida como prueba una huella genética de la etarra en una prenda hallada en zulo en el que se recluyó al industrial vasco.
Durante el juicio celebrado el pasado 11 de junio, José María Aldaya afirmó que tras el secuestro se quedó "medio loco" y arrastra unas caderas "deshechas" debido a los movimientos que tenía que realizar en el minúsculo zulo. Aquel día 'Kantauri', y 'Lola', se negaron a participar en la vista y se limitaron a identificarse como miembros de ETA.
El secuestro fue reivindicado por la banda mediante una llamada al diario 'Egin' que se produjo el 25 de mayo de 1995. El industrial fue liberado 341 días después en el Alto de Azcárate de Elgóibar (Guipúzcoa), una vez que la familia y su empresa, Alditrans, pagaran "una cuantiosa suma de dinero no exactamente determinada pero no inferior a 150 millones de pesetas", según la Fiscalía.
- El industrial vasco fue retenido 341 días, del 8 de mayo de 1995 al 14 de abril de 1996
- La sentencia destaca la 'crueldad del hecho y lo infrahumano de las condiciones'
- Sagrario Yoldi y Francisco José Ramada cumplen condena por participar en el rapto
La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a los etarras Javier Arizcuren Ruiz, alias 'Kantauri', y a Dolores López Resina, alias 'Lola', a 17 años de cárcel a cada uno por la comisión de un delito de detención ilegal en el que incurrieron como "inductor" y como autora material, respectivamente, al secuestrar y recluir en un zulo entre el 8 de mayo de 1995 y el 14 de abril de 1996 al industrial vasco José María Aldaya.
"Consta acreditada la privación de libertad de un persona, hecho ejecutado por una banda terrorista, durante un tiempo que sobrepasa extraordinariamente los 15 días, a lo que sólo se le puso fin tras obtener el pago de un cuantioso rescate en dinero, hecho ya declarado probado en dos sentencias anteriores", estima la Sala, que acepta así la petición de pena que defendió el fiscal Ignacio Gordillo.
Según el tribunal, ambos terroristas "llevan a cabo materialmente con plena conciencia y voluntad tareas ejecutivas del tipo penal dentro de un plan concertado con otras personas, ostentando el dominio del hecho, el uno como dirigente de la banda, la otra como ejecutora de los planes criminales". En concreto, sobre la participación de 'Kantauri', la sentencia le atribuye la condición de "inductor" como "responsable o superior jerárquico" de la banda y, sobre 'Lola', dice que "intervino en el acondicionamiento" del zulo.
ETA sólo puso fin al secuestro tras obtener el pago de una suma de dinero 'no inferior a 150 millones de pesetas'
Además, la resolución de la que ha sido ponente el magistrado el presidente de la Sala de lo Penal Javier Gómez Bermúdez tiene en cuenta "la crueldad del hecho y lo infrahumano de las condiciones en que fue retenido Aldaya en una covacha que apenas le permitía ponerse en pie y caminar unos pasos, además de tener humedad muy alta que le causó mermas físicas permanentes".
Por ello, la sentencia añade que "teniendo en cuenta que no ha quedado acreditado el montante del rescate pero sí los enormes daños físicos y psicológicos causados al secuestrado", fija como cuantía a pagar por los dos acusados, "conjunta y solidariamente con los anteriormente condenados, la del contravalor en euros de 200 millones de pesetas" (1.202.024 euros).
Aldaya afirmó en el juicio que tras el secuestro se quedó 'medio loco' y arrastra unas caderas 'deshechas'
La Sala ha tenido en cuenta en su condena las declaraciones ante la policía de los miembros del 'comando' que llevó a cabo el secuestro, Sagrario Yoldi Múgica y Francisco José Ramada Estévez -ambos ya condenados por estos hechos- que admitieron su participación así como la de 'Kantauri' y 'Lola'. Además, el tribunal considera válida como prueba una huella genética de la etarra en una prenda hallada en zulo en el que se recluyó al industrial vasco.
Durante el juicio celebrado el pasado 11 de junio, José María Aldaya afirmó que tras el secuestro se quedó "medio loco" y arrastra unas caderas "deshechas" debido a los movimientos que tenía que realizar en el minúsculo zulo. Aquel día 'Kantauri', y 'Lola', se negaron a participar en la vista y se limitaron a identificarse como miembros de ETA.
El secuestro fue reivindicado por la banda mediante una llamada al diario 'Egin' que se produjo el 25 de mayo de 1995. El industrial fue liberado 341 días después en el Alto de Azcárate de Elgóibar (Guipúzcoa), una vez que la familia y su empresa, Alditrans, pagaran "una cuantiosa suma de dinero no exactamente determinada pero no inferior a 150 millones de pesetas", según la Fiscalía.
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